Navas del Rey (BOCM-20221103-76)
Urbanismo. Normas Subsidiarias Planeamiento
42 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOCM
Pág. 314

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 3 DE NOVIEMBRE DE 2022

B.O.C.M. Núm. 262

1.3. DESCRIPCIÓN DE LA SOLUCIÓN PROPUESTA.
-

Ampliar el suelo urbano a las áreas contiguas al casco, para permitir un crecimiento ordenado en los próximos diez años, recobrando la forma urbana del núcleo rural en el
casco antiguo y creando elementos de transición entre la edificación del centro y las zonas de chalets de la periferia.

-

Devolver a las vías principales el sentido de organizar el crecimiento.

-

Reservar suelo para la ampliación del polígono industrial, parque urbano y zona de
equipamiento en los bordes Norte y Este del pueblo hasta la carretera de circunvalación.

-

Preveer la ordenación de la colonia Puente de San Juan, mediante un Plan Especial de
Reforma Interior que desarrolle las presentes Normas.

-

Clasificar como Suelo Urbano las colonias; El Morro la 1ª fase y 2ª fase zona El Club,
respetando la ordenación existente y asegurando que se terminen las obras de urbanización y se reserva suelo de uso público para el necesario esparcimiento comunitario.
Se definen dos unidades de actuación en las que se señalan los suelos de cesión y los
plazos y garantías para la ejecución de las obras de urbanización. Para el ámbito de estas unidades de actuación será necesario la constitución de una entidad urbanística que
asegure la conservación de la urbanización.

-

Se clasifica como No Urbanizable el resto del Término Municipal de forma que las posibles edificaciones que se localicen en este suelo no puedan nunca formar núcleo de población.

-

Se señalan como suelos de Especial Protección las zonas de monte y la ribera del río
por su alto valor ecológico.

1.4. RESULTADO DEL TRÁMITE DE PARTICIPACIÓN PÚBLICA.
El trámite de participación pública, cuyos resultados se encuentran recogidos en el Documento nº 4: Información Pública y Refundición del Avance, y en el Documento nº 6: Participación Pública en el Proyecto Definitivo, ha seguido la siguiente cronología y resultados.
El Ayuntamiento de Navas de Rey acordó en su sesión plenaria del 23 de Junio de 1984, exponer al público el Avance de Planeamiento por un plazo de 30 días, de acuerdo con lo establecido
en el art. 125 del Reglamento de Planeamiento. A tal efecto se insertaron los anuncios correspondientes en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid del día 14 de Julio de 1984, y en el periódico “YA” de 1 de Agosto de 1984. Dicho plazo de exposición pública fue ampliado mediante nuevo
anuncio publicado en el B.O.C.M. el 29 de Agosto de 1984 a la vista de la gran participación pública suscitada.
Como fruto del dilatado período de exposición pública del Avance de Planeamiento, se presentaron un total de 63 sugerencias, que fueron debidamente informadas y las determinaciones del
Avance de Planeamiento, con las matizaciones y modificaciones surgidas de las mismas, fueron
adoptadas como criterios y soluciones generales con arreglo a los cuales debería culminarse el
proceso de elaboración de las nuevas Normas Subsidiarias.
El 20 de Marzo de 1985 el Pleno del Ayuntamiento de Navas del Rey acordó aprobar inicialmente las Normas Subsidiarias de Planeamiento y someterlas al trámite de información pública, de
acuerdo con lo establecido en los art. 126, 127 y 128 del Reglamento del Planeamiento, para lo
cual insertó anuncio en el B. O .C. M. de 4 de Abril de 1985 y en un periódico de los de mayor
difusión de la provincia.
Durante el plazo de información pública se presentaron un total de 92 alegaciones que se
clasifican a continuación.

-

70 solicitan pasar de la Ordenanza que les corresponde según el documento de aprobación inicial a Ordenanza 3ª (parcela mínima 250 m2).

-

8 solicitan que las Ordenanzas excepcionen de la condición de parcela mínima, a aquellas que ya poseen tamaños inferiores a los mínimos señalados en las mismas.

-

4 solicitan la desaparición de la Ordenanza 2ª, o al menos la eliminación de los patios
de manzana de uso público.

-

3 solicitan pasar a Ordenanza 1ª. Casco antiguo.

-

5 plantean modificaciones al viario propuesto.

BOCM-20221103-76

Las 92 alegaciones presentadas pueden clasificarse por los aspectos a los que se refieren de
la siguiente manera: