D) Anuncios - CONSEJERÍA DE FAMILIA, JUVENTUD Y POLÍTICA SOCIAL (BOCM-20221025-41)
Convenio – Anuncio de 3 de octubre de 2022, de anexo al convenio marco entre la Comunidad de Madrid, Consejería de Familia, Juventud y Política Social, y la Universidad Rey Juan Carlos, para la realización de prácticas académicas de alumnos del Grado en Terapia Ocupacional, en centros y/o servicios de la Consejería de Familia, Juventud y Política Social, correspondiente al curso 2022/2023
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 25 DE OCTUBRE DE 2022
B.O.C.M. Núm. 254
10. Adquirir conocimientos básicos de gestión y mejora de la calidad de los servicios de Terapia Ocupacional.
11. Desarrollar la práctica profesional con respeto a otros profesionales, adquiriendo habilidades de trabajo en equipo.
12. Escuchar de manera activa, obtener y sintetizar información pertinente acerca
de los problemas y las demandas ocupacionales de los individuos y poblaciones y comprender el contenido de esta información.
13. Establecer una comunicación interpersonal asertiva con todos los interlocutores que sean relevantes durante el proceso de Terapia Ocupacional.
14. Elaborar y redactar historias y demás registros de Terapia Ocupacional, de
forma comprensible, tanto a público especializado como no especializado.
Transmitir información oral y escrita, tanto a público especializado como no
especializado.
— La metodología de enseñanza-aprendizaje será la siguiente: asistirá, y participará
activamente en la vida integral del servicio y centro de prácticas, con su nivel de
competencias específico bajo la supervisión del profesor/tutor, a través de: sesiones clínicas, programación, recepción de enfermos, protocolos, establecimiento
de programas individuales, aplicación específica de métodos manuales y técnicos,
sesiones de revisión de casos, elaboración de documentación clínica, reflexión de
conclusiones de todas las fases del proceso clínico-asistencial, del trabajo en Terapia Ocupacional. Incluyendo situaciones de asunción de la derivación de los pacientes a otros profesionales e incluyendo modelos de simulación completos de
actividad clínica, de carácter objetivo y evaluable.
— Las partes firmantes del presente acuerdo convienen en que en la elaboración del
programa, que incluye distintas técnicas didácticas, se aplicarán aquellas que favorezcan una formación productiva, activa, participativa y de trabajo y reflexión,
desde la acción en equipo, hasta la adquisición de responsabilidad individual, utilizando métodos interrogativos, de descubrimiento, debate, y expositivos. Esta
ejecutoria parte desde una base de conocimientos teóricos sólida, y permite una
acción clínica en situaciones programadas de tipo estándar, para adquirir progresivamente competencia finalmente en situaciones donde se requiera un reconocimiento rápido de la dificultad y, donde la práctica problemática requiere mayor
experiencia. Es un proceso de enseñanza-aprendizaje individual, con el fin de adquirir una competencia clínica profesional generalista.
— Igualmente, ambas partes convergen en que el objetivo de las prácticas reguladas a
través del presente anexo, desde la perspectiva de una adquisición previa de conocimientos teóricos multidisciplinares, es el dominio de fundamentos teóricos, principios metodológicos de Terapia Ocupacional, para que el alumno sea capaz de:
1. Aplicar a la práctica clínica los marcos de referencia teóricos.
2. Desarrollar sus capacidades de trabajo con autonomía y responsabilidad dentro del marco profesional y su nivel de competencias legales.
3. Integrarse en un equipo de trabajo de la salud.
4. Proporcionar de forma eficaz técnicas, evaluaciones y valoraciones de Terapia Ocupacional, de acuerdo a la dignidad de la persona.
5. Promover su mejora personal y profesional en las áreas personales del humanismo.
6. Reconocerse y asumir la deontología genérica de las profesiones sanitarias y
específica profesional del terapeuta ocupacional.
Al mismo tiempo, las partes firmantes del presente anexo acuerdan las siguientes pautas sobre la evaluación de alumnos:
1. Se empleará como herramienta fundamental en el proceso de aprendizaje del
alumno la hoja de evaluación. En ésta se indicará y puntuará el nivel de adecuación a las
competencias descritas según lo observado y analizado durante el desarrollo de las prácticas clínicas.
2. El formato de puntuación es de una escala de 1-10 para cada una de las competencias descritas.
En todo caso, ambas partes reconocen que para superar las prácticas se requiere, de
manera ineludible, la adquisición de unas competencias mínimas. Esto implica que el alumno deberá obtener una calificación mínima de 5 en cada una de estas competencias:
— Capacidad de aplicar los conocimientos a la práctica.
— Compromiso ético.
BOCM-20221025-41
BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 25 DE OCTUBRE DE 2022
B.O.C.M. Núm. 254
10. Adquirir conocimientos básicos de gestión y mejora de la calidad de los servicios de Terapia Ocupacional.
11. Desarrollar la práctica profesional con respeto a otros profesionales, adquiriendo habilidades de trabajo en equipo.
12. Escuchar de manera activa, obtener y sintetizar información pertinente acerca
de los problemas y las demandas ocupacionales de los individuos y poblaciones y comprender el contenido de esta información.
13. Establecer una comunicación interpersonal asertiva con todos los interlocutores que sean relevantes durante el proceso de Terapia Ocupacional.
14. Elaborar y redactar historias y demás registros de Terapia Ocupacional, de
forma comprensible, tanto a público especializado como no especializado.
Transmitir información oral y escrita, tanto a público especializado como no
especializado.
— La metodología de enseñanza-aprendizaje será la siguiente: asistirá, y participará
activamente en la vida integral del servicio y centro de prácticas, con su nivel de
competencias específico bajo la supervisión del profesor/tutor, a través de: sesiones clínicas, programación, recepción de enfermos, protocolos, establecimiento
de programas individuales, aplicación específica de métodos manuales y técnicos,
sesiones de revisión de casos, elaboración de documentación clínica, reflexión de
conclusiones de todas las fases del proceso clínico-asistencial, del trabajo en Terapia Ocupacional. Incluyendo situaciones de asunción de la derivación de los pacientes a otros profesionales e incluyendo modelos de simulación completos de
actividad clínica, de carácter objetivo y evaluable.
— Las partes firmantes del presente acuerdo convienen en que en la elaboración del
programa, que incluye distintas técnicas didácticas, se aplicarán aquellas que favorezcan una formación productiva, activa, participativa y de trabajo y reflexión,
desde la acción en equipo, hasta la adquisición de responsabilidad individual, utilizando métodos interrogativos, de descubrimiento, debate, y expositivos. Esta
ejecutoria parte desde una base de conocimientos teóricos sólida, y permite una
acción clínica en situaciones programadas de tipo estándar, para adquirir progresivamente competencia finalmente en situaciones donde se requiera un reconocimiento rápido de la dificultad y, donde la práctica problemática requiere mayor
experiencia. Es un proceso de enseñanza-aprendizaje individual, con el fin de adquirir una competencia clínica profesional generalista.
— Igualmente, ambas partes convergen en que el objetivo de las prácticas reguladas a
través del presente anexo, desde la perspectiva de una adquisición previa de conocimientos teóricos multidisciplinares, es el dominio de fundamentos teóricos, principios metodológicos de Terapia Ocupacional, para que el alumno sea capaz de:
1. Aplicar a la práctica clínica los marcos de referencia teóricos.
2. Desarrollar sus capacidades de trabajo con autonomía y responsabilidad dentro del marco profesional y su nivel de competencias legales.
3. Integrarse en un equipo de trabajo de la salud.
4. Proporcionar de forma eficaz técnicas, evaluaciones y valoraciones de Terapia Ocupacional, de acuerdo a la dignidad de la persona.
5. Promover su mejora personal y profesional en las áreas personales del humanismo.
6. Reconocerse y asumir la deontología genérica de las profesiones sanitarias y
específica profesional del terapeuta ocupacional.
Al mismo tiempo, las partes firmantes del presente anexo acuerdan las siguientes pautas sobre la evaluación de alumnos:
1. Se empleará como herramienta fundamental en el proceso de aprendizaje del
alumno la hoja de evaluación. En ésta se indicará y puntuará el nivel de adecuación a las
competencias descritas según lo observado y analizado durante el desarrollo de las prácticas clínicas.
2. El formato de puntuación es de una escala de 1-10 para cada una de las competencias descritas.
En todo caso, ambas partes reconocen que para superar las prácticas se requiere, de
manera ineludible, la adquisición de unas competencias mínimas. Esto implica que el alumno deberá obtener una calificación mínima de 5 en cada una de estas competencias:
— Capacidad de aplicar los conocimientos a la práctica.
— Compromiso ético.
BOCM-20221025-41
BOCM