B) Autoridades y Personal - VICEPRESIDENCIA, CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y UNIVERSIDADES (BOCM-20221031-1)
Concurso de méritos interinos docentes –  Resolución de 20 de octubre de 2022, de la Dirección General de Recursos Humanos, por la que se convoca con carácter extraordinario procedimiento de concurso de méritos para la elaboración de listas extraordinarias de aspirantes a ocupar puestos docentes en régimen de interinidad en determinadas especialidades del Cuerpo de Profesores de Música y Artes Escénicas, para el curso escolar 2022-2023
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 31 DE OCTUBRE DE 2022

B.O.C.M. Núm. 259

sean operativos en la Comunidad de Madrid y expedidos por prestadores incluidos en la
“Lista de confianza de prestadores de servicios de certificación”, estar dado de alta en alguno de los sistemas de identificación y autenticación Cl@ve de la Administración General del Estado o cualquier otro sistema de firma electrónica que la Comunidad de Madrid
considere válido en los términos y condiciones que se establezcan específicamente para
cada tipo de firma. Dicha información se encuentra en el portal “personal +educación”
( http://comunidad.madrid/servicios/personal-educacion ), en la sección, “Tramitación
electrónica”.
No se admitirá ninguna solicitud ni documentación que no haya sido cumplimentada
y enviada, en el plazo establecido, a través de la aplicación informática puesta a disposición
en el enlace especificado en este apartado.
En caso de haber presentado en tiempo y forma más de una solicitud para la misma especialidad, solo será tenida en cuenta la última presentada.
El solicitante deberá asegurarse que adjunta los archivos y que estos son anexados correctamente.
A efectos de notificación, es necesario que todos los participantes dispongan de la correspondiente Dirección Electrónica Habilitada y que estén dados de alta en el sistema de
notificaciones electrónicas de la Comunidad de Madrid NOTE.
5.2. Documentación a presentar:
La documentación requerida en el procedimiento deberá adjuntarse a la solicitud, en
el momento de su presentación y envío, debiendo aportarse la siguiente:
— Documentación acreditativa de la titulación exigida.
— Documentación justificativa de los méritos alegados.
— La Dirección General de Recursos Humanos podrá verificar, en su caso, la información aportada por el aspirante mediante la consulta de las titulaciones inscritas
en el Ministerio de Educación y Formación Profesional, cuando el aspirante haya
autorizado su consulta.
— DNI, en el supuesto de oponerse a la consulta de este.
De acuerdo con lo establecido en el artículo 5 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, los interesados
podrán actuar por medio de representante, entendiéndose con éste las actuaciones administrativas, salvo manifestación expresa en contra del interesado. La representación deberá
acreditarse por cualquier medio válido en derecho que deje constancia fidedigna o mediante declaración en comparecencia personal del interesado.
Si presenta la solicitud mediante representante:
— DNI del representante en el supuesto de no autorizar su consulta.
— Documento de otorgamiento de la representación (poder notarial, autorización de
representación firmada por el representante y representado…).
Documentación para ser incluido en el colectivo de especial consideración por discapacidad:
1. Candidatos que tienen reconocido un grado de discapacidad igual o superior
al 33 por 100, a través de Centros u Organismos ubicados fuera de la Comunidad de Madrid.
Deberán aportar:
— Reconocimiento del grado de discapacidad, donde conste, al menos, un 33 por 100
de discapacidad y la duración de dicho reconocimiento.
— Dictamen vinculante, actualizado a fecha de la presente convocatoria, de las condiciones psíquicas, físicas y sensoriales, expedido por el equipo multiprofesional
competente. El dictamen vinculante, deberá contener los aspectos siguientes:
a) Que el grado de discapacidad sea igual o superior al 33 por 100.
b) Carácter permanente o revisable de la misma, con indicación de la fecha de la
revisión en su caso.
c) Cumplimiento de las condiciones de aptitud personal o capacidad funcional
en relación con el puesto de trabajo.
2. Candidatos que participen por este turno y tengan reconocido su grado de discapacidad a través de los Centros Base de Atención a personas con discapacidad de la Consejería de Políticas Sociales, Familias, Igualdad y Natalidad de la Comunidad de Madrid.

BOCM-20221031-1

BOCM