Griñón (BOCM-20221108-71)
Régimen económico. Ordenanza precio público espectáculos
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 266

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 8 DE NOVIEMBRE DE 2022

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III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
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GRIÑÓN
RÉGIMEN ECONÓMICO

Según queda acreditado en certificación de 31 de octubre de 2022, expedida al efecto por el Secretario General de esta Corporación, el expediente tramitado para la aprobación de la modificación de la ordenanza fiscal reguladora del precio público por asistencia a espectáculos culturales, musicales, teatrales, artísticos y similares fuera del término
municipal de Griñón (expte. 1825/2022) ha sido expuesto al público por plazo de treinta
días, mediante anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID n.o 220,
de 15 de septiembre de 2022 y en el tablón de anuncios de la Sede Electrónica ( grinon.sedelectronica.es ), sin que durante dicho plazo se haya presentado alegación o reclamación
alguna, por lo que se declara la elevación automática a definitivo del Acuerdo de aprobación inicial de ordenanza fiscal reguladora del precio público por asistencia a espectáculos culturales, musicales, teatrales, artísticos y similares fuera del término municipal de
Griñón (expte. 1825/2022) adoptado en sesión ordinaria del Pleno del Ayuntamiento de
Griñón de 1 de septiembre de 2022, y cuyo texto íntegro se publica en Anexo, para su general conocimiento y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 70.2 de la Ley 7/1985,
de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local.
ANEXO
ORDENANZA REGULADORA DEL PRECIO PÚBLICO
POR ASISTENCIA A ESPECTÁCULOS CULTURALES, MUSICALES,
TEATRALES, ARTÍSTICOS Y SIMILARES FUERA
DEL TÉRMINO MUNICIPAL DE GRIÑÓN
PREÁMBULO

Artículo 1.o Fundamento y régimen.—Este Ayuntamiento, conforme a lo autorizado
por Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local y de acuerdo con
lo previsto en el Real Decreto Legislativo 2/2004, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, establece el precio público por asistencia a espectáculos detallados en el artículo 3.o del presente, fuera del término municipal de
Griñón, que se regulará por la presente ordenanza, redactada conforme a lo dispuesto en el
artículo 41 y siguientes del Real Decreto Legislativo 2/2004.
Art. 2.o Prestaciones del servicio.—El Ayuntamiento de Griñón, a través de su Concejalía de Cultura planifica a lo largo del año una programación de actividades desarrolladas fuera del término municipal de Griñón y dirigidas para todos los públicos. Dichos pro-

BOCM-20221108-71

La presente ordenanza se enmarca dentro de la potestad financiera y tributaria que,
para las Entidades Locales, contempla el Texto Refundido de la Ley de Haciendas Locales,
aprobado por Real Decreto legislativo 2/2004, de 5 de marzo y, en particular en la regulación que con respecto a los precios públicos se realiza en el Capítulo VI del Título I de dicho Texto Refundido.
Asimismo, el contenido de la Ordenanza se adecua a los principios de buena regulación a los que se refiere el artículo 129 de la Ley 39/2015 de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, principios de necesidad, eficacia, proporcionalidad, seguridad jurídica, transparencia y eficiencia. De este modo, la norma persigue un
interés general al permitir asegurar el correcto funcionamiento de la administración local,
dotándose este Ayuntamiento de los recursos adecuados tanto para el normal funcionamiento de los servicios de competencia municipal, como para el cumplimiento del resto de
obligaciones que le son propias. La norma no conlleva la restricción de derechos de los particulares, establece las medidas imprescindibles para cumplir su objetivo y quedan justificados suficientemente los objetivos que persigue.