C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20221019-29)
Bases subvenciones –  Orden de 4 de octubre de 2022, de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones públicas, destinadas a la financiación de proyectos integrados de inserción en el marco de la inversión 4 del componente 23 “Nuevos Proyectos Territoriales para el reequilibrio y la equidad-Colectivos Vulnerables”, del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, financiado por la Unión Europea-Next Generation EU y se convocan subvenciones para el año 2022
100 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

Pág. 110

MIÉRCOLES 19 DE OCTUBRE DE 2022

Primero.

B.O.C.M. Núm. 249

Objeto y bases reguladoras

1. El presente capítulo tiene por objeto convocar para el año 2022 subvenciones para
la realización de “Nuevos proyectos territoriales para el reequilibrio y la equidad-Colectivos vulnerables”, cuyo objeto consiste en promover el desarrollo de proyectos integrados
de inserción laboral, a través de itinerarios individualizados y personalizados, que deberán
dirigirse a los colectivos vulnerables del apartado tercero, en el ámbito territorial de la Comunidad de Madrid.
2. Las bases reguladoras de las subvenciones previstas en esta convocatoria se encuentran en el capítulo I de esta Orden.
Segundo. Financiación
1. La financiación de estas ayudas se realiza con cargo a los correspondientes fondos
dotados en el Presupuesto de gastos del Servicio Público de Empleo Estatal, en el marco de
los recursos financieros derivados del Instrumento Europeo de Recuperación (Next Generation UE), a través del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia establecido por el Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de febrero de 2021, distribuidos a las Comunidades Autónomas en función de los criterios objetivos acordados por
la Conferencia Sectorial de Empleo y Asuntos Laborales.
2. Para el cumplimiento de la finalidad establecida en esta convocatoria, se destinará el crédito presupuestario establecido en la Ley de Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid para el año 2022, en el Programa 241M-Promoción y Fomento de Empleo,
Subconcepto 48200 “Actuaciones cofinanciadas FSE y otros”, cuya cuantía es: 14.766.876
euros.
Tercero. Colectivos vulnerables
Se define como colectivo vulnerable para su participación en la convocatoria de subvenciones para el año 2022 a los demandantes de empleo desempleados de larga duración
en los términos del artículo 5 del capítulo I.
Cuarto. Beneficiarios
Podrán ser beneficiarias de la subvención establecida en este capítulo, las entidades sin
ánimo de lucro, ya sean asociaciones, fundaciones o federaciones.
Requisitos de los beneficiarios

Para ser beneficiarias de estas ayudas las entidades deberán cumplir los siguientes requisitos:
a) No estar incursas en alguna de las prohibiciones establecidas en el artículo 13 de la
Ley 38/2003, de 17 de noviembre, para obtener la condición de beneficiario de
subvenciones públicas.
b) No tener la consideración de sector público, de acuerdo con el artículo 2 de la
Ley 40/2015, de 1 de octubre.
c) Cumplir con las obligaciones establecidas en el artículo 14 de la citada
Ley 38/2003, de 17 de noviembre, para los beneficiarios de subvenciones.
d) Disponer de centro de trabajo o instalaciones en la Comunidad de Madrid
e) Acreditar una experiencia de al menos 3 años en la realización de programas de itinerarios individualizados y personalizados de inserción laboral con colectivos
vulnerables en los últimos 5 años anteriores a la publicación de la convocatoria.
f) Acreditar que en su objeto social o fines estatuarios figura la integración laboral de
colectivos vulnerables.
g) Subscribir los seguros de responsabilidad civil y accidentes previstos en el artículo 4
del capítulo I.
h) Disponer, para la realización de los itinerarios de los medios materiales y humanos
que acrediten suficiente capacidad técnica y de gestión.
Sexto.

Medios materiales y humanos

Se considerará, a efectos de esta convocatoria, que la entidad acredita suficiente capacidad técnica y de gestión, mediante la puesta a disposición para la realización del itinerario de, al menos, los siguientes medios materiales y humanos:

BOCM-20221019-29

Quinto.