Fresnedillas de la Oliva (BOCM-20221108-67)
Ofertas de empleo. Convocatoria proceso selectivo
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 266

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 8 DE NOVIEMBRE DE 2022

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Para ello el Tribunal aplicará las adaptaciones de tiempos previstas en la Orden
PRE/1822/2006, de 9 de junio, por la que se establecen los criterios generales para la adopción de tiempos adicionales en los procesos selectivos para el acceso al empleo público de
personas con discapacidad, “Boletín Oficial del Estado”. de 13 de junio de 2006.
Los interesados deberán realizar la correspondiente petición y deberán aportar el dictamen técnico facultativo emitido por el órgano técnico de calificación del grado de discapacidad, que acredite de forma fehaciente el grado de discapacidad reconocido, para que el
Tribunal pueda valorar la procedencia o no de la concesión de la adaptación solicitada.
Decimotercera. Incidencias

BOCM-20221108-67

Las presentes bases y convocatoria podrán ser impugnadas de conformidad con lo establecido en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de
las Administraciones Públicas.
Asimismo, la Jurisdicción competente para resolver las controversias en relación con
los efectos y resolución del contrato laboral será la Jurisdicción Social.
El Tribunal queda facultado para resolver las dudas que puedan presentarse en la aplicación de las normas contenidas en las presentes Bases y para adoptar resoluciones, criterios o medidas necesarias para el buen orden del Concurso, en aquellos aspectos no previstos en estas Bases.
Contra las presentes bases, que ponen fin a la vía administrativa, se puede interponer alternativamente recurso de reposición, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a
la publicación del presente anuncio, ante la Alcaldía de este Ayuntamiento, de conformidad
con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o recurso contencioso-administrativo, ante
el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Madrid o, a su elección, el que corresponda
a su domicilio, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la publicación del
presente anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de Julio, de la
Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Si se optara por interponer el recurso de reposición
potestativo, no podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio. Todo ello sin perjuicio de que pueda ejercitar cualquier otro recurso que estime pertinente.
En lo no previsto en las bases, será de aplicación el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de
octubre; la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local; el texto
refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local aprobado por
Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril; y el Reglamento General de Ingreso del
Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de
Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General
del Estado aprobado por Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, con carácter supletorio.