C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, VIVIENDA Y AGRICULTURA (BOCM-20221111-17)
Plan especial infraestructuras –  Acuerdo 65/2022, de 29 de septiembre, de la Comisión de Urbanismo de Madrid, relativo a la aprobación inicial del Plan Especial de Infraestructuras del Proyecto “Nueva EBAR de Parque Coímbra”, que afecta a los términos municipales de Móstoles, Arroyomolinos y Navalcarnero, promovido por Canal de Isabel II, S. A.
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 11 DE NOVIEMBRE DE 2022

B.O.C.M. Núm. 269

I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones
Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura
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ACUERDO 65/2022, de 29 de septiembre, de la Comisión de Urbanismo de
Madrid, relativo a la aprobación inicial del Plan Especial de Infraestructuras
del Proyecto “Nueva EBAR de Parque Coímbra”, que afecta a los términos municipales de Móstoles, Arroyomolinos y Navalcarnero, promovido por Canal de
Isabel II, S. A.

La Comisión de Urbanismo de Madrid, en su sesión de 29 de septiembre de 2022, a
propuesta del Director General de Urbanismo de 21 de septiembre de 2022 y en virtud de
lo establecido en el artículo 59 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad
de Madrid, ha adoptado el siguiente
ACUERDO
Primero
Aprobar inicialmente el Plan Especial de Infraestructuras del Proyecto “Nueva EBAR
de Parque Coímbra”, que afecta a los términos municipales de Móstoles, Arroyomolinos y
Navalcarnero.
Segundo
Someter el expediente al trámite de información pública por el plazo de un mes, mediante la inserción de anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, en
uno de los periódicos de mayor circulación de la provincia y por medios telemáticos, para
que puedan presentarse en el referido plazo las alegaciones que se estimen oportunas.
Solicitar informe, que debe ser emitido en el plazo de un mes, a los órganos y entidades administrativas previstos legalmente como preceptivos, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.3 en relación con el artículo 59.2.b) de la Ley 9/2001.
Los organismos a los que se debe solicitar informe son los siguientes:
— Consejería de Familia, Juventud y Política Social.
d Dirección General de Infancia, Familia y Fomento de la Natalidad.
d Dirección General de Igualdad.
— Consejería de Cultura, Turismo y Deporte.
d Dirección General de Patrimonio Cultural.
— Consejería de Sanidad.
d Dirección General de Salud Pública.
— Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura.
d Dirección General de Biodiversidad y Recursos Naturales.
– Subdirección General de Recursos Naturales.
– Subdirección General de Espacios Protegidos.
d Dirección General de Agricultura.
– Área de Vías Pecuarias.
— Consejería de Transportes e Infraestructuras.
d Dirección General de Carreteras.
– Subdirección General de Planificación, Proyectos y Construcción.
— Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico.
d Confederación Hidrográfica del Tajo.

BOCM-20221111-17

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