C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, VIVIENDA Y AGRICULTURA (BOCM-20221028-22)
Tarifas de agua – Orden 3713/2022, de 26 de octubre, de la Consejera de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura, por la que se modifica la Orden 1330/2018, de 18 de abril, del Consejero de Presidencia, Justicia y Portavocía del Gobierno, por la que se aprueban las tarifas de los servicios de aducción, distribución, alcantarillado, depuración y reutilización prestados por Canal de Isabel II, Sociedad Anónima
3 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOCM
Pág. 138
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 28 DE OCTUBRE DE 2022
B.O.C.M. Núm. 257
I. COMUNIDAD DE MADRID
C) Otras Disposiciones
Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura
ORDEN 3713/2022, de 26 de octubre, de la Consejera de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura, por la que se modifica la Orden 1330/2018, de 18 de abril,
del Consejero de Presidencia, Justicia y Portavocía del Gobierno, por la que se
aprueban las tarifas de los servicios de aducción, distribución, alcantarillado,
depuración y reutilización prestados por Canal de Isabel II, Sociedad Anónima.
Conforme a lo dispuesto en el artículo 4 del Decreto 137/1985, de 20 de diciembre, por
el que se aprueba el Reglamento sobre régimen económico y financiero del abastecimiento y saneamiento de agua en la Comunidad de Madrid, en su relación con el artículo 16 de
la Ley 3/2008, de 29 de diciembre, de Medidas Fiscales y Administrativas, corresponde a
la consejería de adscripción de Canal de Isabel II la aprobación de las tarifas aplicables por
Canal de Isabel II, Sociedad Anónima, así como sus revisiones, en el marco de las tarifas
máximas aprobadas por Decreto 29/2018, de 17 de abril, del Consejo de Gobierno, relativas a los servicios de aducción, distribución, alcantarillado, depuración y reutilización del
agua en el ámbito de la Comunidad de Madrid.
Mediante la Orden 1330/2018, de 18 de abril, del Consejero de Presidencia, Justicia y
Portavocía del Gobierno, se aprobaron las tarifas de los servicios hidráulicos prestados por
Canal de Isabel II, Sociedad Anónima, en aplicación de lo dispuesto en el Decreto 29/2018,
de 17 de abril, por el que se aprueban las tarifas máximas de los servicios de aducción, distribución, alcantarillado, depuración y reutilización del agua en el ámbito de la Comunidad
de Madrid.
La vigente Orden 1330/2018 ha sido modificada en dos ocasiones, con el objeto de
profundizar en los aspectos sociales de las tarifas, ampliando los supuestos de exención
social o incorporando nuevas bonificaciones. Por Orden 2586/2018, de 18 de diciembre,
del Vicepresidente, Consejero de Presidencia y Portavoz del Gobierno, se incorporó, como
causa de exención social, la de ser perceptor de la renta activa de inserción, y como causa
de bonificación la de ser perceptor de una pensión de viudedad de menor cuantía, mientras
que, mediante la Orden 5508/2020, de 23 de diciembre, de la Consejería de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Sostenibilidad, se incluyeron como beneficiarios de exención social a los perceptores del ingreso mínimo vital.
En la presente Orden, se incorpora una nueva bonificación, de la que se podrán beneficiar las personas físicas titulares de los contratos de suministro o, en su caso, los usuarios,
de viviendas de las que no puedan disponer por haber sido ocupadas sin la autorización debida y contra la voluntad de su titular o morador.
Con ello, se da apoyo a las personas que no pueden disponer de su vivienda y que, además de tener que hacer frente al importante quebranto económico que supone su ocupación,
hasta ahora, estaban obligadas a asumir el pago de los consumos efectuados por los ocupantes hasta recobrar su posesión.
La propuesta de modificación de la Orden 1330/2018, de 18 de abril, ha sido elaborada por Canal de Isabel II, Sociedad Anónima, conforme dispone la estipulación 19.3 del
Contrato-Programa suscrito entre el ente público Canal de Isabel II y Canal de Isabel II, Sociedad Anónima, el 27 de junio de 2012. Propuesta que se acordó elevar, por el Consejo de
Administración de Canal de Isabel II celebrado el día 24 de octubre de 2022, a la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura para su aprobación.
De conformidad con el Decreto 29/2018, aprobado en cumplimiento de lo dispuesto
en el artículo 3 del Decreto 137/1985, de 20 de diciembre, previo informe favorable de la
Comisión de Precios del Consejo de Consumo de la Comunidad de Madrid, de fecha 26 de
octubre de 2022, y en el ejercicio de las atribuciones conferidas por el artículo 41 de la
Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid
y el artículo 1 y la disposición adicional primera del Decreto 237/2021, de 17 de noviembre, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura,
BOCM-20221028-22
22
Pág. 138
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 28 DE OCTUBRE DE 2022
B.O.C.M. Núm. 257
I. COMUNIDAD DE MADRID
C) Otras Disposiciones
Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura
ORDEN 3713/2022, de 26 de octubre, de la Consejera de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura, por la que se modifica la Orden 1330/2018, de 18 de abril,
del Consejero de Presidencia, Justicia y Portavocía del Gobierno, por la que se
aprueban las tarifas de los servicios de aducción, distribución, alcantarillado,
depuración y reutilización prestados por Canal de Isabel II, Sociedad Anónima.
Conforme a lo dispuesto en el artículo 4 del Decreto 137/1985, de 20 de diciembre, por
el que se aprueba el Reglamento sobre régimen económico y financiero del abastecimiento y saneamiento de agua en la Comunidad de Madrid, en su relación con el artículo 16 de
la Ley 3/2008, de 29 de diciembre, de Medidas Fiscales y Administrativas, corresponde a
la consejería de adscripción de Canal de Isabel II la aprobación de las tarifas aplicables por
Canal de Isabel II, Sociedad Anónima, así como sus revisiones, en el marco de las tarifas
máximas aprobadas por Decreto 29/2018, de 17 de abril, del Consejo de Gobierno, relativas a los servicios de aducción, distribución, alcantarillado, depuración y reutilización del
agua en el ámbito de la Comunidad de Madrid.
Mediante la Orden 1330/2018, de 18 de abril, del Consejero de Presidencia, Justicia y
Portavocía del Gobierno, se aprobaron las tarifas de los servicios hidráulicos prestados por
Canal de Isabel II, Sociedad Anónima, en aplicación de lo dispuesto en el Decreto 29/2018,
de 17 de abril, por el que se aprueban las tarifas máximas de los servicios de aducción, distribución, alcantarillado, depuración y reutilización del agua en el ámbito de la Comunidad
de Madrid.
La vigente Orden 1330/2018 ha sido modificada en dos ocasiones, con el objeto de
profundizar en los aspectos sociales de las tarifas, ampliando los supuestos de exención
social o incorporando nuevas bonificaciones. Por Orden 2586/2018, de 18 de diciembre,
del Vicepresidente, Consejero de Presidencia y Portavoz del Gobierno, se incorporó, como
causa de exención social, la de ser perceptor de la renta activa de inserción, y como causa
de bonificación la de ser perceptor de una pensión de viudedad de menor cuantía, mientras
que, mediante la Orden 5508/2020, de 23 de diciembre, de la Consejería de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Sostenibilidad, se incluyeron como beneficiarios de exención social a los perceptores del ingreso mínimo vital.
En la presente Orden, se incorpora una nueva bonificación, de la que se podrán beneficiar las personas físicas titulares de los contratos de suministro o, en su caso, los usuarios,
de viviendas de las que no puedan disponer por haber sido ocupadas sin la autorización debida y contra la voluntad de su titular o morador.
Con ello, se da apoyo a las personas que no pueden disponer de su vivienda y que, además de tener que hacer frente al importante quebranto económico que supone su ocupación,
hasta ahora, estaban obligadas a asumir el pago de los consumos efectuados por los ocupantes hasta recobrar su posesión.
La propuesta de modificación de la Orden 1330/2018, de 18 de abril, ha sido elaborada por Canal de Isabel II, Sociedad Anónima, conforme dispone la estipulación 19.3 del
Contrato-Programa suscrito entre el ente público Canal de Isabel II y Canal de Isabel II, Sociedad Anónima, el 27 de junio de 2012. Propuesta que se acordó elevar, por el Consejo de
Administración de Canal de Isabel II celebrado el día 24 de octubre de 2022, a la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura para su aprobación.
De conformidad con el Decreto 29/2018, aprobado en cumplimiento de lo dispuesto
en el artículo 3 del Decreto 137/1985, de 20 de diciembre, previo informe favorable de la
Comisión de Precios del Consejo de Consumo de la Comunidad de Madrid, de fecha 26 de
octubre de 2022, y en el ejercicio de las atribuciones conferidas por el artículo 41 de la
Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid
y el artículo 1 y la disposición adicional primera del Decreto 237/2021, de 17 de noviembre, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura,
BOCM-20221028-22
22