Navas del Rey (BOCM-20221111-92)
Ofertas de empleo. Convocatoria proceso selectivo
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 269

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 11 DE NOVIEMBRE DE 2022

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Integral de Seguridad de la Comunidad de Madrid, tendrán opción, por una sola vez, a realizarlo en la siguiente convocatoria del curso que efectúe dicho centro.
En estos casos, para la calificación definitiva del proceso selectivo se mantendrá la calificación final obtenida en las pruebas de oposición y en el concurso, computándose la obtenida en el curso selectivo de formación. El aspirante será ordenado en el escalafón de la
promoción en que supere el correspondiente curso selectivo.
Todo ello, sin perjuicio de la necesidad de superar el período de prácticas municipal.
12.2. Calificación del Curso Selectivo de Formación. El Curso Selectivo de Formación en la forma que determine la Comunidad de Madrid será calificado de cero a diez puntos, siendo necesario obtener un mínimo de 5 puntos para superarlo.
13. Período de prácticas
Durante el período de prácticas, que tendrá una duración de 6 meses, se realizarán
prácticas tuteladas en las que desarrollarán las tareas que normalmente corresponden a la
categoría de Policía del Cuerpo de la Policía Local de Navas del Rey.
El período de prácticas no será puntuable. La valoración del mismo se realizará por el
Tribunal Calificador, como “apto/a” o “no apto/a”, a la vista del informe razonado que habrá de realizar la Jefatura del Cuerpo, y en el que se valorarán las habilidades generales y
las destrezas profesionales requeridas para el correcto desempeño de la actividad policial,
así como otros factores de desempeño, en especial la disciplina, la responsabilidad, el interés y la dedicación, la corrección en el trato con los ciudadanos, mandos y compañeros, el
cumplimiento de órdenes y correcta uniformidad.
Para aprobar las pruebas selectivas y obtener, en consecuencia, el nombramiento como
funcionario/a de carrera, será necesario superar tanto el Curso Selectivo de Formación
como el período de prácticas.
14. Calificación definitiva del proceso de selección
La calificación final del proceso selectivo será la suma de las calificaciones finales obtenidas en las pruebas de oposición, en el concurso y en el curso selectivo de formación,
conforme a la siguiente ponderación: [(COP × 40) + (CSF × 60)]/100, donde COP es la
suma de la calificación final obtenida en las pruebas de oposición y en el concurso, y CSF
la obtenida en el curso selectivo de formación.
Para resolver los empates que puedan surgir en las calificaciones definitivas y determinar el orden de preferencia entre los/as aspirantes, se tendrá en cuenta la mayor puntuación obtenida en el Curso Selectivo de Formación. En caso de persistir el empate se atenderá a la puntuación conseguida en la prueba de conocimientos; de persistir el empate, este
se resolverá por orden alfabético del primer apellido de las personas empatadas, iniciándose el desempate por la letra que determine el sorteo anual realizado por la Secretaría de Estado de Administraciones Públicas.
Obtenidas las calificaciones definitivas, el Tribunal Calificador publicará en el
tablón de edictos del Ayuntamiento de Navas del Rey y en la sede municipal
( https://www.navasdelrey.es/ ) la relación de aprobados/as por orden de puntuación.
15. Nombramiento como funcionario de carrera

16. Toma de posesión
La toma de posesión de los/as aspirantes que hubiesen superado el proceso selectivo
se efectuará en el plazo de un mes desde la fecha en que sea notificado a los/as aspirantes
su nombramiento como funcionarios/as de carrera.
17. Efectos de la falta de toma de posesión
Quienes sin causa justificada no tomarán posesión dentro del plazo señalado en el
apartado 13.1 no accederán a la categoría de Policía del Cuerpo de Policía Local del Ayun-

BOCM-20221111-92

Concluido el proceso selectivo, los/as aspirantes que lo hubiesen superado, cuyo número no podrá exceder en ningún caso al de las plazas convocadas, serán nombrados/as por
el presidente/a de la Corporación funcionario/a de carrera, de acuerdo con la propuesta del
Tribunal, que tendrá carácter vinculante. Cualquier resolución que contravenga lo anteriormente establecido será nula de pleno derecho.
El nombramiento deberá publicarse en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE
MADRID.