C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20221109-1)
Convenio colectivo – Resolución de 11 de octubre de 2022, de la Dirección General de Trabajo de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, sobre registro, depósito y publicación del convenio colectivo de la empresa Spanish Intoplane Services, S. L. U. (Madrid-Barajas) (código número 28014432012008)
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 267
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 9 DE NOVIEMBRE DE 2022
Pág. 25
ANEXO III
En aras de garantizar una adecuada organización de los recursos del centro, se acuerda que el
tratamiento de la formación de ADR se basará en:
-
La Empresa sufragará el coste en una única convocatoria la renovación del ADR (Básico +
Cisternas) para los grupos profesionales II, III y IV y la obtención para los grupos profesionales IV.
-
La gestión del curso se realizará por la empresa a través de los procedimientos y proveedores homologados existentes en cada momento.
-
El tiempo invertido para la renovación de la habilitación de ADR se considerará tiempo efectivo de trabajo. De igual forma, se considerará tiempo efectivo de trabajo el tiempo invertido
para la realización del examen oficial para el ADR (licencia retribuida). Esta licencia se concederá por el tiempo imprescindible para la asistencia al examen y no podrá ser, en ningún
caso, superior a 4 horas. El trabajador deberá entregar justificante suficiente, emitido por el
organismo correspondiente, para acreditar su asistencia al examen y horarios.
-
En el supuesto que el curso debiera realizarse en horario de mañana y tarde (horario partido), se estará a lo que corresponda de conformidad al Procedimiento de Viajes de aplicación en la compañía, formación/viajes a gastos justificados, no correspondiendo, por tanto,
la percepción del plus de turno partido recogido en el convenio. De igual forma los desplazamientos que correspondan para la asistencia al curso y examen se liquidarán a través de
la herramienta de viajes (kilometraje) por el importe señalado en el mencionado procedimiento.
-
Con objeto de garantizar la adecuada organización de los recursos del centro se facilitarán
las siguientes opciones para la gestión de los exámenes:
1.
Una vez superado el curso para la renovación del ADR el trabajador deberá informar a su
mando de la fecha en la que ha optado por realizar el examen con una antelación mínima
de una semana.
2.
De optar el trabajador de forma voluntaria por la realización del examen en sus tiempos de
descanso, la empresa procederá a reconocer el tiempo dedicado a la realización de este
con el límite de 4 horas, para lo que deberá presentar el correspondiente justificante.
Esta opción por parte del trabajador no podrá entenderse como una minoración de los
días de descanso designados por la empresa y publicados en cuadrante (descansos
mínimos semanales, días de descanso unidos al periodo vacacional, fines de semana
mínimos, etc.), ni una reducción del tiempo de descanso entre jornadas establecida por
la empresa, ni un incremento de la jornada diaria publicada en cuadrante (horas extraordinarias). De igual forma, esta opción no podrá entenderse como contraria a lo establecido en convenio en cuanto a jornadas mínimas y máximas.
En el supuesto que cambiara el sistema establecido para la renovación de la habilitación del ADR se analizará de nuevo para su adecuación a la organización del centro.
BOCM-20221109-1
(03/20.227/22)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
B.O.C.M. Núm. 267
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 9 DE NOVIEMBRE DE 2022
Pág. 25
ANEXO III
En aras de garantizar una adecuada organización de los recursos del centro, se acuerda que el
tratamiento de la formación de ADR se basará en:
-
La Empresa sufragará el coste en una única convocatoria la renovación del ADR (Básico +
Cisternas) para los grupos profesionales II, III y IV y la obtención para los grupos profesionales IV.
-
La gestión del curso se realizará por la empresa a través de los procedimientos y proveedores homologados existentes en cada momento.
-
El tiempo invertido para la renovación de la habilitación de ADR se considerará tiempo efectivo de trabajo. De igual forma, se considerará tiempo efectivo de trabajo el tiempo invertido
para la realización del examen oficial para el ADR (licencia retribuida). Esta licencia se concederá por el tiempo imprescindible para la asistencia al examen y no podrá ser, en ningún
caso, superior a 4 horas. El trabajador deberá entregar justificante suficiente, emitido por el
organismo correspondiente, para acreditar su asistencia al examen y horarios.
-
En el supuesto que el curso debiera realizarse en horario de mañana y tarde (horario partido), se estará a lo que corresponda de conformidad al Procedimiento de Viajes de aplicación en la compañía, formación/viajes a gastos justificados, no correspondiendo, por tanto,
la percepción del plus de turno partido recogido en el convenio. De igual forma los desplazamientos que correspondan para la asistencia al curso y examen se liquidarán a través de
la herramienta de viajes (kilometraje) por el importe señalado en el mencionado procedimiento.
-
Con objeto de garantizar la adecuada organización de los recursos del centro se facilitarán
las siguientes opciones para la gestión de los exámenes:
1.
Una vez superado el curso para la renovación del ADR el trabajador deberá informar a su
mando de la fecha en la que ha optado por realizar el examen con una antelación mínima
de una semana.
2.
De optar el trabajador de forma voluntaria por la realización del examen en sus tiempos de
descanso, la empresa procederá a reconocer el tiempo dedicado a la realización de este
con el límite de 4 horas, para lo que deberá presentar el correspondiente justificante.
Esta opción por parte del trabajador no podrá entenderse como una minoración de los
días de descanso designados por la empresa y publicados en cuadrante (descansos
mínimos semanales, días de descanso unidos al periodo vacacional, fines de semana
mínimos, etc.), ni una reducción del tiempo de descanso entre jornadas establecida por
la empresa, ni un incremento de la jornada diaria publicada en cuadrante (horas extraordinarias). De igual forma, esta opción no podrá entenderse como contraria a lo establecido en convenio en cuanto a jornadas mínimas y máximas.
En el supuesto que cambiara el sistema establecido para la renovación de la habilitación del ADR se analizará de nuevo para su adecuación a la organización del centro.
BOCM-20221109-1
(03/20.227/22)
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ISSN 1989-4791