Rascafría (BOCM-20221017-94)
Régimen económico. Ordenanza fiscal ocupación vía pública
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BOCM
Pág. 432

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 17 DE OCTUBRE DE 2022

B.O.C.M. Núm. 247

2. Los titulares de los aprovechamientos, al caducar la licencia concedida para los
mismos, deberán proceder a retirar de la vía pública las instalaciones y si no lo hicieran el
Ayuntamiento se hará cargo de las mismas, si fueran utilizables, o adoptará las medidas necesarias para su utilización.
3. Los titulares de los aprovechamientos, deberán mantener limpio el emplazamiento asignado y retirar de la vía pública cualquier residuo generado en el desempeño de la
actividad.
Infracciones y sanciones tributarias
Art. 10. En todo lo relativo a la calificación de infracciones tributarias y sanciones,
además de lo previsto en esta ordenanza, se estará a lo dispuesto en los artículos 77 y siguientes de la Ley General Tributaria y demás normativa aplicable.
DISPOSICIÓN FINAL

BOCM-20221017-94

Una vez se efectúe la publicación del texto íntegro de la presente ordenanza en el
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID entrará en vigor, con efecto del día siguiente de su publicación, continuando su vigencia hasta que se acuerde su modificación
o derogación.
Rascafría, a 5 de agosto de 2022.—El alcalde-presidente, Santiago Marcos García.
(03/19.350/22)

http://www.bocm.es

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791