Alcobendas (BOCM-20221011-59)
Ofertas de empleo. Convocatoria procesos selectivos
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Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 11 DE OCTUBRE DE 2022
5.o
B.O.C.M. Núm. 242
Publicidad de la convocatoria
Las bases de la convocatoria se publicarán en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD
MADRID así como en el “Boletín Oficial del Estado”.
Las sucesivas publicaciones del proceso se efectuarán dentro de la propia convocatoria en https://alcobendas.convoca.online/ en el tablón de anuncios y en la Intranet municipal del Ayuntamiento de Alcobendas.
DE
6.o
Plazo y forma de presentación de solicitudes
El plazo de presentación de Solicitudes será de quince días hábiles, contados desde el
día hábil siguiente al de la publicación del anuncio de la convocatoria en el “Boletín Oficial del Estado”.
La forma de presentación es la indicada en la base 4.a.
Méritos a valorar
Consistirá en la valoración de méritos relativos a la experiencia y formación.
Solo podrán valorarse méritos obtenidos antes de la fecha en que termine el plazo de
presentación de instancias.
Consideraciones generales:
1. De conformidad con lo establecido en el artículo 57 de la Ley Orgánica 3/2007
para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, el tiempo que las aspirantes hayan permanecido en los permisos y beneficios de protección a la maternidad y a la conciliación de la
vida personal, familiar y laboral, computará en la valoración del trabajo desarrollado.
2. La experiencia se acreditará mediante la correspondiente documentación.
De manera general, se valorará toda la experiencia acumulada, contabilizándose el
tiempo equivalente si la jornada es a tiempo parcial.
No se puntuarán independientemente méritos profesionales que coincidan en el tiempo, sino que a cada período de tiempo se le aplicará una sola puntuación.
3. La formación se acreditará mediante la presentación del correspondiente diploma
o título, en el que deberán estar reflejado el número de horas docentes realizadas y el contenido de esa formación.
No se valorará la formación no acreditada.
En el caso de diferentes versiones o denominaciones de la actividad formativa se tendrá en cuenta su contenido y solo si queda demostradamente acreditado que existen denominaciones similares pero contenidos diferentes (tales como los cursos de calidad) se puntuarán como acciones formativas distintas.
Las asignaturas o seminarios que formen parte de la obtención de un título académico
no podrán hacerse valer como cursos de formación.
Cursos de ofimática e informática: se valorarán los programas de uso general en el
Ayuntamiento de Alcobendas. Los de igual contenido solo se valorará uno eligiendo el más
moderno o en uso por parte del Ayuntamiento de Alcobendas.
No podrá ser valorado el mismo mérito en más de un apartado.
Experiencia (máximo, 6 puntos). Cada período sólo podrá ser valorado una vez:
a) Trabajo desarrollado en el desempeño de puestos relacionados con la gestión y
coordinación de equipos, en función del Grado Personal Consolidado, en el Ayuntamiento de Alcobendas (máximo, 2 puntos):
— Nivel CD 21: 0,15 puntos/cada 2 años.
— Nivel CD 22: 0,25 puntos/cada 2 años.
— Nivel CD 23: 0,35 puntos/cada 2 años.
— Nivel CD 24: 0,45 puntos/cada 2 años.
b) Trabajo desarrollado en procesos relacionados con la comunicación en materia de
gestión de subvenciones y ayudas, así como normativa aplicable y experiencia en
el manejo de herramientas y aplicaciones específicas, en función del grupo profesional en el Ayuntamiento de Alcobendas (máximo, 2 puntos):
— Grupo A, Subgrupo A1 0,50 puntos/año de servicio o fracción.
c) De manera general se valorará toda la experiencia acumulada en la Administración Pública, incluida la del Ayuntamiento de Alcobendas que no haya sido valorada en el apartado anterior, contabilizándose el tiempo equivalente si la jornada
es a tiempo parcial.
BOCM-20221011-59
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 11 DE OCTUBRE DE 2022
5.o
B.O.C.M. Núm. 242
Publicidad de la convocatoria
Las bases de la convocatoria se publicarán en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD
MADRID así como en el “Boletín Oficial del Estado”.
Las sucesivas publicaciones del proceso se efectuarán dentro de la propia convocatoria en https://alcobendas.convoca.online/ en el tablón de anuncios y en la Intranet municipal del Ayuntamiento de Alcobendas.
DE
6.o
Plazo y forma de presentación de solicitudes
El plazo de presentación de Solicitudes será de quince días hábiles, contados desde el
día hábil siguiente al de la publicación del anuncio de la convocatoria en el “Boletín Oficial del Estado”.
La forma de presentación es la indicada en la base 4.a.
Méritos a valorar
Consistirá en la valoración de méritos relativos a la experiencia y formación.
Solo podrán valorarse méritos obtenidos antes de la fecha en que termine el plazo de
presentación de instancias.
Consideraciones generales:
1. De conformidad con lo establecido en el artículo 57 de la Ley Orgánica 3/2007
para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, el tiempo que las aspirantes hayan permanecido en los permisos y beneficios de protección a la maternidad y a la conciliación de la
vida personal, familiar y laboral, computará en la valoración del trabajo desarrollado.
2. La experiencia se acreditará mediante la correspondiente documentación.
De manera general, se valorará toda la experiencia acumulada, contabilizándose el
tiempo equivalente si la jornada es a tiempo parcial.
No se puntuarán independientemente méritos profesionales que coincidan en el tiempo, sino que a cada período de tiempo se le aplicará una sola puntuación.
3. La formación se acreditará mediante la presentación del correspondiente diploma
o título, en el que deberán estar reflejado el número de horas docentes realizadas y el contenido de esa formación.
No se valorará la formación no acreditada.
En el caso de diferentes versiones o denominaciones de la actividad formativa se tendrá en cuenta su contenido y solo si queda demostradamente acreditado que existen denominaciones similares pero contenidos diferentes (tales como los cursos de calidad) se puntuarán como acciones formativas distintas.
Las asignaturas o seminarios que formen parte de la obtención de un título académico
no podrán hacerse valer como cursos de formación.
Cursos de ofimática e informática: se valorarán los programas de uso general en el
Ayuntamiento de Alcobendas. Los de igual contenido solo se valorará uno eligiendo el más
moderno o en uso por parte del Ayuntamiento de Alcobendas.
No podrá ser valorado el mismo mérito en más de un apartado.
Experiencia (máximo, 6 puntos). Cada período sólo podrá ser valorado una vez:
a) Trabajo desarrollado en el desempeño de puestos relacionados con la gestión y
coordinación de equipos, en función del Grado Personal Consolidado, en el Ayuntamiento de Alcobendas (máximo, 2 puntos):
— Nivel CD 21: 0,15 puntos/cada 2 años.
— Nivel CD 22: 0,25 puntos/cada 2 años.
— Nivel CD 23: 0,35 puntos/cada 2 años.
— Nivel CD 24: 0,45 puntos/cada 2 años.
b) Trabajo desarrollado en procesos relacionados con la comunicación en materia de
gestión de subvenciones y ayudas, así como normativa aplicable y experiencia en
el manejo de herramientas y aplicaciones específicas, en función del grupo profesional en el Ayuntamiento de Alcobendas (máximo, 2 puntos):
— Grupo A, Subgrupo A1 0,50 puntos/año de servicio o fracción.
c) De manera general se valorará toda la experiencia acumulada en la Administración Pública, incluida la del Ayuntamiento de Alcobendas que no haya sido valorada en el apartado anterior, contabilizándose el tiempo equivalente si la jornada
es a tiempo parcial.
BOCM-20221011-59
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