C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, VIVIENDA Y AGRICULTURA (BOCM-20221111-17)
Plan especial infraestructuras – Acuerdo 65/2022, de 29 de septiembre, de la Comisión de Urbanismo de Madrid, relativo a la aprobación inicial del Plan Especial de Infraestructuras del Proyecto “Nueva EBAR de Parque Coímbra”, que afecta a los términos municipales de Móstoles, Arroyomolinos y Navalcarnero, promovido por Canal de Isabel II, S. A.
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 269
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 11 DE NOVIEMBRE DE 2022
Pág. 75
Cuarto
Remitir el expediente a la Dirección General de Descarbonización y Transición Energética (Área de Análisis Ambiental de Planes y Programas), de conformidad con lo dispuesto en el artículo 29 y siguientes de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de Evaluación Ambiental.
Quinto
BOCM-20221111-17
Dar traslado del expediente a los Ayuntamientos de Móstoles, Arroyomolinos y Navalcarnero para su conocimiento e informe, el cual deberá emitirse en el plazo máximo de
un mes, conforme a lo establecido en el artículo 59.3.b) de la Ley 9/2001, de 17 de julio.
Contra el presente Acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso de reposición ante el propio órgano que lo ha dictado en el plazo de un mes desde el
día siguiente a la notificación de la presente, o directamente recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid en el plazo de dos meses, y sin perjuicio de cuantos otros recursos estimen oportuno deducir.
Madrid, a 29 de septiembre de 2022.—El Secretario General Técnico, José Ignacio Tejerina Alfaro.
(01/21.330/22)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
B.O.C.M. Núm. 269
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 11 DE NOVIEMBRE DE 2022
Pág. 75
Cuarto
Remitir el expediente a la Dirección General de Descarbonización y Transición Energética (Área de Análisis Ambiental de Planes y Programas), de conformidad con lo dispuesto en el artículo 29 y siguientes de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de Evaluación Ambiental.
Quinto
BOCM-20221111-17
Dar traslado del expediente a los Ayuntamientos de Móstoles, Arroyomolinos y Navalcarnero para su conocimiento e informe, el cual deberá emitirse en el plazo máximo de
un mes, conforme a lo establecido en el artículo 59.3.b) de la Ley 9/2001, de 17 de julio.
Contra el presente Acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso de reposición ante el propio órgano que lo ha dictado en el plazo de un mes desde el
día siguiente a la notificación de la presente, o directamente recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid en el plazo de dos meses, y sin perjuicio de cuantos otros recursos estimen oportuno deducir.
Madrid, a 29 de septiembre de 2022.—El Secretario General Técnico, José Ignacio Tejerina Alfaro.
(01/21.330/22)
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D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791