C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE FAMILIA, JUVENTUD Y POLÍTICA SOCIAL (BOCM-20221111-20)
Concesión ayudas – Resolución 4796/2022, de 7 de noviembre, de la Directora General de Integración, por la que se concede ayudas del bono social térmico 2021 a 20.000 beneficiarios del bono social eléctrico a 31 de diciembre de 2020 en la Comunidad de Madrid y por la que se inicia el plazo de renuncia de los beneficiarios incluidos en esta resolución al derecho de las ayudas del bono social térmico 2021
3 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOCM
B.O.C.M. Núm. 269
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 11 DE NOVIEMBRE DE 2022
Pág. 81
I. COMUNIDAD DE MADRID
C) Otras Disposiciones
Consejería de Familia, Juventud y Política Social
20
RESOLUCIÓN 4796/2022, de 7 de noviembre, de la Directora General de Integración, por la que se concede ayudas del bono social térmico 2021 a 20.000 beneficiarios del bono social eléctrico a 31 de diciembre de 2020 en la Comunidad
de Madrid y por la que se inicia el plazo de renuncia de los beneficiarios incluidos en esta resolución al derecho de las ayudas del bono social térmico 2021.
Primero
El Real Decreto-ley 15/2018, de 5 de octubre, de medidas urgentes para la transición
energética y la protección de los consumidores, crea, en su artículo 5, el programa de concesión directa de ayudas destinadas a paliar la pobreza energética en consumidores vulnerables, en lo que respecta a energía destinada a calefacción, agua caliente sanitaria o cocina, denominado Bono Social Térmico.
Segundo
De acuerdo con este Real Decreto-ley, los beneficiarios del bono social térmico serán
aquellos consumidores que sean beneficiarios del bono social de electricidad previsto en el
artículo 45 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico, a 31 de diciembre
del año anterior. El criterio de distribución de la ayuda del bono social térmico entre los
beneficiarios se recoge en el artículo 9, donde la cuantía a percibir por cada beneficiario se
determinará atendiendo a su grado de vulnerabilidad, así como a la zona climática en la que
se localice la vivienda en la que se encuentre empadronado.
Tercero
En aplicación de la Sentencia del Tribunal Constitucional 134/2020, de 23 de septiembre, la Comunidad de Madrid aprueba la Ley 4/2022, de 13 de mayo, que regula la comunicación de información por los comercializadores de referencia a la Comunidad de Madrid
para la gestión y pago del bono social térmico en su ámbito territorial y desarrolla la Orden 1478/2022, de 27 de junio, de la Consejera de Familia, Juventud y Política Social por
la que se regula el procedimiento para la gestión, concesión y pago del Bono Social Térmico en la Comunidad de Madrid, publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE
MADRID de 29 de junio de 2022.
Cuarto
Mediante Resolución de 1 de diciembre de 2021, de la Secretaría de Estado de Energía,
se autoriza la transferencia de 30.639.716,91 euros, con cargo al presupuesto del Ministerio
para la Transición Ecológica y Reto Demográfico, en favor de la Comunidad de Madrid en
concepto de ayudas del bono social térmico a beneficiarios del bono social eléctrico 2020.
Por Acuerdo del Consejo de Gobierno, de 6 de julio de 2022, se autoriza un gasto por
importe de 30.639.716,91 de euros para el pago de las ayudas del bono social térmico
de 2021 en la Comunidad de Madrid, con cargo a la partida presupuestaria 48399 del Programa 232G del Presupuesto de Gastos de la Consejería de Familia, Juventud y Política Social.
Sexto
Mediante la Orden 1528/2022, de 7 de julio, de la Consejera de Familia, Juventud y
Política Social, se declara el importe de crédito presupuestario disponible para la concesión
directa en el año 2022 del bono social térmico 2021 y por la que se inicia el procedimiento
para la gestión, concesión y pago del bono social térmico 2021 en la Comunidad de Madrid.
BOCM-20221111-20
Quinto
B.O.C.M. Núm. 269
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 11 DE NOVIEMBRE DE 2022
Pág. 81
I. COMUNIDAD DE MADRID
C) Otras Disposiciones
Consejería de Familia, Juventud y Política Social
20
RESOLUCIÓN 4796/2022, de 7 de noviembre, de la Directora General de Integración, por la que se concede ayudas del bono social térmico 2021 a 20.000 beneficiarios del bono social eléctrico a 31 de diciembre de 2020 en la Comunidad
de Madrid y por la que se inicia el plazo de renuncia de los beneficiarios incluidos en esta resolución al derecho de las ayudas del bono social térmico 2021.
Primero
El Real Decreto-ley 15/2018, de 5 de octubre, de medidas urgentes para la transición
energética y la protección de los consumidores, crea, en su artículo 5, el programa de concesión directa de ayudas destinadas a paliar la pobreza energética en consumidores vulnerables, en lo que respecta a energía destinada a calefacción, agua caliente sanitaria o cocina, denominado Bono Social Térmico.
Segundo
De acuerdo con este Real Decreto-ley, los beneficiarios del bono social térmico serán
aquellos consumidores que sean beneficiarios del bono social de electricidad previsto en el
artículo 45 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico, a 31 de diciembre
del año anterior. El criterio de distribución de la ayuda del bono social térmico entre los
beneficiarios se recoge en el artículo 9, donde la cuantía a percibir por cada beneficiario se
determinará atendiendo a su grado de vulnerabilidad, así como a la zona climática en la que
se localice la vivienda en la que se encuentre empadronado.
Tercero
En aplicación de la Sentencia del Tribunal Constitucional 134/2020, de 23 de septiembre, la Comunidad de Madrid aprueba la Ley 4/2022, de 13 de mayo, que regula la comunicación de información por los comercializadores de referencia a la Comunidad de Madrid
para la gestión y pago del bono social térmico en su ámbito territorial y desarrolla la Orden 1478/2022, de 27 de junio, de la Consejera de Familia, Juventud y Política Social por
la que se regula el procedimiento para la gestión, concesión y pago del Bono Social Térmico en la Comunidad de Madrid, publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE
MADRID de 29 de junio de 2022.
Cuarto
Mediante Resolución de 1 de diciembre de 2021, de la Secretaría de Estado de Energía,
se autoriza la transferencia de 30.639.716,91 euros, con cargo al presupuesto del Ministerio
para la Transición Ecológica y Reto Demográfico, en favor de la Comunidad de Madrid en
concepto de ayudas del bono social térmico a beneficiarios del bono social eléctrico 2020.
Por Acuerdo del Consejo de Gobierno, de 6 de julio de 2022, se autoriza un gasto por
importe de 30.639.716,91 de euros para el pago de las ayudas del bono social térmico
de 2021 en la Comunidad de Madrid, con cargo a la partida presupuestaria 48399 del Programa 232G del Presupuesto de Gastos de la Consejería de Familia, Juventud y Política Social.
Sexto
Mediante la Orden 1528/2022, de 7 de julio, de la Consejera de Familia, Juventud y
Política Social, se declara el importe de crédito presupuestario disponible para la concesión
directa en el año 2022 del bono social térmico 2021 y por la que se inicia el procedimiento
para la gestión, concesión y pago del bono social térmico 2021 en la Comunidad de Madrid.
BOCM-20221111-20
Quinto