C) Otras Disposiciones - VICEPRESIDENCIA, CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y UNIVERSIDADES (BOCM-20221111-14)
Concesión ayudas –  Orden 3237/2022, de 28 de octubre, del Vicepresidente, Consejero de Educación y Universidades, por la que se resuelve la convocatoria 2022 de ayudas para la realización de doctorados industriales en la Comunidad de Madrid
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 11 DE NOVIEMBRE DE 2022

B.O.C.M. Núm. 269

I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones
Vicepresidencia, Consejería de Educación y Universidades
14

ORDEN 3237/2022, de 28 de octubre, del Vicepresidente, Consejero de Educación y Universidades, por la que se resuelve la convocatoria 2022 de ayudas
para la realización de doctorados industriales en la Comunidad de Madrid.

Mediante Orden 3109/2017, de 29 de agosto, del Consejero de Educación, Juventud y
Deporte, se establecieron las bases reguladoras de las ayudas para la realización de doctorados industriales en la Comunidad de Madrid y por Orden 725/2022, de 4 de abril, del Consejero de Educación, Universidades, Ciencia y Portavoz del Gobierno se convocaron, para
el año 2022, las citadas ayudas, cuyo extracto se publicó en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 5 de mayo de 2022.
De conformidad con lo previsto en el artículo 13.6 de la Orden 3109/2017, de 29 de
agosto, que establece las bases reguladoras de estas ayudas, con el artículo 13.6 de la Orden 725/2022, de 4 de abril , que las convoca, y conforme al Decreto 236/2021, de 17 de
noviembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la
Consejería de Educación, Universidades, Ciencia y Portavocía, en relación con el Decreto
38/2022, de 15 de junio, del Consejo de Gobierno, por el que se crea la Vicepresidencia,
Consejería de Educación y Universidades, el órgano concedente de estas ayudas es el titular de la Vicepresidencia, Consejería de Educación y Universidades.
Teniendo en cuenta la propuesta de la Comisión de Selección, reunida el día 26 de julio de 2022 y en uso de las atribuciones que me han sido conferidas por las disposiciones
vigentes.
DISPONGO

Segundo
1. Los contratos deberán formalizarse en el plazo de 45 días, contados a partir del
día siguiente a la publicación de esta orden en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE
MADRID. Sin embargo, cuando las personas candidatas sean extracomunitarias, los organismos podrán formalizar los contratos hasta seis meses después de la publicación de la
resolución de concesión. La incorporación de los doctorandos se producirá en el plazo de
15 días contados a partir del siguiente a la firma del contrato.
2. El contrato ascenderá a 25.000 euros por año como mínimo, destinados al pago
del salario del doctorando y de los costes empresariales de la Seguridad Social. En todo
caso la cantidad mínima bruta que recibirá el contratado será de 19.250 euros por año.

BOCM-20221111-14

Primero
1. Resolver la convocatoria de ayudas para la realización de doctorados industriales
en la Comunidad de Madrid, regulada por las Órdenes 3109/2017, de 29 de agosto y
725/2022, de 4 de abril, mediante la concesión de ayudas para la realización de doctorados
industriales, propuestos por la Comisión de Selección, que se detallan en el anexo I a la presente orden.
2. Establecer una lista de reserva ordenada por orden de puntuación, que se detalla
en el anexo II, para los casos que se produzca la renuncia de alguno de los beneficiarios.
3. Las solicitudes que, cumpliendo los requisitos para su admisión, no se encuentren incluidas en los anexos I y II se consideran denegadas, en base a lo establecido en el
artículo 12.5 de la Orden 725/2022 de 4 de abril, por la que se convocan las ayudas en la
presente anualidad, por no alcanzar el proyecto presentado una puntuación igual o superior a 60 puntos.
4. La solicitud con referencia IND2022/BMD-23671, de la Universidad Autónoma
de Madrid y la empresa Edgexplorer Scitech S. L. se considera denegada por no cumplir la
entidad empresarial solicitante, los requisitos para ser beneficiaria establecidos en el artículo 5.1 b) y e) de la Orden 725/2022 de 4 de abril.