Olmeda de las Fuentes (BOCM-20221028-88)
Ofertas de empleo. Convocatoria proceso selectivo
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BOCM

VIERNES 28 DE OCTUBRE DE 2022

B.O.C.M. Núm. 257

en el desarrollo de su cometido de valoración estará referida al cumplimiento de las normas
reglamentarias y de las bases de la convocatoria.
Décima. Presentación de documentos
10.1. En el plazo de veinte días naturales, a contar desde el día siguiente a aquel en
que se hiciera pública la lista definitiva de aspirantes aprobados/as en sede electrónica de
este Ayuntamiento ( http://olmedadelasfuentes.sedelectronica.es ),los/las aspirantes propuestos/as aportarán los documentos que a continuación se relacionan siempre que no obren
en poder de la Administración o que no se hubiere permitido su consulta en la presentación
de la solicitud del proceso selectivo:
a) Fotocopia y original del DNI, pasaporte o cualquier otro documento acreditativo
de la nacionalidad en vigor.
b) Fotocopia y original del título exigido en el anexo de las presentes bases, o certificación académica que acredite haber realizado y aprobado los estudios completos
necesarios para la expedición del mismo.
En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero se deberá aportar la documentación acreditativa de su homologación o convalidación.
c) Declaración jurada o promesa de no haber sido separado/a mediante expediente
disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los
órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para el desempeño de funciones públicas por
resolución judicial para el acceso a la escala, subescala, clase y categoría de funcionario/a en el que hubiese sido separado/a o inhabilitado/a. Los/las nacionales de
otros Estados deberán acreditar igualmente no hallarse inhabilitados/as o en situación equivalente ni haber sido sometidos/as a sanción disciplinaria o equivalente que
impida, en su Estado, en los mismos términos, el acceso a la función pública.
d) En el supuesto categorías que impliquen contacto habitual con menores, certificación expedida por el Registro Central de Delincuentes Sexuales del Ministerio de
Justicia, en el que constará que no existe información penal del/de la interesado/a.
10.2. Conforme a lo dispuesto en el artículo 23.2 del Real Decreto 364/1995, de 10 de
marzo, quienes dentro del plazo indicado en el apartado 10.1, y salvo los casos de fuerza mayor, no presentasen la documentación exigida en estas bases o del examen de la misma se dedujese que carecen de alguno de los requisitos exigidos por las mismas no podrán ser diligenciados los contratos del personal laboral fijo, quedando anuladas todas sus actuaciones, sin
perjuicio de la responsabilidad en la que pudieran haber incurrido por falsedad en sus solicitudes de participación.
Undécima. Formalización de los contratos del personal laboral fijo
11.1. Concluido el proceso selectivo quienes lo hubieran superado y aporten la documentación acreditativa del cumplimiento de los requisitos exigidos en estas bases, se procederá, según corresponda, a su nombramiento como personal laboral fijo por el titular del
órgano competente.
11.2. La formalización del contrato de trabajo del personal laboral fijo, por los/las
aspirantes que hubiesen superado el proceso selectivo se efectuará en el plazo de un mes,
contado a partir del día siguiente a la fecha de publicación de su nombramiento de la condición de personal laboral fijo. Transcurrido el plazo de un mes, los/las aspirantes que no
hayan suscrito el contrato de trabajo, perderán todos los derechos adquiridos durante el proceso selectivo quedando anuladas todas sus actuaciones.
Decimosegunda. Constitución de bolsa de trabajo
Se constituirá una bolsa de trabajo con las personas que superen el proceso de selección y no resulten contratadas, a fin de que pueda ser utilizada en futuros llamamientos que
pudieran resultar necesarios para cubrir vacantes temporalmente debidas a bajas por enfermedad, maternidad, etc. La bolsa será ordenada según la puntuación obtenida.
La puntuación mínima para poder formar parte de la correspondiente bolsa de empleo
es de 40 puntos.
El orden de llamamiento de los aspirantes inscritos en la bolsa en este Ayuntamiento
será por llamamiento según orden de aspirante disponible de la lista.

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