Meco (BOCM-20221102-95)
Ofertas de empleo. Convocatoria proceso selectivo
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BOCM

MIÉRCOLES 2 DE NOVIEMBRE DE 2022

B.O.C.M. Núm. 261

Finalizado el plazo de subsanación de defectos de las solicitudes, el Alcalde publicará
en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de Meco la Resolución por la que se aprueban
las relaciones definitivas de aspirantes admitidos y excluidos, entendiéndose desestimadas
las reclamaciones no recogidas en la misma.
En la citada resolución, a propuesta del Tribunal Calificador, se hará constar la fecha,
lugar y hora de realización del primer ejercicio de la oposición, todo ello con una antelación mínima de diez días hábiles.
Séptima Tribunal Calificador
7.1. El Tribunal que ha de juzgar estas pruebas selectivas será designado por la Alcaldía, debiendo ajustarse en su composición a lo dispuesto en el artículo 60 del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Real Decreto
Legislativo 5/2015, de 30 de octubre. Dicho Órgano de Selección quedará incluido en la categoría tercera de las reseñadas en el artículo 30.1 del Real Decreto 462/2002, de 24 de
mayo, sobre indemnizaciones por razón del servicio.
7.2. El régimen jurídico aplicable al Tribunal de Selección será el que se establece
para los órganos colegiados en el Título Preliminar, Capítulo II, de la Ley 40/2015, de 1 de
octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
7.3. El Tribunal quedará constituido por el Presidente, Secretario y Vocales Titulares y,
en defecto de alguno de ellos, por el Presidente, Secretario o Vocal Suplente respectivo.
Para la válida constitución del Tribunal, a efectos de la celebración de sesiones, deliberaciones y toma de acuerdos, se requerirá la presencia del Presidente, el Secretario y un
vocal, o en su caso, de quienes les sustituyan. El Secretario, como miembro del Tribunal,
tendrá voz y voto.
Excepcionalmente, en caso de ausencia del presidente titular y suplente, estos serán
sustituidos por uno de los vocales que se hallen presentes según el orden de designación.
En caso de ausencia del secretario titular y suplente, estos serán sustituidos por un vocal de
los que se hallen presentes según el orden en el que figuren designados.
7.4. El Tribunal Calificador podrá incorporar a sus trabajos asesores especialistas
para las pruebas y con los cometidos que estime pertinentes, limitándose éstos a prestar su
colaboración en sus especialidades técnicas. Dichos asesores tendrán voz, pero no voto.
7.5. Asimismo, los interesados podrán recusar a los miembros del Tribunal, asesores
especialistas cuando, a su juicio, concurra en ellos alguna de las circunstancias señaladas en
el párrafo anterior, conforme a lo establecido en el artículo 24 de la Ley 40/2015, de 1 de
octubre.
Octava Sistema de selección
8.1. El sistema selectivo será el de oposición.
8.2. La oposición estará integrada por los ejercicios que se indican a continuación,
todos y cada uno de ellos de carácter obligatorio y eliminatorio:
8.2.1. Primer ejercicio: consistirá en contestar un cuestionario tipo test de cincuenta
preguntas más cinco de reserva, en un tiempo máximo de 55 minutos. Se propondrán tres
respuestas alternativas a cada pregunta, siendo solo una de ellas correcta. El ejercicio se valorará de 0 a 10 puntos, resultando la puntuación de la resta de las preguntas correctas menos las incorrectas.
Cada pregunta contestada correctamente tendrá un valor de 0,20 puntos. Las preguntas no contestadas, es decir, que figuren las cuatro letras en blanco o con más de una opción
de respuesta, no tendrá valoración. Las preguntas con contestación errónea se penalizarán
con –0,07.
Serán considerados aptos los 20 aspirantes que hubiesen obtenido las mejores puntuaciones, siempre y cuando su puntuación sea igual o superior al 50 por 100 de la puntuación
directa máxima obtenible del ejercicio.
Mediante la aplicación de los criterios anteriores, el tribunal establecerá la nota de corte del ejercicio. Todos los opositores con idéntica puntuación a aquél aprobado con la nota
de corte se considerarán igualmente aprobados, aunque se supere entonces el número de
opositores indicado en el primer párrafo.
Una vez finalizado el ejercicio, se publicará la plantilla de respuestas en el Tablón de
anuncios del Ayuntamiento de Meco, para conocimiento de los opositores, abriéndose un
plazo de 5 días hábiles para alegaciones.

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