C) Otras Disposiciones - VICEPRESIDENCIA, CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y UNIVERSIDADES (BOCM-20221010-34)
Instrucciones centros educativos – Resolución de 4 de octubre de 2022, de la Viceconsejería de Organización Educativa, por la que se dictan instrucciones a los centros educativos para la aplicación de protocolos de actuación ante cualquier tipo de violencia
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
Pág. 186
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 10 DE OCTUBRE DE 2022
B.O.C.M. Núm. 241
sis o conclusión sobre el riesgo que corre el alumno. En esta labor, el equipo directivo será
auxiliado por el orientador y el coordinador de bienestar.
Noveno 3. Analizada y valorada la situación por el equipo directivo contando con el
criterio del tutor, profesionales de la orientación y coordinador de bienestar, se cumplimentará el Anexo IV sobre la toma de decisiones de apertura o no del plan individualizado de
prevención, protección e intervención, que se llevará a cabo dentro del marco del plan de
acción tutorial. La decisión de no abrir el plan de prevención, protección e intervención deberá recogerse en el Anexo IV, pero conllevará un proceso de seguimiento.
Noveno 4. A continuación, se citará a la familia, a los efectos de informar sobre la
apertura de un plan individualizado de prevención, protección e intervención y acordar cauces de colaboración, para lo que se utilizará el Anexo V. Asimismo, en esta reunión se solicitará autorización para establecer coordinación con servicios externos especializados.
Noveno 5. Mediante el Anexo VI se comunicará a la Dirección de Área Territorial y
al equipo de convivencia de la Unidad de convivencia la detección y conocimiento de una
posible situación de riesgo. El resto de anexos serán custodiados en el centro educativo que
aplicará el mayor cuidado y protección en su archivo.
Noveno 6. Mediante el Anexo VII, en su caso, se completará el modelo de notificación sobre propuesta de colaboración con servicios externos especializados.
Décimo
En aplicación de la Ley Orgánica 8/2021, de 4 de junio, la Subdirección General de
Inspección Educativa hará públicos a través de su página web otros protocolos de actuación, así como las instrucciones para su puesta en práctica.
Undécimo
BOCM-20221010-34
La presente resolución se dicta en virtud de la citada Disposición Final Primera de la
Orden 732/2021, de 24 de marzo, que habilita al titular de la Viceconsejería de Organización Educativa, para dictar las instrucciones necesarias para su aplicación y cumplimiento,
y será de aplicación a partir del curso 2022-23.
Madrid, a 4 de octubre de 2022.—El Viceconsejero de Organización Educativa, Manuel Bautista Monjón.
(03/19.470/22)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
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B.O.C.M. Núm. 241
sis o conclusión sobre el riesgo que corre el alumno. En esta labor, el equipo directivo será
auxiliado por el orientador y el coordinador de bienestar.
Noveno 3. Analizada y valorada la situación por el equipo directivo contando con el
criterio del tutor, profesionales de la orientación y coordinador de bienestar, se cumplimentará el Anexo IV sobre la toma de decisiones de apertura o no del plan individualizado de
prevención, protección e intervención, que se llevará a cabo dentro del marco del plan de
acción tutorial. La decisión de no abrir el plan de prevención, protección e intervención deberá recogerse en el Anexo IV, pero conllevará un proceso de seguimiento.
Noveno 4. A continuación, se citará a la familia, a los efectos de informar sobre la
apertura de un plan individualizado de prevención, protección e intervención y acordar cauces de colaboración, para lo que se utilizará el Anexo V. Asimismo, en esta reunión se solicitará autorización para establecer coordinación con servicios externos especializados.
Noveno 5. Mediante el Anexo VI se comunicará a la Dirección de Área Territorial y
al equipo de convivencia de la Unidad de convivencia la detección y conocimiento de una
posible situación de riesgo. El resto de anexos serán custodiados en el centro educativo que
aplicará el mayor cuidado y protección en su archivo.
Noveno 6. Mediante el Anexo VII, en su caso, se completará el modelo de notificación sobre propuesta de colaboración con servicios externos especializados.
Décimo
En aplicación de la Ley Orgánica 8/2021, de 4 de junio, la Subdirección General de
Inspección Educativa hará públicos a través de su página web otros protocolos de actuación, así como las instrucciones para su puesta en práctica.
Undécimo
BOCM-20221010-34
La presente resolución se dicta en virtud de la citada Disposición Final Primera de la
Orden 732/2021, de 24 de marzo, que habilita al titular de la Viceconsejería de Organización Educativa, para dictar las instrucciones necesarias para su aplicación y cumplimiento,
y será de aplicación a partir del curso 2022-23.
Madrid, a 4 de octubre de 2022.—El Viceconsejero de Organización Educativa, Manuel Bautista Monjón.
(03/19.470/22)
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