D) Anuncios - VICEPRESIDENCIA, CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y UNIVERSIDADES (BOCM-20221111-24)
Convenio –  Convenio de 18 de octubre de 2022, entre la Comunidad de Madrid (Vicepresidencia, Consejería de Educación y Universidades) y la Universidad Politécnica de Madrid para la concesión directa de una subvención para el apoyo al desarrollo del Nodo Ellis (European Laboratory For Learning and Intelligent Systems-Laboratorio Europeo de Inteligencia Artificial), mediante la implantación de una unidad ELLIS en la Comunidad de Madrid (ELLIS Unit Madrid), por importe de 300.000 euros, correspondiente a los ejercicios económicos de 2022 y 2023
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 269

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 11 DE NOVIEMBRE DE 2022

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La Universidad Politécnica de Madrid deberá dar a conocer mediante declaración responsable las ayudas que hayan obtenido para la actividad subvencionada tanto a la firma
del convenio como en cualquier momento ulterior en el que se produzca esta circunstancia.
Esta comunicación deberá efectuarse tan pronto como se conozca y, en todo caso, con la
justificación de la ayuda.
Decimocuarta
Protección de datos de carácter personal
Ambas partes se comprometen a cumplir en su integridad el Reglamento (UE)
2016/679, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la
libre circulación de estos datos, la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección
de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, y cualquier otra normativa que
pueda sustituir, modificar o complementar a la mencionada en materia de protección de datos de carácter personal durante la vigencia del presente convenio.
Las obligaciones en materia de protección de dichos datos tendrán validez durante la
vigencia del presente convenio y una vez terminado este.
Toda la información facilitada por las partes y toda la información generada como consecuencia de la ejecución del presente convenio tendrá el tratamiento de confidencial, sin
perjuicio de la información que sea de dominio público, no pudiendo ser divulgada o facilitada a terceros ni utilizada para un fin distinto del previsto en este documento sin el acuerdo unánime de las partes.
La obligación de confidencialidad para las partes se extenderá indefinidamente, aunque el convenio se hubiera extinguido. Todo ello sin perjuicio de la eventual autorización
de las partes o, en su caso, de que dicha información pasara a ser considerada como de dominio público.
Las partes velarán por el cumplimiento del Real Decreto 3/2010, de 8 de enero, por el
que se regula el Esquema Nacional de Seguridad en el ámbito de la Administración Electrónica.
Decimoquinta
Modificación de la subvención
La modificación del presente convenio se llevará a cabo, en su caso, a instancia de la
Comunidad de Madrid (Vicepresidencia, Consejería de Educación y Universidades) dentro
del marco establecido por la vigente normativa en materia de subvenciones, y se formalizará mediante adenda al convenio por el órgano concedente de la subvención.
Decimosexta
Vigencia
El presente convenio tendrá vigencia desde el día de su firma hasta el 30 de junio de 2024,
incluyendo el periodo de justificación, sin perjuicio de las obligaciones de justificación dispuesta en su cláusula octava y sin perjuicio de que las actuaciones financiadas se hayan podido iniciar desde el 1 de enero de 2022.
La Comunidad de Madrid deberá realizar la verificación económico-administrativa
con anterioridad al 31 de diciembre de 2024, con la emisión de un acta o certificado de comprobación.
Decimoséptima
De conformidad con lo previsto en el artículo 75.4 de la Ley 9/1990, de 8 de noviembre, reguladora de la Hacienda de la Comunidad de Madrid, la Universidad Politécnica de
Madrid debe cumplir las obligaciones previstas en el artículo 8 de la Ley 2/1995, de 8 de
marzo, de subvenciones de la Comunidad de Madrid y en el artículo 14 de la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre, General de Subvenciones, en todos aquellos aspectos que no deriven
del carácter finalista de las subvenciones.

BOCM-20221111-24

Obligaciones del beneficiario