C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE SANIDAD (BOCM-20221006-22)
Encomienda de gestión –  Acuerdo de 20 de septiembre de 2022, de encomienda de gestión entre la Dirección General de Salud Pública y la Dirección General de Recursos Humanos y Relaciones con la Administración de Justicia, a través del Instituto de Medicina Legal y Ciencias Forenses de la Comunidad de Madrid, en materia de información y vigilancia del consumo de sustancias psicoactivas
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BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

B.O.C.M. Núm. 238

JUEVES 6 DE OCTUBRE DE 2022

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cumentación justificativa por parte del Instituto de Medicina Legal y Ciencias Forenses de
la Comunidad de Madrid de las acciones realizadas una vez certificada por el titular de la
Subdirección General de Vigilancia en Salud Pública o persona en quien delegue.
Quinto
Competencia
La presente encomienda de gestión no supone cesión de la titularidad de las competencias ni de los elementos sustantivos de su ejercicio. Los actos y resoluciones que den soporte o en los que se integren las actividades materiales o técnicas objeto de esta encomienda
de gestión se adoptarán por la Dirección General de Salud Pública en su calidad de entidad
encomendante.
Sexto
Comunicaciones e instrucciones
Las comunicaciones respectivas entre los servicios que materialicen la gestión encomendada y los servicios responsables del servicio que encomienda se cursarán por la Dirección General de Salud Pública a través de la Subdirección General de Vigilancia en Salud
Pública. Dichas comunicaciones incluirán, cuando proceda, las debidas instrucciones, detalles o condiciones que el Instituto de Medicina Legal y Ciencias Forenses de la Comunidad de Madrid debe adoptar para la adecuada realización del objeto encomendado.
La Subdirección General de Vigilancia en Salud Pública coordinará e impartirá, en el
ámbito de sus competencias, las instrucciones complementarias para facilitar la realización
de la presente encomienda.
Séptimo
Protección de datos
Las partes firmantes se comprometen a cumplir las previsiones contenidas en la Ley
Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, así como el Reglamento (UE) del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de
abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE (Reglamento General de Protección de Datos) y a la normativa nacional que
lo desarrolle.
Los datos de carácter personal que recaben u obtengan las partes en el desarrollo y aplicación de la encomienda de gestión serán tratados y utilizados de conformidad con la normativa vigente.
En particular, las partes se comprometen a respetar el deber de secreto, y las limitaciones
en su caso marcadas por la normativa de aplicación, sobre cualquier información a la que se
tenga acceso en la realización de actividades objeto de esta encomienda de gestión, salvo
aquella información que deba ser publica según lo establecido en la Ley 19/2013 de 9 de
diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno, y la 10/2019,
de 10 de abril, de Transparencia y de Participación de la Comunidad de Madrid.
El tratamiento de los datos de la presente encomienda de gestión queda sometida a la
mencionada normativa, así como a la vigente en cada momento, de conformidad con los
Anexos I y II de esta encomienda de gestión.
Octavo
Esta encomienda de gestión producirá efectos hasta el día 31 de enero de 2024.
No obstante lo anterior, la presente encomienda de gestión podrá ser prorrogada mediante una única prorroga bienal por mutuo acuerdo de las partes, manifestado con una antelación mínima de dos meses al vencimiento.
La presente encomienda surtirá efecto el día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
En Madrid, a 20 de septiembre de 2022.—La Directora General de Salud Pública, Elena Andradas Aragonés.—La Directora General de Recursos Humanos y Relaciones con la
Administración de Justicia, Alejandra Alonso Bernal.

BOCM-20221006-22

Vigencia de la encomienda