C) Otras Disposiciones - VICEPRESIDENCIA, CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y UNIVERSIDADES (BOCM-20221111-15)
Plan estratégico subvenciones – Orden 3258/2022, de 28 de octubre, del Vicepresidente, Consejero de Educación y Universidades, por el que se aprueba el plan estratégico de la Dirección General de Recursos Humanos correspondiente a los cursos 2022-2023, 2023-2024, 2024-2025 y 2025-2026
4 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOCM
B.O.C.M. Núm. 269
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 11 DE NOVIEMBRE DE 2022
Pág. 69
BOCM-20221111-15
Dicha cuantía se distribuye entre ellos, en dos tramos: un importe fijo de 100 euros o
cuantía proporcional a la prestación efectiva de servicios cuando ésta fuera inferior al año
(tramo I), así como una cantidad variable en función de los gastos efectivamente justificados sin que, en ningún caso, la cuantía percibida por el personal laboral docente que imparte religión y moral católica o de cualquier confesión que tenga suscrito Acuerdo con el Estado español en materia de enseñanza de la religión y los asesores lingüísticos contratados
según el Convenio con el British Council, al servicio de la Comunidad de Madrid pueda ser
superior al abono transporte que le pudiera corresponder en función de la distancia entre su
domicilio y el centro de trabajo (tramo II).
2.4. Fuentes de financiación.
La financiación de esta convocatoria se realizará con cargo al subconcepto 16209
“Otros gastos sociales” del Programa 322P, del Presupuesto de Gastos de la Dirección General de Recursos Humanos (centro gestor 150160000) con el límite del crédito presupuestario destinado a esta finalidad en cada uno de los ejercicios económicos que corresponda.
2.5. Plazo de ejecución.
La convocatoria tiene carácter anual.
2.6. Indicadores del grado de cumplimiento
Se establecen como indicadores del cumplimiento de los objetivos de esta línea:
— Número de adjudicatarios del tramo I de las ayudas.
— Número de solicitudes presentadas para el tramo II de las ayudas.
— Número de adjudicatarios del tramo II de las ayudas.
2.7. Sistemas de evaluación.
La evaluación se basará principalmente en la comprobación de que se ha procedido a
la distribución total del crédito asignado para cada curso escolar, considerando que a cada
adjudicatario se le concede una ayuda, cuya cuantía es proporcional al gasto efectuado por
ellos, durante el curso escolar correspondiente.
2.8. Medidas correctoras.
Los cambios que se realicen en cada convocatoria estarán determinados por la variación de los costes de los abonos de transporte que realice el Consorcio Regional de Transportes de la Comunidad de Madrid, con carácter anual.
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
B.O.C.M. Núm. 269
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 11 DE NOVIEMBRE DE 2022
Pág. 69
BOCM-20221111-15
Dicha cuantía se distribuye entre ellos, en dos tramos: un importe fijo de 100 euros o
cuantía proporcional a la prestación efectiva de servicios cuando ésta fuera inferior al año
(tramo I), así como una cantidad variable en función de los gastos efectivamente justificados sin que, en ningún caso, la cuantía percibida por el personal laboral docente que imparte religión y moral católica o de cualquier confesión que tenga suscrito Acuerdo con el Estado español en materia de enseñanza de la religión y los asesores lingüísticos contratados
según el Convenio con el British Council, al servicio de la Comunidad de Madrid pueda ser
superior al abono transporte que le pudiera corresponder en función de la distancia entre su
domicilio y el centro de trabajo (tramo II).
2.4. Fuentes de financiación.
La financiación de esta convocatoria se realizará con cargo al subconcepto 16209
“Otros gastos sociales” del Programa 322P, del Presupuesto de Gastos de la Dirección General de Recursos Humanos (centro gestor 150160000) con el límite del crédito presupuestario destinado a esta finalidad en cada uno de los ejercicios económicos que corresponda.
2.5. Plazo de ejecución.
La convocatoria tiene carácter anual.
2.6. Indicadores del grado de cumplimiento
Se establecen como indicadores del cumplimiento de los objetivos de esta línea:
— Número de adjudicatarios del tramo I de las ayudas.
— Número de solicitudes presentadas para el tramo II de las ayudas.
— Número de adjudicatarios del tramo II de las ayudas.
2.7. Sistemas de evaluación.
La evaluación se basará principalmente en la comprobación de que se ha procedido a
la distribución total del crédito asignado para cada curso escolar, considerando que a cada
adjudicatario se le concede una ayuda, cuya cuantía es proporcional al gasto efectuado por
ellos, durante el curso escolar correspondiente.
2.8. Medidas correctoras.
Los cambios que se realicen en cada convocatoria estarán determinados por la variación de los costes de los abonos de transporte que realice el Consorcio Regional de Transportes de la Comunidad de Madrid, con carácter anual.
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791