C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20221109-1)
Convenio colectivo –  Resolución de 11 de octubre de 2022, de la Dirección General de Trabajo de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, sobre registro, depósito y publicación del convenio colectivo de la empresa Spanish Intoplane Services, S. L. U. (Madrid-Barajas) (código número 28014432012008)
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 267

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 9 DE NOVIEMBRE DE 2022

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ANEXO II
Poner en marcha desde la firma de la presente, la norma de concurso oposición en los siguientes
términos:
I.- Normas Generales
1.- Vacante definitiva y su cobertura.
Se entiende por puesto vacante de carácter definitivo, aquella respecto de la cual, la Dirección de
la Empresa, en lugar de acordar su amortización, decide su cobertura por pasar su titular a ocupar
otro puesto de trabajo con carácter de permanencia o por la extinción de su relación laboral con la
Compañía.
La cobertura de las vacantes declaradas definitivas por la Dirección de la Empresa serán libremente cubiertas por aquella mediante:
-

Ascenso, a través del presente procedimiento.

-

Movilidad funcional en el interior del Grupo Profesional del que se trate.

-

Contrataciones en las distintas formas reguladas en la legislación vigente.

2.- Adecuación de Clasificación Profesional por modificación de condiciones.
No obstante lo dispuesto en el punto anterior, en aquellos casos en los que producida una adecuación de la clasificación profesional por modificaciones producidas como consecuencia de la variación o inclusión en el puesto de trabajo de nuevas tareas o funciones que determinen un grupo
profesional superior, se producirá el ascenso automático del titular al nuevo grupo siempre que,
tras un periodo de formación y / o adaptación técnica, cumpla con los requerimientos exigibles para
un desarrollo adecuado del puesto.
II.- Norma Concurso-Oposición.
1.- Ámbito del Concurso.
Para optar a concursar a los puestos de trabajo que la Empresa cubra mediante este sistema, y sin
perjuicio de las premisas establecidas en cada proceso, será necesario que el interesado cumpla
las siguientes condiciones:
-

Mantener una relación laboral con la empresa de carácter indefinido y un mínimo de seis
meses de prestación de servicios en el centro de trabajo de Madrid Barajas.

-

Estar encuadrado en un Grupo Profesional inferior al de la plaza a cubrir.

-

No encontrase en situación de excedencia.

2.- Procedimiento Concurso – Oposición.
El concurso – oposición se ajustará al siguiente procedimiento:
a) La convocatoria, el programa y las pruebas de cada convocatoria, así como su resolución,
será competencia de la Jefatura del centro o en quien esta delegue.
La Representación de los Trabajadores participará en el proceso mediante la designación
de dos de sus miembros como representantes en el Tribunal de Concurso – Oposición.
b) El proceso del concurso – oposición se iniciará mediante la publicación de la convocatoria
dentro del plazo de treinta días desde la fecha de declaración como definitiva de la vacante
y la decisión de su cobertura mediante este sistema.
o
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o
o
o
o
o

Composición de Tribunal de Concurso - Oposición.
Nombre y Grupo Profesional del Puesto.
Número de plazas.
Requerimientos mínimos de Titulación académica y/o experiencia profesional en el ámbito
de la función.
Plazo máximo de admisión de solicitudes.
Pruebas a realizar (teóricas y/o prácticas).
Baremo y cuadro general de puntuaciones.
Fecha de realización de las pruebas.

BOCM-20221109-1

En la convocatoria se hará constar: