C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTE (BOCM-20221011-23)
Bases subvenciones –  Orden 1605/2022, de 4 de octubre, de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, por la que se establecen las bases reguladoras que han de regir la convocatoria pública para la concesión de subvenciones de concurrencia no competitiva destinadas a proyectos de mejora de la eficiencia energética y economía circular en los establecimientos de alojamiento turístico de la Comunidad de Madrid con cargo al “Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (financiado por la Unión Europea) Next Generation Eu” componente C14.I4, línea de actuación 2, y se efectúa su convocatoria para el año 2022
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 11 DE OCTUBRE DE 2022

B.O.C.M. Núm. 242

ción y a la promoción del crecimiento sostenible y la integración de las economías de la
Unión, fomentando la creación de empleo de calidad, y contribuir asimismo a la autonomía
estratégica de la Unión junto con una economía abierta y generando valor añadido europeo.
Por su parte, el Gobierno de España aprobó el 27 de abril de 2021 el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (Financiado por la Unión Europea) Next Generation EU,
que recoge 110 inversiones y 102 reformas, con un horizonte temporal hasta el año 2026,
sustentado en cuatro ejes de transformación: la transición ecológica, la transformación digital, la cohesión social y territorial y la igualdad de género.
A su vez, el Plan se divide en 10 políticas tractoras que recogen 30 componentes, según diversos ejes de actuación en los que intervienen distintos departamentos ministeriales
en función de sus respectivas competencias. El componente 14 “Plan de modernización y
competitividad del sector turístico”, por importe de 220 millones de euros, para financiar
proyectos de “eficiencia energética y economía circular en empresas turísticas”, prevé que,
“entre las medidas específicas para reducir el consumo de energía, cabe citar la instalación
de sensores para monitorizar y optimizar dicho consumo, el fomento del uso de sistemas de
gestión energética (como el sistema de certificación según la ISO 500001), la utilización
de materiales que favorezcan el aislamiento térmico, el uso de tecnologías más eficientes
en materia energética, y el recurso a elementos exteriores, como sombras o jardines (…)”.
Conforme a lo anterior, y dentro del objetivo general de reducir la presión del turismo sobre el territorio y el medio ambiente, la medida propuesta persigue incrementar la competitividad de nuestras empresas turísticas mediante la incorporación de elevados estándares
en materia de eficiencia energética y economía circular, para reducir así su huella de carbono y los costes energéticos.
Esta orden y sus convocatorias de ayudas contribuyen al cumplimiento de los hitos y objetivos asignados a la tipología de inversión contemplada en el Componente 14 del Plan de Recuperación, cuya evaluación fue aprobada según la Decisión de Ejecución del Consejo de 13 de
julio de 2021, en la parte proporcional a los fondos que se le han asignado que, para el período 2021-2023, ascienden a 220 millones a cargo del Plan de Recuperación. En concreto, la
Ley 22/2021, de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2022,
contempla un importe de 170 millones en la aplicación presupuestaria 50.43ND.759.
El Plan de Recuperación prevé la obligación de que todos los proyectos financiados con
recursos del Mecanismo de Recuperación respeten el principio de no causar un perjuicio significativo al medio ambiente (“Do not Significant Harm”, DNSH) tal y como se recoge en
el Reglamento (UE) 2021/241, de 12 de febrero, por el que se establece el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia; Comunicación de la Comisión 2021/C 58/01, de 12 de febrero
(Guía técnica sobre la aplicación del principio de “no causar un perjuicio significativo”).
Conforme a la definición del principio DNSH, contenida en el artículo 17 del Reglamento
(UE) 2020/852, de 18 de junio, relativo al establecimiento de un marco para facilitar las inversiones sostenibles; y dentro del marco general del Reglamento (UE) 2018/1999, de 11 de
diciembre, sobre la gobernanza de la Unión de la Energía y de la Acción por el Clima; todos
los proyectos de inversión que se financien con recursos derivados de esta orden deben de respetar dicho principio, y las condiciones del etiquetado climático, tal y como prevé la definición
de la submedida en el Plan de Recuperación. Lo anterior incluye el cumplimiento de las condiciones específicas asignadas en la Componente 14, en la medida 4 en la que se enmarcan dichas actuaciones, tanto en lo referido al principio DNSH, como al etiquetado climático, y especialmente las recogidas en los apartados 3, 6 y 8 del documento del Componente del Plan,
en el Anexo a la CID y en el Acuerdo sobre las Disposiciones Operativas. La etiqueta climática asignada a esta línea de actuación es la 024 “Eficiencia energética y proyectos de demostración en pymes y medidas de apoyo” con una contribución a objetivos climáticos del 40%, de
acuerdo con el Anexo VI del Reglamento (UE) 2021/241, de 12 de febrero. Conforme a dicho
objetivo, esta orden contribuirá a acelerar la renovación de los edificios destinados a establecimientos de alojamiento turístico, con el fin de mejorar su rendimiento energético, reducir su
consumo de energía, y contribuir a mejorar su competitividad turística.
Finalmente, mediante la Resolución de 31 de marzo de 2022, de la Secretaría de Estado de Turismo, se publica el Acuerdo de la Conferencia Sectorial de Turismo de 29 de marzo de 2022, sobre reparto territorial de crédito correspondiente al presupuesto de 2022, de
la Línea de Financiación para Proyectos de Eficiencia Energética y Economía Circular
de Empresas Turísticas, del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia por importe de 170.000.000,00 euros aprobado por el Acuerdo del Consejo de Ministros de 15 de
marzo de 2022.
Para poner en práctica lo anteriormente indicado, se ha elaborado una norma que contiene las bases reguladoras que han de regir la convocatoria pública para la concesión de

BOCM-20221011-23

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