Brunete (BOCM-20221017-81)
Régimen económico. Ordenanza gestión, recaudación e inspección
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 17 DE OCTUBRE DE 2022

B.O.C.M. Núm. 247

III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
81

BRUNETE
RÉGIMEN ECONÓMICO

Transcurrido el plazo de exposición pública del acuerdo provisional de la modificación de la ordenanza fiscal general de gestión, recaudación e inspección, sin que se hayan
presentado reclamaciones, se entiende definitivamente aprobada de conformidad con el artículo 17 del Real Decreto 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido
de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, haciéndose público el texto íntegro de la
ordenanza que incluye la modificación aprobada, para su general conocimiento y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de
las Bases del Régimen Local.
Contra la modificación de la ordenanza anexa, los interesados podrán interponer el correspondiente recurso contencioso-administrativo en la forma y plazos que establece la Ley
reguladora de dicha jurisdicción.
ORDENANZA GENERAL DE GESTIÓN, RECAUDACIÓN E INSPECCIÓN
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
Esta ordenanza pretende no solo completar la regulación en materia recaudatoria del
Ayuntamiento, sino también proporcionar al contribuyente una seguridad en el procedimiento recaudatorio del que, en algunas ocasiones, carece.
Las materias reguladas en la ordenanza intentan cumplir algunas de estas funciones:
a) Determinar aspectos que necesitan de concreción por parte del Ayuntamiento.
b) Informar a los ciudadanos del procedimiento de Recaudación Municipal.
c) Simplificar y completar otros instrumentos normativos de la entidad, tales como
Ordenanzas Fiscales, en tanto la Ordenanza general puede contener aspectos comunes a los mismos, evitando así su reiteración.
En la redacción de esta ordenanza se han tenido en cuenta todas aquellas disposiciones y textos legales concordantes con la materia objeto de regulación.
TÍTULO I
Normas tributarias de carácter general
Capítulo I

Artículo 1. La presente Ordenanza, se dicta al amparo de lo previsto en el artículo
106.2 de la Ley 7/85, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, y el Real
Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, que aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, sin perjuicio de la aplicación de la Ley General Tributaria y demás disposiciones concordantes. La presente Ordenanza contiene las normas generales de gestión, recaudación e inspección de los ingresos de derecho público Municipal.
Art. 2. Esta Ordenanza, así como las Ordenanzas Fiscales de cada tributo, obligarán
en el término municipal de Brunete (Madrid), desde su entrada en vigor hasta su derogación o modificación.
Art. 3. 1. Las normas tributarias se interpretarán con arreglo a los criterios admitidos
en derecho, y en todo caso conforme a su sentido jurídico, técnico o usual, según proceda.
2. Por acuerdo de la Junta de Gobierno Local se podrán dictar disposiciones interpretativas y aclaratorias.
3. No se admitirá la analogía para extender más allá de sus términos estrictos el ámbito del hecho imponible o el de las exenciones o bonificaciones.

BOCM-20221017-81

Principios generales