D) Anuncios - CONSEJERÍA DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTE (BOCM-20221114-50)
Convenio – Convenio de 30 de septiembre de 2022, entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, y el Ayuntamiento de Villarejo de Salvanés, para el desarrollo del proyecto “Punto Activo VII edición. Villarejo de Salvanés”, en el marco de la VII edición del Programa de colaboración institucional en proyectos de actividad física y salud
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
Pág. 232
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 14 DE NOVIEMBRE DE 2022
B.O.C.M. Núm. 271
entre la población, según las condiciones establecidas en la Orden 1819/2017, de 22 de mayo,
del Consejero de Educación, Juventud y Deporte, por la que se regula el Programa de colaboración institucional en proyectos de actividad física y salud, y la Orden 454/2022, de 6 de
abril, de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, por la que se convoca la VII edición de
dicho programa.
Este Proyecto consiste, esencialmente, en lo siguiente:
El Proyecto que va a realizar en nuestro municipio es un programa estándar de iniciación a la práctica de ejercicio saludable para personas adultas, y especialmente sedentarias.
Es un Proyecto con el objetivo de captación y acceso de usuarios sedentarios con el fin último de que estos salgan con una formación básica para una práctica de AF autosuficiente,
bien generando grupos autónomos para realizar la actividad, o bien accediendo a otras actividades que ofrezca el ayuntamiento o las entidades privadas del entorno.
Se desarrollará entre febrero y junio de 2023. Dirigido a adultos y mayores, sin límites de edad para la participación, y también con actividades dirigidas a familias. Contempla tres sesiones semanales de tonificación y mantenimiento, así como una salida al mes de
senderismo por entornos de la Comunidad de Madrid.
Es un Proyecto que se coordina con el Centro de Salud local, desde donde se harán recomendaciones de participación en función de perfiles y patologías.
En todo caso, el desarrollo de las actividades previstas en el Proyecto indicado se realizará con estricta observancia de la normativa que, en cada momento, y según la evolución epidemiológica, se vaya aprobando en relación con la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19.
Segunda
De acuerdo con lo dispuesto en las citadas órdenes, la Comunidad de Madrid, con el
fin de colaborar al correcto desarrollo del Proyecto se obliga a:
— Realizar la aportación económica máxima total de 6.285,36 euros, de acuerdo con
la evaluación del Proyecto, y los porcentajes máximos contemplados en la orden
reguladora, en función del número de habitantes e importes máximos fijados en la
orden de convocatoria. Esta aportación constituye el 80 por 100 del total del coste ajustado del Proyecto, cuya estimación asciende a 7.856,70 euros.
Esta aportación económica se realizará en un único pago, a la finalización del Proyecto, que no podrá prolongarse más allá del 30 de junio de 2023. El coste de las
actividades de 2022 correrá a cargo del Ayuntamiento, sin perjuicio del ajuste que,
en su caso, proceda realizar en el ejercicio 2023, a fin de alcanzar la aportación
máxima de la Comunidad de Madrid, prevista en la presente cláusula.
El pago por parte de la Comunidad de Madrid se realizará por dicho importe máximo, con cargo al subconcepto 28001 “Promoción económica, cultural y educativa”, del Programa 336A, del Presupuesto de gastos, siempre que exista crédito
adecuado y suficiente.
Para ello será requisito necesario la previa presentación de certificación del Interventor del Ayuntamiento, de los gastos realizados, en la que se desglosará por conceptos el coste de todas las actividades desarrolladas en ejecución del Proyecto.
La certificación se acompañará de una sucinta memoria en la que se detallarán las
actividades y en la que deberá indicarse, además, en todo caso, el número de usuarios del Proyecto. Asimismo, se aportará imagen de los materiales de difusión, publicidad o cualquier otro relacionado con el Proyecto que, en su caso, se hubieran
elaborado.
El Ayuntamiento deberá presentar dicha documentación justificativa con anterioridad al día 18 de julio de 2023.
La aportación económica máxima total indicada podrá ser reducida en el caso de que
el Proyecto no sea ejecutado en su totalidad, que no se desarrolle durante todo el período previsto, que no se desarrolle conforme a lo recogido en el presente convenio,
que su desarrollo se realice por un coste menor del previsto, que no cuente con la
participación estimada o que el Ayuntamiento destine una aportación mayor de la
establecida.
— Facilitar instalaciones deportivas de la Comunidad de Madrid si fuera aconsejable
para el mejor desarrollo del Proyecto, condicionado a la disponibilidad del uso de
dichas instalaciones en cada momento.
— Difundir y promocionar a nivel autonómico el Proyecto.
BOCM-20221114-50
Obligaciones de la Comunidad de Madrid
Pág. 232
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 14 DE NOVIEMBRE DE 2022
B.O.C.M. Núm. 271
entre la población, según las condiciones establecidas en la Orden 1819/2017, de 22 de mayo,
del Consejero de Educación, Juventud y Deporte, por la que se regula el Programa de colaboración institucional en proyectos de actividad física y salud, y la Orden 454/2022, de 6 de
abril, de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, por la que se convoca la VII edición de
dicho programa.
Este Proyecto consiste, esencialmente, en lo siguiente:
El Proyecto que va a realizar en nuestro municipio es un programa estándar de iniciación a la práctica de ejercicio saludable para personas adultas, y especialmente sedentarias.
Es un Proyecto con el objetivo de captación y acceso de usuarios sedentarios con el fin último de que estos salgan con una formación básica para una práctica de AF autosuficiente,
bien generando grupos autónomos para realizar la actividad, o bien accediendo a otras actividades que ofrezca el ayuntamiento o las entidades privadas del entorno.
Se desarrollará entre febrero y junio de 2023. Dirigido a adultos y mayores, sin límites de edad para la participación, y también con actividades dirigidas a familias. Contempla tres sesiones semanales de tonificación y mantenimiento, así como una salida al mes de
senderismo por entornos de la Comunidad de Madrid.
Es un Proyecto que se coordina con el Centro de Salud local, desde donde se harán recomendaciones de participación en función de perfiles y patologías.
En todo caso, el desarrollo de las actividades previstas en el Proyecto indicado se realizará con estricta observancia de la normativa que, en cada momento, y según la evolución epidemiológica, se vaya aprobando en relación con la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19.
Segunda
De acuerdo con lo dispuesto en las citadas órdenes, la Comunidad de Madrid, con el
fin de colaborar al correcto desarrollo del Proyecto se obliga a:
— Realizar la aportación económica máxima total de 6.285,36 euros, de acuerdo con
la evaluación del Proyecto, y los porcentajes máximos contemplados en la orden
reguladora, en función del número de habitantes e importes máximos fijados en la
orden de convocatoria. Esta aportación constituye el 80 por 100 del total del coste ajustado del Proyecto, cuya estimación asciende a 7.856,70 euros.
Esta aportación económica se realizará en un único pago, a la finalización del Proyecto, que no podrá prolongarse más allá del 30 de junio de 2023. El coste de las
actividades de 2022 correrá a cargo del Ayuntamiento, sin perjuicio del ajuste que,
en su caso, proceda realizar en el ejercicio 2023, a fin de alcanzar la aportación
máxima de la Comunidad de Madrid, prevista en la presente cláusula.
El pago por parte de la Comunidad de Madrid se realizará por dicho importe máximo, con cargo al subconcepto 28001 “Promoción económica, cultural y educativa”, del Programa 336A, del Presupuesto de gastos, siempre que exista crédito
adecuado y suficiente.
Para ello será requisito necesario la previa presentación de certificación del Interventor del Ayuntamiento, de los gastos realizados, en la que se desglosará por conceptos el coste de todas las actividades desarrolladas en ejecución del Proyecto.
La certificación se acompañará de una sucinta memoria en la que se detallarán las
actividades y en la que deberá indicarse, además, en todo caso, el número de usuarios del Proyecto. Asimismo, se aportará imagen de los materiales de difusión, publicidad o cualquier otro relacionado con el Proyecto que, en su caso, se hubieran
elaborado.
El Ayuntamiento deberá presentar dicha documentación justificativa con anterioridad al día 18 de julio de 2023.
La aportación económica máxima total indicada podrá ser reducida en el caso de que
el Proyecto no sea ejecutado en su totalidad, que no se desarrolle durante todo el período previsto, que no se desarrolle conforme a lo recogido en el presente convenio,
que su desarrollo se realice por un coste menor del previsto, que no cuente con la
participación estimada o que el Ayuntamiento destine una aportación mayor de la
establecida.
— Facilitar instalaciones deportivas de la Comunidad de Madrid si fuera aconsejable
para el mejor desarrollo del Proyecto, condicionado a la disponibilidad del uso de
dichas instalaciones en cada momento.
— Difundir y promocionar a nivel autonómico el Proyecto.
BOCM-20221114-50
Obligaciones de la Comunidad de Madrid