A) Disposiciones Generales - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20221111-1)
Plan general de contabilidad –  Orden de 27 de octubre de 2022, del Consejero de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se modifica la Orden de 22 de mayo de 2015, del Consejero de Economía y Hacienda, por la que se aprueba el Plan General de Contabilidad Pública de la Comunidad de Madrid
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BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

Pág. 22

VIERNES 11 DE NOVIEMBRE DE 2022

B.O.C.M. Núm. 269

Catorce. En la nota 23, “Información presupuestaria” de la memoria se introducen
las siguientes modificaciones:
1. Se suprime el subapartado d) “Acreedores pendientes de aplicar a presupuestos”
del apartado 23.1.1 “Presupuesto corriente. Presupuesto de gastos”, y, se añade el subapartado d) “Antigüedad de los derechos presupuestarios pendientes de cobro” dentro del apartado 23.2.2. “Presupuestos cerrados. Presupuesto de ingresos. Derechos a cobrar de presupuestos cerrados” con el siguiente contenido:
“d) Antigüedad de los derechos presupuestarios pendientes de cobro.
Información sobre la antigüedad de los derechos de presupuestos cerrados que estén pendientes de cobro a fin de ejercicio, indicando para cada aplicación presupuestaria:
— Código y descripción de la aplicación presupuestaria.
— Importe pendiente de cobro de los derechos reconocidos en cada uno de los
cinco ejercicios anteriores al que se refieren las cuentas anuales.
— Importe pendiente de cobro de los derechos reconocidos en los restantes ejercicios.
— Importe total pendiente de cobro”.
2. En el apartado 23.3, “Compromisos de gasto con cargo a presupuestos de ejercicios posteriores” se realizan las siguientes modificaciones:
b.1) El contenido actual de dicho apartado pasará a ser el punto 1 del mismo.
b.2) Se añade un nuevo punto 2 con el siguiente contenido:
“2. Compromisos de gasto de carácter plurianual que no se hayan podido imputar al
presupuesto corriente.
Se informará sobre los compromisos de gasto de carácter plurianual que no se hayan
podido imputar al presupuesto corriente por falta de crédito adecuado o suficiente y se encuentren en esa situación a fin de ejercicio, con detalle de:
a) Aplicación presupuestaria a la que debería haberse imputado el compromiso.
b) Importe.
c) Número de operaciones incluidas en cada aplicación presupuestaria”.
3. Se incorpora un nuevo apartado 23.7, “Acreedores por operaciones devengadas”
con la siguiente redacción:
“23.7. Acreedores por operaciones devengadas.
Información sobre los acreedores por operaciones devengadas a 31 de diciembre no
recogida en otros apartados de la memoria, detallando las cuentas del Plan que se han utilizado como contrapartida en su registro y presentando el importe desglosado en el correspondiente al ejercicio que se cierra y el correspondiente a los ejercicios anteriores”.
IMPORTE
CUENTA PLAN

OBSERVACIONES
EJ. N

EJ. ANTERIORES

TOTAL

TOTAL

1. El indicador del presupuesto de gastos corriente 6) Periodo medio de pago pasa a
denominarse: “6) Plazo de realización de pagos”.
2. El indicador del presupuesto de ingresos corriente 3) Periodo medio de cobro
pasa a denominarse: “3) Plazo de realización de cobros”.

BOCM-20221111-1

Quince. En el apartado 2, “Indicadores presupuestarios” de la nota 24, “Indicadores financieros, patrimoniales y presupuestarios”, de la memoria se modifican las denominaciones de los siguientes indicadores: