D) Anuncios - CONSEJERÍA DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTE (BOCM-20221028-63)
Estatutos federación deportiva – Orden 1867/2022, de 17 de octubre, de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, por la que se dispone la aprobación de la modificación de los Estatutos de la Federación Madrileña de Gimnasia, su inscripción en el Registro de Entidades Deportivas de la Comunidad de Madrid y su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
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BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
B.O.C.M. Núm. 257
VIERNES 28 DE OCTUBRE DE 2022
Pág. 405
Tercero
Según lo dispuesto en el artículo 6 del Decreto 99/1997, de 31 de julio, que regula la
estructura y funcionamiento del Registro de Entidades Deportivas de la Comunidad de
Madrid, serán objeto de inscripción las modificaciones estatutarias.
Cuarto
Según lo dispuesto en el artículo 34.5 de la Ley 15/1994, de 28 de diciembre, y en el
artículo 10 del Decreto 159/1996, de 14 de noviembre, los Estatutos de las Federaciones
Deportivas de la Comunidad de Madrid, así como sus modificaciones, se publicarán en el
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Quinto
La modificación de los Estatutos presentada es acorde con la Ley 15/1994, de 28 de
diciembre, del Deporte de la Comunidad de Madrid, el Decreto 159/1996, de 14 de noviembre, por el que se regulan las Federaciones Deportivas de la Comunidad de Madrid, y el resto de la legislación deportiva aplicable.
Sexto
La adopción de la presente Orden le corresponde a la Consejería de Cultura, Turismo
y Deporte, en base a lo dispuesto en el Decreto 229/2021, de 13 de octubre, del Consejo de
Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, y, por delegación, le corresponde a la Dirección General de Deportes, en
base a lo dispuesto en la Orden 1389/2021, de 16 de noviembre, de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, por la que se delega el ejercicio de determinadas competencias, la
firma de convenios y se desconcentra el protectorado de fundaciones.
En consecuencia,
DISPONGO
Primero
Aprobar la modificación de los artículos 29, 30 y 31 de los Estatutos de la Federación
Madrileña de Gimnasia conforme quedan redactados en el anexo de la presente Orden y disponer su inscripción en el Registro de Entidades Deportivas de la Comunidad de Madrid.
Segundo
Ordenar la publicación de la modificación de los Estatutos de la Federación Madrileña de Gimnasia en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Madrid, a 17 de octubre de 2022.—La Consejera de Cultura, Turismo y Deporte,
P. D. (Orden 1389/2021, de 16 de noviembre), el Director General de Deportes, Fernando Benzo Sáinz.
ANEXO
MODIFICACIÓN DE LOS ESTATUTOS
DE LA FEDERACIÓN MADRILEÑA DE GIMNASIA
Artículo 29
En el seno de la Federación Madrileña de Gimnasia se constituirá un Comité Técnico
de Jueces, cuyo Presidente/a será designado/a por el Presidente/a de la Federación Madrileña de Gimnasia.
El Presidente/a de la Federación Madrileña de Gimnasia, a propuesta del Presidente/a
del Comité Técnico de Jueces, podrá nombrar un vocal o vocales para cada una de las especialidades deportivas, delegando en él/ella las funciones a desempeñar en la referida especialidad.
BOCM-20221028-63
Comité Técnico de Jueces
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
B.O.C.M. Núm. 257
VIERNES 28 DE OCTUBRE DE 2022
Pág. 405
Tercero
Según lo dispuesto en el artículo 6 del Decreto 99/1997, de 31 de julio, que regula la
estructura y funcionamiento del Registro de Entidades Deportivas de la Comunidad de
Madrid, serán objeto de inscripción las modificaciones estatutarias.
Cuarto
Según lo dispuesto en el artículo 34.5 de la Ley 15/1994, de 28 de diciembre, y en el
artículo 10 del Decreto 159/1996, de 14 de noviembre, los Estatutos de las Federaciones
Deportivas de la Comunidad de Madrid, así como sus modificaciones, se publicarán en el
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Quinto
La modificación de los Estatutos presentada es acorde con la Ley 15/1994, de 28 de
diciembre, del Deporte de la Comunidad de Madrid, el Decreto 159/1996, de 14 de noviembre, por el que se regulan las Federaciones Deportivas de la Comunidad de Madrid, y el resto de la legislación deportiva aplicable.
Sexto
La adopción de la presente Orden le corresponde a la Consejería de Cultura, Turismo
y Deporte, en base a lo dispuesto en el Decreto 229/2021, de 13 de octubre, del Consejo de
Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, y, por delegación, le corresponde a la Dirección General de Deportes, en
base a lo dispuesto en la Orden 1389/2021, de 16 de noviembre, de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, por la que se delega el ejercicio de determinadas competencias, la
firma de convenios y se desconcentra el protectorado de fundaciones.
En consecuencia,
DISPONGO
Primero
Aprobar la modificación de los artículos 29, 30 y 31 de los Estatutos de la Federación
Madrileña de Gimnasia conforme quedan redactados en el anexo de la presente Orden y disponer su inscripción en el Registro de Entidades Deportivas de la Comunidad de Madrid.
Segundo
Ordenar la publicación de la modificación de los Estatutos de la Federación Madrileña de Gimnasia en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Madrid, a 17 de octubre de 2022.—La Consejera de Cultura, Turismo y Deporte,
P. D. (Orden 1389/2021, de 16 de noviembre), el Director General de Deportes, Fernando Benzo Sáinz.
ANEXO
MODIFICACIÓN DE LOS ESTATUTOS
DE LA FEDERACIÓN MADRILEÑA DE GIMNASIA
Artículo 29
En el seno de la Federación Madrileña de Gimnasia se constituirá un Comité Técnico
de Jueces, cuyo Presidente/a será designado/a por el Presidente/a de la Federación Madrileña de Gimnasia.
El Presidente/a de la Federación Madrileña de Gimnasia, a propuesta del Presidente/a
del Comité Técnico de Jueces, podrá nombrar un vocal o vocales para cada una de las especialidades deportivas, delegando en él/ella las funciones a desempeñar en la referida especialidad.
BOCM-20221028-63
Comité Técnico de Jueces