Arganda del Rey (BOCM-20221028-77)
Urbanismo. Plan parcial
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
Pág. 452
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 28 DE OCTUBRE DE 2022
B.O.C.M. Núm. 257
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
77
ARGANDA DEL REY
Se hace saber que en sesión celebrada por Junta de Gobierno Local, el día 6 de octubre de 2022, se adoptó entre otros, el siguiente acuerdo:
Primero.—Aprobar inicialmente la modificación número 1 del Plan Parcial de Reforma Interior presentado por D.a Isabel Avendaño Jiménez, en su calidad de presidenta de la
Comisión Gestora de la Unidad de Ejecución UE-23 “La Estrella”, con número de identificación fiscal D V84813088, consistente en establecimiento de una nueva ordenanza denominada Tipo 4 Grado 1.o (b), otorgar a equipamiento de uso deportivo el uso genérico de
equipamiento y reajustar las ubicaciones de la Red Local de Espacios Libres Arbolados
(RL-ELA) y Red Local Transportes y Comunicaciones, que incluye viario público y Servicios Urbanos (aparcamientos); incorporando las correcciones de errores materiales que indica el informe del Arquitecto Municipal de fecha 30 de septiembre de 2022:
En el Documento A, y consecuentemente los que resulten equivalentes del C:
— En la página 12, primer punto de la descripción que sigue al segundo párrafo, se
indica la superficie parcial de la parcela 03.13 con una cantidad de 110,48 m2s,
cuando –por el error advertido en la superficie actual de la parcela 03.12– debe ser
de 110,43 m2s.
— En el punto siguiente, se indica una superficie de reducción del viario de
1.210,67 m2s, cuando la suma de las superficies que se recogen en este punto asciende a 1.669,27 m2s.
— En el cuadro recogido en la página 13, la superficie actual de la parcela 03.12 figura como 540,00 m2s, en lugar de los 540,05 m2s que se recogen en el actual
PPRl.23.
— Como resultado de la corrección anterior –y tal como se ha indicado anteriormente–
la superficie parcial de la parcela 03.13, que se agrega a la actual 03.12 para conformar la resultante 03-04.02, debe ser 110,43 m2s en lugar de los 110,48 m2s reflejados en el citado cuadro de la página 13.
— En ese mismo sentido, y tomando de forma proporcional la edificabilidad que se
asigna a la superficie anteriormente indicada de la parcela 03.13, esta debe ser
de 68,08 m2c, en lugar de los 68, 11 m2c.
— En el cuadro recogido en la página 14, en las columnas correspondientes al Plan
Parcial actual se incluye la referencia a la parcela 05.19. Debería eliminarse esta
referencia, puesto que tiene un destino lucrativo. Además de no haberse sumado
su superficie para obtener el total que se detalla, 27.778,02 m2s.
— En el primer punto de la descripción contenida en el último párrafo de la página 15,
hay que corregir la superficie parcial de la parcela 03.13 –en el mismo sentido de
lo ya indicado–, pasando de los 110,48 m2s a los 389,57 m2s –como resto de la parcela: 500-110,43–. Lo que implica, a su vez, corregir la cifra de 19.953,50 m2s.
— En el segundo párrafo de ese mismo punto, la referencia de las parcelas 5.16 a 5.19
debe incluir también la 5.20.
— En el segundo punto siguiente, corregir la superficie parcial de la parcela 03.13,
donde dice: “110,78 m2s”, debe decir: “110,43 m2s”.
— En el cuadro de la página 16:
• La superficie correspondiente a las parcelas 03.01 a 03.11 que se elimina es
de: “5.658,52”, en lugar de: “5.658,22”.
• La fracción de la 03.13 es de: “389,57”, en lugar de: “389,52”, como se ha indicado anteriormente, debiéndose corregir también el porcentaje de la cuota correspondiente a esta superficie.
• Revisar el signo de las cifras recogidas en las superficies correspondientes a los
tramos de las calles afectadas, puesto que se indica con signo “ − ” cuando se
aumenta la superficie y “ + ” cuando se reduce.
BOCM-20221028-77
URBANISMO
Pág. 452
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 28 DE OCTUBRE DE 2022
B.O.C.M. Núm. 257
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
77
ARGANDA DEL REY
Se hace saber que en sesión celebrada por Junta de Gobierno Local, el día 6 de octubre de 2022, se adoptó entre otros, el siguiente acuerdo:
Primero.—Aprobar inicialmente la modificación número 1 del Plan Parcial de Reforma Interior presentado por D.a Isabel Avendaño Jiménez, en su calidad de presidenta de la
Comisión Gestora de la Unidad de Ejecución UE-23 “La Estrella”, con número de identificación fiscal D V84813088, consistente en establecimiento de una nueva ordenanza denominada Tipo 4 Grado 1.o (b), otorgar a equipamiento de uso deportivo el uso genérico de
equipamiento y reajustar las ubicaciones de la Red Local de Espacios Libres Arbolados
(RL-ELA) y Red Local Transportes y Comunicaciones, que incluye viario público y Servicios Urbanos (aparcamientos); incorporando las correcciones de errores materiales que indica el informe del Arquitecto Municipal de fecha 30 de septiembre de 2022:
En el Documento A, y consecuentemente los que resulten equivalentes del C:
— En la página 12, primer punto de la descripción que sigue al segundo párrafo, se
indica la superficie parcial de la parcela 03.13 con una cantidad de 110,48 m2s,
cuando –por el error advertido en la superficie actual de la parcela 03.12– debe ser
de 110,43 m2s.
— En el punto siguiente, se indica una superficie de reducción del viario de
1.210,67 m2s, cuando la suma de las superficies que se recogen en este punto asciende a 1.669,27 m2s.
— En el cuadro recogido en la página 13, la superficie actual de la parcela 03.12 figura como 540,00 m2s, en lugar de los 540,05 m2s que se recogen en el actual
PPRl.23.
— Como resultado de la corrección anterior –y tal como se ha indicado anteriormente–
la superficie parcial de la parcela 03.13, que se agrega a la actual 03.12 para conformar la resultante 03-04.02, debe ser 110,43 m2s en lugar de los 110,48 m2s reflejados en el citado cuadro de la página 13.
— En ese mismo sentido, y tomando de forma proporcional la edificabilidad que se
asigna a la superficie anteriormente indicada de la parcela 03.13, esta debe ser
de 68,08 m2c, en lugar de los 68, 11 m2c.
— En el cuadro recogido en la página 14, en las columnas correspondientes al Plan
Parcial actual se incluye la referencia a la parcela 05.19. Debería eliminarse esta
referencia, puesto que tiene un destino lucrativo. Además de no haberse sumado
su superficie para obtener el total que se detalla, 27.778,02 m2s.
— En el primer punto de la descripción contenida en el último párrafo de la página 15,
hay que corregir la superficie parcial de la parcela 03.13 –en el mismo sentido de
lo ya indicado–, pasando de los 110,48 m2s a los 389,57 m2s –como resto de la parcela: 500-110,43–. Lo que implica, a su vez, corregir la cifra de 19.953,50 m2s.
— En el segundo párrafo de ese mismo punto, la referencia de las parcelas 5.16 a 5.19
debe incluir también la 5.20.
— En el segundo punto siguiente, corregir la superficie parcial de la parcela 03.13,
donde dice: “110,78 m2s”, debe decir: “110,43 m2s”.
— En el cuadro de la página 16:
• La superficie correspondiente a las parcelas 03.01 a 03.11 que se elimina es
de: “5.658,52”, en lugar de: “5.658,22”.
• La fracción de la 03.13 es de: “389,57”, en lugar de: “389,52”, como se ha indicado anteriormente, debiéndose corregir también el porcentaje de la cuota correspondiente a esta superficie.
• Revisar el signo de las cifras recogidas en las superficies correspondientes a los
tramos de las calles afectadas, puesto que se indica con signo “ − ” cuando se
aumenta la superficie y “ + ” cuando se reduce.
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