Mancomunidad Intermunicipal de La Encina (BOCM-20221010-101)
Régimen económico. Ordenanza concesión ayudas
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
Pág. 402
LUNES 10 DE OCTUBRE DE 2022
B.O.C.M. Núm. 241
3. SITUACIONES DE RIESGO DE EXCLUSIÓN SOCIAL: hasta 2 puntos
Se sumarán los ítems que procedan de los siguientes:
Conductas desadaptadas en los menores (absentismo escolar, otras)
0,25 puntos
Otras conductas o situaciones de riesgo. Especificar
0,25 puntos
Situación laboral precaria de los padres (trabajos ocasionales o marginales)
0,50 puntos
Situaciones de desatención o negligencia que afecten a los menores
0,50 puntos
Carencia o precariedad de redes sociales de apoyo familiar y/o social
0,75 puntos
Existencia de Violencia de Género
0,75 puntos
Puntuación apartado 3……...
4. SITUACIONES DE EMERGENCIA SOCIAL INDIVIDUAL: hasta 3 puntos
Situaciones de crisis personal o familiar sobrevenida por (Pérdida de empleo, o de salud; por accidente, otros)
2,00 puntos
Situación de crisis y emergencia por pérdida temporal de vivienda (por incendio, inundación, desahucio, explosión, derrumbe, otros)
2,00 puntos
Por otras circunstancias graves, no recogidas en las dos anteriores, y generadoras de crisis y/o de emergencia personal o De 1,00 a 3,00 puntos
familiar, a valorar por el Trabajador Social (Especificar)
Puntuación apartado 4………
TOTAL PUNTUACIÓN:
PUNTOS
ANEXO III
PUNTUACIONES MÍNIMAS DE ACCESO Y PORCENTAJES MÁXIMOS DE LAS AYUDAS
DE ESPECIAL NECESIDAD Y/O EMERGENCIA SOCIAL EN LOS SERVICIOS SOCIALES
DE LA MANCOMUNIDAD INTERMUNICIPAL “LA ENCINA”
1.
Aplicación del baremo con los criterios para la valoración que figuran en el Anexo II del
presente procedimiento, puntuando todas las circunstancias socio-familiares que
concurren en los solicitantes.
2.
Para la concesión de una ayuda económica será preciso alcanzar un mínimo de 5 Puntos
y no superar una Renta Mensual Per Cápita (RMPC) correspondiente al IPREM del
año en curso.
3.
Se entiende que las solicitudes por debajo de esa puntuación o con ingresos superiores a
los establecidos, no presentan una situación de necesidad como para justificar la
prestación económica de la Mancomunidad de Servicios Sociales “La Encina”.
4.
A efectos de la determinación de la RMPC, se tendrá en cuenta la suma de todos los
ingresos mensuales que por cualquier concepto obtengan el solicitante y cualquier otro
miembro de la unidad familiar. En el caso de que el solicitante viva sólo se dividirá por 1,5.
5.
La ayuda económica cubrirá como máximo el 90% del coste del servicio que se
subvenciona debiendo el resto ser aportado por el beneficiario, excepto carencia total de
ingresos. El porcentaje que constituye la cuantía de la ayuda se aplicará sobre el coste
total de la factura.
AYUDAS DE EMERGENCIA SOCIAL EN CONCEPTO DE ALIMENTOS DE PRIMERA NECESIDAD.
CUANTÍA A CONCEDER EN FUNCIÓN DEL NÚMERO DE MIEMBROS DE LA UNIDAD FAMILIAR.
Se aplicará en enero de cada año el IPC correspondiente.
CUANTÍA MENSUAL
1 PERSONA
Hasta 200€
2 PERSONAS
Hasta 300€
3 PERSONAS
Hasta 400€
4 PERSONAS
Hasta 500€
5 PERSONAS
Hasta 600€
6 PERSONAS
Hasta 700€
BOCM-20221010-101
Nº DE MIEMBROS
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
Pág. 402
LUNES 10 DE OCTUBRE DE 2022
B.O.C.M. Núm. 241
3. SITUACIONES DE RIESGO DE EXCLUSIÓN SOCIAL: hasta 2 puntos
Se sumarán los ítems que procedan de los siguientes:
Conductas desadaptadas en los menores (absentismo escolar, otras)
0,25 puntos
Otras conductas o situaciones de riesgo. Especificar
0,25 puntos
Situación laboral precaria de los padres (trabajos ocasionales o marginales)
0,50 puntos
Situaciones de desatención o negligencia que afecten a los menores
0,50 puntos
Carencia o precariedad de redes sociales de apoyo familiar y/o social
0,75 puntos
Existencia de Violencia de Género
0,75 puntos
Puntuación apartado 3……...
4. SITUACIONES DE EMERGENCIA SOCIAL INDIVIDUAL: hasta 3 puntos
Situaciones de crisis personal o familiar sobrevenida por (Pérdida de empleo, o de salud; por accidente, otros)
2,00 puntos
Situación de crisis y emergencia por pérdida temporal de vivienda (por incendio, inundación, desahucio, explosión, derrumbe, otros)
2,00 puntos
Por otras circunstancias graves, no recogidas en las dos anteriores, y generadoras de crisis y/o de emergencia personal o De 1,00 a 3,00 puntos
familiar, a valorar por el Trabajador Social (Especificar)
Puntuación apartado 4………
TOTAL PUNTUACIÓN:
PUNTOS
ANEXO III
PUNTUACIONES MÍNIMAS DE ACCESO Y PORCENTAJES MÁXIMOS DE LAS AYUDAS
DE ESPECIAL NECESIDAD Y/O EMERGENCIA SOCIAL EN LOS SERVICIOS SOCIALES
DE LA MANCOMUNIDAD INTERMUNICIPAL “LA ENCINA”
1.
Aplicación del baremo con los criterios para la valoración que figuran en el Anexo II del
presente procedimiento, puntuando todas las circunstancias socio-familiares que
concurren en los solicitantes.
2.
Para la concesión de una ayuda económica será preciso alcanzar un mínimo de 5 Puntos
y no superar una Renta Mensual Per Cápita (RMPC) correspondiente al IPREM del
año en curso.
3.
Se entiende que las solicitudes por debajo de esa puntuación o con ingresos superiores a
los establecidos, no presentan una situación de necesidad como para justificar la
prestación económica de la Mancomunidad de Servicios Sociales “La Encina”.
4.
A efectos de la determinación de la RMPC, se tendrá en cuenta la suma de todos los
ingresos mensuales que por cualquier concepto obtengan el solicitante y cualquier otro
miembro de la unidad familiar. En el caso de que el solicitante viva sólo se dividirá por 1,5.
5.
La ayuda económica cubrirá como máximo el 90% del coste del servicio que se
subvenciona debiendo el resto ser aportado por el beneficiario, excepto carencia total de
ingresos. El porcentaje que constituye la cuantía de la ayuda se aplicará sobre el coste
total de la factura.
AYUDAS DE EMERGENCIA SOCIAL EN CONCEPTO DE ALIMENTOS DE PRIMERA NECESIDAD.
CUANTÍA A CONCEDER EN FUNCIÓN DEL NÚMERO DE MIEMBROS DE LA UNIDAD FAMILIAR.
Se aplicará en enero de cada año el IPC correspondiente.
CUANTÍA MENSUAL
1 PERSONA
Hasta 200€
2 PERSONAS
Hasta 300€
3 PERSONAS
Hasta 400€
4 PERSONAS
Hasta 500€
5 PERSONAS
Hasta 600€
6 PERSONAS
Hasta 700€
BOCM-20221010-101
Nº DE MIEMBROS