B) Autoridades y Personal - CONSEJERÍA DE ADMINISTRACIÓN LOCAL Y DIGITALIZACIÓN - AGENCIA PARA LA ADMINISTRACIÓN DIGITAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID (BOCM-20221017-28)
Adscripción personal – Resolución 538/2022, de 13 de octubre, de la Consejera-Delegada de la Agencia para la Administración Digital de la Comunidad de Madrid, por la que se convoca proceso para la adscripción a la Agencia de diverso personal, con carácter urgente, por procedimiento restringido, conforme a la Orden de 16 de junio de 2014 del Consejero de Economía y Hacienda (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 2 de julio de 2014)
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 247
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 17 DE OCTUBRE DE 2022
Pág. 145
cesivo las necesarias convocatorias de personal; de las cuales, se concreta para la actual
convocatoria, el número, funciones profesionales y modalidades que se especifica en la
presente Resolución, de conformidad con lo dispuesto en la citada Orden de 16 de junio
de 2014, del Consejero de Economía y Hacienda (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD
DE MADRID número 155, de 2 de julio de 2014, página 8), y en el artículo 10 apartado catorce.6 de la Ley 7/2005, de 23 de diciembre (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE
MADRID número 311, de 30 de diciembre).
La Ley 8/2011, de 28 de abril, por la que se establecen medidas para la protección de
las infraestructuras críticas, define como servicios esenciales en su artículo 2 apartado a),
como “el servicio necesario para el mantenimiento de las funciones sociales básicas, la salud, la seguridad, el bienestar social y económico de los ciudadanos, o el eficaz funcionamiento de las Instituciones del Estado y las Administraciones Públicas”; y en su apartado d)
define las Infraestructuras estratégicas como “las instalaciones, redes, sistemas y equipos
físicos y de tecnología de la información sobre las que descansa el funcionamiento de los
servicios esenciales”. No cabe excluir de esta acepción aquellas funciones de gobernanza o
de asesoría técnica o legal, puesto que las obligaciones que el ordenamiento jurídico establece para la Agencia, como entidad de derecho público, que resultaren o fueran necesarias
para su funcionamiento ordinario, siguen siendo inexcusables. La puesta en marcha de instrumentos de racionalización de la contratación que permitan responder de forma más ágil
y eficiente a las necesidades de contratación de suministros y servicios, junto con el aumento de las necesidades del servicio de manera sostenida y de transformación digital de los
servicios prestados a la Comunidad de Madrid, ha generado un incremento importante en
el número de expedientes de contratación tramitados por la Dirección de Contratación y
Compras, lo que se traduce en una carga de trabajo muy superior. Esta situación requiere
de un adecuado dimensionamiento de la Dirección de Contratación y Compras necesario
para poder absorber el incremento de carga de trabajo. Por todo lo anterior y teniendo en
cuenta que la situación descrita está teniendo una incidencia directa en los tiempos de tramitación y, por tanto, en la actividad de la Agencia, con el objeto de afrontar el incremento de
carga de trabajo producido y adaptar la plantilla a las necesidades derivadas de aquella, se
realiza esta convocatoria con carácter de urgencia.
Por todo lo anterior, y previo informe favorable de la Secretaría General Técnica de la
Consejería de Presidencia, y de la Dirección General de Recursos Humanos de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, de 15 de septiembre de 2022.
RESUELVO
Único
Aprobar y convocar el proceso para la adscripción de determinado personal a la Agencia, que habrá de regirse por las siguientes:
BASES
Primera
El proceso convocado tiene como objeto la adscripción definitiva a la Agencia mediante un procedimiento restringido de específica regulación, que se formalizará mediante
una relación laboral ordinaria indefinida, de personal que ya ostenta una relación de empleo
de carácter fijo e indefinido en el sector público de la Comunidad de Madrid, obtenida a través de los oportunos procedimientos selectivos conforme a la legislación vigente, bien
como personal funcionario, laboral o estatutario, previa solicitud del mismo al amparo de
la presente convocatoria; no otorgando, por tanto, el presente proceso, por sí mismo, el primer acceso a la función pública.
El proceso restringido que se convoca de adscripción a la Agencia se regirá por lo establecido en las presentes bases y en la Orden de 16 de junio de 2014 del Consejero de Economía y Hacienda (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 155, de 2 de
julio de 2014, página 8 y ss.) y conforme a los principios rectores del artículo 55 del Real
Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la
Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, particularmente en su título IV.
BOCM-20221017-28
Normativa del proceso, carácter de la adscripción que se pretende,
procedimiento y sistema de selección
B.O.C.M. Núm. 247
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 17 DE OCTUBRE DE 2022
Pág. 145
cesivo las necesarias convocatorias de personal; de las cuales, se concreta para la actual
convocatoria, el número, funciones profesionales y modalidades que se especifica en la
presente Resolución, de conformidad con lo dispuesto en la citada Orden de 16 de junio
de 2014, del Consejero de Economía y Hacienda (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD
DE MADRID número 155, de 2 de julio de 2014, página 8), y en el artículo 10 apartado catorce.6 de la Ley 7/2005, de 23 de diciembre (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE
MADRID número 311, de 30 de diciembre).
La Ley 8/2011, de 28 de abril, por la que se establecen medidas para la protección de
las infraestructuras críticas, define como servicios esenciales en su artículo 2 apartado a),
como “el servicio necesario para el mantenimiento de las funciones sociales básicas, la salud, la seguridad, el bienestar social y económico de los ciudadanos, o el eficaz funcionamiento de las Instituciones del Estado y las Administraciones Públicas”; y en su apartado d)
define las Infraestructuras estratégicas como “las instalaciones, redes, sistemas y equipos
físicos y de tecnología de la información sobre las que descansa el funcionamiento de los
servicios esenciales”. No cabe excluir de esta acepción aquellas funciones de gobernanza o
de asesoría técnica o legal, puesto que las obligaciones que el ordenamiento jurídico establece para la Agencia, como entidad de derecho público, que resultaren o fueran necesarias
para su funcionamiento ordinario, siguen siendo inexcusables. La puesta en marcha de instrumentos de racionalización de la contratación que permitan responder de forma más ágil
y eficiente a las necesidades de contratación de suministros y servicios, junto con el aumento de las necesidades del servicio de manera sostenida y de transformación digital de los
servicios prestados a la Comunidad de Madrid, ha generado un incremento importante en
el número de expedientes de contratación tramitados por la Dirección de Contratación y
Compras, lo que se traduce en una carga de trabajo muy superior. Esta situación requiere
de un adecuado dimensionamiento de la Dirección de Contratación y Compras necesario
para poder absorber el incremento de carga de trabajo. Por todo lo anterior y teniendo en
cuenta que la situación descrita está teniendo una incidencia directa en los tiempos de tramitación y, por tanto, en la actividad de la Agencia, con el objeto de afrontar el incremento de
carga de trabajo producido y adaptar la plantilla a las necesidades derivadas de aquella, se
realiza esta convocatoria con carácter de urgencia.
Por todo lo anterior, y previo informe favorable de la Secretaría General Técnica de la
Consejería de Presidencia, y de la Dirección General de Recursos Humanos de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, de 15 de septiembre de 2022.
RESUELVO
Único
Aprobar y convocar el proceso para la adscripción de determinado personal a la Agencia, que habrá de regirse por las siguientes:
BASES
Primera
El proceso convocado tiene como objeto la adscripción definitiva a la Agencia mediante un procedimiento restringido de específica regulación, que se formalizará mediante
una relación laboral ordinaria indefinida, de personal que ya ostenta una relación de empleo
de carácter fijo e indefinido en el sector público de la Comunidad de Madrid, obtenida a través de los oportunos procedimientos selectivos conforme a la legislación vigente, bien
como personal funcionario, laboral o estatutario, previa solicitud del mismo al amparo de
la presente convocatoria; no otorgando, por tanto, el presente proceso, por sí mismo, el primer acceso a la función pública.
El proceso restringido que se convoca de adscripción a la Agencia se regirá por lo establecido en las presentes bases y en la Orden de 16 de junio de 2014 del Consejero de Economía y Hacienda (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 155, de 2 de
julio de 2014, página 8 y ss.) y conforme a los principios rectores del artículo 55 del Real
Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la
Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, particularmente en su título IV.
BOCM-20221017-28
Normativa del proceso, carácter de la adscripción que se pretende,
procedimiento y sistema de selección