D) Anuncios - VICEPRESIDENCIA, CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y UNIVERSIDADES (BOCM-20221021-16)
Convenio – Convenio de 3 de octubre de 2022, entre la Comunidad de Madrid (Vicepresidencia, Consejería de Educación y Universidades) y la Universidad Complutense de Madrid para la concesión directa de una subvención para la financiación de la internacionalización del Sistema Madrileño de Universidades, Ciencia e Innovación, por importe de 225.000 euros, correspondiente a los ejercicios económicos de 2022, 2023 y 2024
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 251
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 21 DE OCTUBRE DE 2022
Pág. 107
Decimoquinta
Modificación de la subvención
La modificación del presente convenio se llevará a cabo, en su caso, a instancia de la
Comunidad de Madrid (Vicepresidencia, Consejería de Educación y Universidades) dentro
del marco establecido por la vigente normativa en materia de subvenciones, y se formalizará mediante adenda al convenio por el órgano concedente de la subvención.
Decimosexta
Vigencia
El presente convenio tendrá vigencia desde el día de su firma hasta el 30 de junio de 2025,
incluyendo el período de justificación, sin perjuicio de las obligaciones de justificación dispuesta en su cláusula octava y sin perjuicio de que las actuaciones financiadas se hayan podido iniciar desde el 1 de enero de 2022.
La Comunidad de Madrid deberá realizar la verificación económico-administrativa
con anterioridad al 31 de diciembre de 2025, con la emisión de un acta o certificado de comprobación.
Decimoséptima
Obligaciones del beneficiario
De conformidad con lo previsto en el artículo 75.4 de la Ley 9/1990, de 8 de noviembre, reguladora de la Hacienda de la Comunidad de Madrid, la Universidad Complutense de
Madrid debe cumplir las obligaciones previstas en el artículo 8 de la Ley 2/1995, de 8 de
marzo, de subvenciones de la Comunidad de Madrid y en el artículo 14 de la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre, General de Subvenciones, en todos aquellos aspectos que no deriven
del carácter finalista de las subvenciones.
Decimoctava
Jurisdicción competente
BOCM-20221021-16
La Jurisdicción Contencioso-Administrativa del municipio de Madrid es la competente para la resolución de cualquier litigio derivado de la interpretación, aplicación o efectos
del convenio.
Este convenio se firma en Madrid, de forma electrónica, considerándose como fecha
del convenio la que aparece en la firma del Vicepresidente, Consejero de Educación y Universidades.
Madrid, a 3 de octubre de 2022.—El Rector de la Universidad Complutense de
Madrid, Joaquín Goyache Goñi.—El Vicepresidente, Consejero de Educación y Universidades, Enrique Ossorio Crespo.
B.O.C.M. Núm. 251
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 21 DE OCTUBRE DE 2022
Pág. 107
Decimoquinta
Modificación de la subvención
La modificación del presente convenio se llevará a cabo, en su caso, a instancia de la
Comunidad de Madrid (Vicepresidencia, Consejería de Educación y Universidades) dentro
del marco establecido por la vigente normativa en materia de subvenciones, y se formalizará mediante adenda al convenio por el órgano concedente de la subvención.
Decimosexta
Vigencia
El presente convenio tendrá vigencia desde el día de su firma hasta el 30 de junio de 2025,
incluyendo el período de justificación, sin perjuicio de las obligaciones de justificación dispuesta en su cláusula octava y sin perjuicio de que las actuaciones financiadas se hayan podido iniciar desde el 1 de enero de 2022.
La Comunidad de Madrid deberá realizar la verificación económico-administrativa
con anterioridad al 31 de diciembre de 2025, con la emisión de un acta o certificado de comprobación.
Decimoséptima
Obligaciones del beneficiario
De conformidad con lo previsto en el artículo 75.4 de la Ley 9/1990, de 8 de noviembre, reguladora de la Hacienda de la Comunidad de Madrid, la Universidad Complutense de
Madrid debe cumplir las obligaciones previstas en el artículo 8 de la Ley 2/1995, de 8 de
marzo, de subvenciones de la Comunidad de Madrid y en el artículo 14 de la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre, General de Subvenciones, en todos aquellos aspectos que no deriven
del carácter finalista de las subvenciones.
Decimoctava
Jurisdicción competente
BOCM-20221021-16
La Jurisdicción Contencioso-Administrativa del municipio de Madrid es la competente para la resolución de cualquier litigio derivado de la interpretación, aplicación o efectos
del convenio.
Este convenio se firma en Madrid, de forma electrónica, considerándose como fecha
del convenio la que aparece en la firma del Vicepresidente, Consejero de Educación y Universidades.
Madrid, a 3 de octubre de 2022.—El Rector de la Universidad Complutense de
Madrid, Joaquín Goyache Goñi.—El Vicepresidente, Consejero de Educación y Universidades, Enrique Ossorio Crespo.