B) Autoridades y Personal - VICEPRESIDENCIA, CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y UNIVERSIDADES (BOCM-20221031-1)
Concurso de méritos interinos docentes – Resolución de 20 de octubre de 2022, de la Dirección General de Recursos Humanos, por la que se convoca con carácter extraordinario procedimiento de concurso de méritos para la elaboración de listas extraordinarias de aspirantes a ocupar puestos docentes en régimen de interinidad en determinadas especialidades del Cuerpo de Profesores de Música y Artes Escénicas, para el curso escolar 2022-2023
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 259
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 31 DE OCTUBRE DE 2022
Pág. 13
Cuarto
Méritos baremables y su justificación, ordenación de los participantes
y criterios de desempate
4.1. Méritos baremables y su justificación:
En aplicación de lo dispuesto en el artículo 7.1 del Acuerdo de 10 de mayo de 2016, serán
baremables los méritos que se indican a continuación con los siguientes topes máximos:
Apartado 1. Baremo de méritos:
— Experiencia docente: la puntuación obtenida en el apartado 1.2 del anexo III se
multiplicará por 0,45 puntos. Máximo 4,5 puntos.
— Formación académica: la puntuación obtenida en el apartado 1.3 del anexo III se
multiplicará por 0,1 puntos. Máximo 0,5 puntos.
— Otros méritos: la puntuación obtenida en el apartado 1.4 del anexo III se multiplicará por 0,25 puntos. Máximo 0,5 puntos.
Apartado 2. Puntuación adicional:
Puntuación por haber trabajado previamente en la Comunidad de Madrid, 1 punto. Se
entenderá que han trabajado previamente en la Comunidad de Madrid, aquellos aspirantes
que hayan tenido, al menos, un nombramiento de funcionario interino docente, de duración
igual o superior a cinco meses y medio en el mismo curso escolar, en los últimos diez años.
Los anteriores méritos se ajustarán a las especificaciones y deberán ser acreditados
conforme a lo expuesto en el anexo III de la presente resolución.
4.2. Ordenación de los participantes y criterios de desempate:
Los participantes se ordenarán en función de la mayor puntuación obtenida como resultado de la suma de las puntuaciones obtenidas en cada uno de los apartados del baremo
con los topes establecidos para cada uno de ellos.
Los casos de empate en la puntuación obtenida, se resolverán atendiendo sucesivamente a los siguientes criterios:
1. Mayor puntuación obtenida en cada uno de los puntos del apartado 1 del baremo,
por el orden en que aparecen en el anexo III.
2. De continuar el empate, mayor puntuación obtenida en el apartado 2.2 del anexo III.
3. De continuar el empate, mayor puntuación en la nota media del expediente académico de la titulación por la que se participa en esta convocatoria.
4. En caso de persistir el empate se seguiría el orden señalado en Resolución de 9 de
marzo de 2021 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID del 29 de marzo), de la
Dirección General de Función Pública, por la que se hace público el resultado del sorteo
efectuado con objeto de determinar el orden de actuación de los aspirantes en los procesos
selectivos del año 2021.
Quinto
5.1. Presentación de solicitudes:
Las solicitudes de participación se cumplimentarán exclusivamente por medios electrónicos, a través de la aplicación informática que se encuentra disponible en el portal de la Comunidad de Madrid ( https://www.tramita.comunidad.madrid/oferta-empleo/listas-extr-profmusica-aaee-1022 ) y, con carácter meramente informativo y, sin efectos administrativos, en
el portal “personal+educación” ( http://comunidad.madrid/servicios/personal-educacion )
siguiendo la secuencia: “Profesorado Interino”, “Convocatorias extraordinarias”.
En aplicación del artículo 5 del Decreto 188/2021, de 21 de julio (BOLETÍN OFICIAL
DE LA COMUNIDAD DE MADRID, del 23 de julio), del Consejo de Gobierno, por el que se
regula la obligación de relacionarse por medios electrónicos con la Administración de la
Comunidad de Madrid del personal a su servicio y de los participantes en procesos selectivos, la presentación de las solicitudes se ha de hacer forma telemática. Esta presentación se
llevará a cabo en el Registro Electrónico de la Comunidad de Madrid, punto de acceso único para la presentación, por medios electrónicos, de solicitudes y escritos dirigidos a la
Administración de la Comunidad de Madrid.
Para poder presentar la solicitud por medios electrónicos, es necesario disponer de
uno de los certificados electrónicos reconocidos o cualificados de firma electrónica, que
BOCM-20221031-1
Presentación de solicitudes y documentación a presentar
B.O.C.M. Núm. 259
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 31 DE OCTUBRE DE 2022
Pág. 13
Cuarto
Méritos baremables y su justificación, ordenación de los participantes
y criterios de desempate
4.1. Méritos baremables y su justificación:
En aplicación de lo dispuesto en el artículo 7.1 del Acuerdo de 10 de mayo de 2016, serán
baremables los méritos que se indican a continuación con los siguientes topes máximos:
Apartado 1. Baremo de méritos:
— Experiencia docente: la puntuación obtenida en el apartado 1.2 del anexo III se
multiplicará por 0,45 puntos. Máximo 4,5 puntos.
— Formación académica: la puntuación obtenida en el apartado 1.3 del anexo III se
multiplicará por 0,1 puntos. Máximo 0,5 puntos.
— Otros méritos: la puntuación obtenida en el apartado 1.4 del anexo III se multiplicará por 0,25 puntos. Máximo 0,5 puntos.
Apartado 2. Puntuación adicional:
Puntuación por haber trabajado previamente en la Comunidad de Madrid, 1 punto. Se
entenderá que han trabajado previamente en la Comunidad de Madrid, aquellos aspirantes
que hayan tenido, al menos, un nombramiento de funcionario interino docente, de duración
igual o superior a cinco meses y medio en el mismo curso escolar, en los últimos diez años.
Los anteriores méritos se ajustarán a las especificaciones y deberán ser acreditados
conforme a lo expuesto en el anexo III de la presente resolución.
4.2. Ordenación de los participantes y criterios de desempate:
Los participantes se ordenarán en función de la mayor puntuación obtenida como resultado de la suma de las puntuaciones obtenidas en cada uno de los apartados del baremo
con los topes establecidos para cada uno de ellos.
Los casos de empate en la puntuación obtenida, se resolverán atendiendo sucesivamente a los siguientes criterios:
1. Mayor puntuación obtenida en cada uno de los puntos del apartado 1 del baremo,
por el orden en que aparecen en el anexo III.
2. De continuar el empate, mayor puntuación obtenida en el apartado 2.2 del anexo III.
3. De continuar el empate, mayor puntuación en la nota media del expediente académico de la titulación por la que se participa en esta convocatoria.
4. En caso de persistir el empate se seguiría el orden señalado en Resolución de 9 de
marzo de 2021 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID del 29 de marzo), de la
Dirección General de Función Pública, por la que se hace público el resultado del sorteo
efectuado con objeto de determinar el orden de actuación de los aspirantes en los procesos
selectivos del año 2021.
Quinto
5.1. Presentación de solicitudes:
Las solicitudes de participación se cumplimentarán exclusivamente por medios electrónicos, a través de la aplicación informática que se encuentra disponible en el portal de la Comunidad de Madrid ( https://www.tramita.comunidad.madrid/oferta-empleo/listas-extr-profmusica-aaee-1022 ) y, con carácter meramente informativo y, sin efectos administrativos, en
el portal “personal+educación” ( http://comunidad.madrid/servicios/personal-educacion )
siguiendo la secuencia: “Profesorado Interino”, “Convocatorias extraordinarias”.
En aplicación del artículo 5 del Decreto 188/2021, de 21 de julio (BOLETÍN OFICIAL
DE LA COMUNIDAD DE MADRID, del 23 de julio), del Consejo de Gobierno, por el que se
regula la obligación de relacionarse por medios electrónicos con la Administración de la
Comunidad de Madrid del personal a su servicio y de los participantes en procesos selectivos, la presentación de las solicitudes se ha de hacer forma telemática. Esta presentación se
llevará a cabo en el Registro Electrónico de la Comunidad de Madrid, punto de acceso único para la presentación, por medios electrónicos, de solicitudes y escritos dirigidos a la
Administración de la Comunidad de Madrid.
Para poder presentar la solicitud por medios electrónicos, es necesario disponer de
uno de los certificados electrónicos reconocidos o cualificados de firma electrónica, que
BOCM-20221031-1
Presentación de solicitudes y documentación a presentar