B) Autoridades y Personal - Consejería de Presidencia, Justicia e Interior (BOCM-20221107-8)
Convocatoria curso –  Resolución de 25 de octubre de 2022, de la Dirección General de Seguridad, Protección Civil y Formación, por la que se convoca el LIX Curso Selectivo de Formación Básica para Policías Locales de Nuevo Ingreso de la Comunidad de Madrid
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 265

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 7 DE NOVIEMBRE DE 2022

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Segundo
Documentación a aportar
— Relación de aspirantes del proceso selectivo sobre los que se solicita inscripción
en el curso, en archivo Excel según plantilla proporcionada.
— Certificación expedida por la Secretaría del Ayuntamiento, u órgano competente
del mismo, en la que se relacionen los aspirantes que han sido nombrados como
funcionarios en prácticas y que deban realizar el correspondiente curso selectivo.
Tercero
1. Las solicitudes se presentarán por los Ayuntamientos interesados que cuenten con
aspirantes que hayan superado la correspondiente fase previa de oposición, y que deberán,
por consiguiente, incorporarse como alumnos en los cursos convocados. Cada Ayuntamiento realizará la solicitud de inscripción de los aspirantes, y aportará la documentación
relacionada en el apartado segundo de esta convocatoria, cumplimentando los modelos disponibles en la ficha de este procedimiento en el Registro Electrónico.
2. Al ser los Ayuntamientos solicitantes sujetos del artículo 14.2 de la Ley 39/2015,
obligados a relacionarse electrónicamente con la Administración, las notificaciones se realizarán a través de medios electrónicos de acuerdo con lo establecido en el artículo 43 del mismo
texto legal. A tal efecto, el solicitante está obligado a estar dado de alta en el servicio de Notificaciones Electrónicas de la Comunidad de Madrid, accediendo al mismo a través del enlace
https://www.comunidad.madrid/servicios/administracion-digital-punto-acceso-general
3. Las solicitudes se presentarán electrónicamente, a través del Registro Electrónico de la Consejería de Presidencia, Justicia e Interior, al que se podrá acceder a través de
la página web https://www.comunidad.madrid/servicios/administracion-electronicapunto-acceso-general entrando al procedimiento de inscripción, y rellenando el formulario de este proceso de acuerdo con las instrucciones que constan en el mismo.
4. Será preciso a este fin, disponer de uno de los certificados electrónicos reconocidos o cualificados de firma electrónica que sean operativos en la Comunidad de Madrid y
expedidos por prestadores incluidos en la “Lista de confianza de prestadores de servicios
de certificación” o cualquier otro sistema de firma electrónica que la Comunidad de Madrid
considere válido en los términos y condiciones que se establezcan específicamente para
cada tipo de firma.
5. El plazo para la presentación de solicitudes y demás documentación acreditativa
del apartado segundo comenzará el día hábil siguiente al de la publicación de esta resolución y finalizará el 15 de noviembre de 2022, ambas fechas inclusive.
6. No serán admitidas a trámite las solicitudes presentadas fuera del plazo establecido, previa resolución en la que se declare la inadmisión, en los términos del artículo 21 de
la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
7. Los interesados deberán aportar al procedimiento administrativo los datos y documentos exigidos por las Administraciones Públicas, de acuerdo con lo dispuesto en la normativa aplicable. Asimismo, tienen derecho a no aportar documentos que ya se encuentren
en poder de la Administración actuante o hayan sido elaborados por cualquier otra Administración.
8. La Administración actuante podrá consultar o recabar dichos documentos salvo
que el interesado se opusiera a ello. No cabrá la oposición cuando la aportación del documento se exigiera en el marco del ejercicio de potestades sancionadoras o de inspección.
No obstante lo anterior, para la consulta de los datos tributarios del Estado será necesaria la
autorización expresa del interesado.
9. Las Administraciones Públicas deberán recabar los documentos electrónicamente
a través de sus redes corporativas o mediante consulta a las plataformas de intermediación
de datos u otros sistemas electrónicos habilitados al efecto.
10. En caso de haber presentado en tiempo y forma más de una solicitud, solo será
tenida en cuenta la última presentada.
11. En el punto de acceso general de administración electrónica del portal de la Comunidad de Madrid ( https://www.comunidad.madrid/servicios/administracion-digitalpunto-acceso-genera l), se puede realizar la aportación de documentos durante la tramitación del expediente en los plazos establecidos para ello siguiendo las instrucciones en el
proceso de registrar la solicitud. Se pueden comprobar los documentos que se han anexado

BOCM-20221107-8

Presentación de solicitudes: plazo, lugar y forma