C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE SANIDAD (BOCM-20221006-22)
Encomienda de gestión – Acuerdo de 20 de septiembre de 2022, de encomienda de gestión entre la Dirección General de Salud Pública y la Dirección General de Recursos Humanos y Relaciones con la Administración de Justicia, a través del Instituto de Medicina Legal y Ciencias Forenses de la Comunidad de Madrid, en materia de información y vigilancia del consumo de sustancias psicoactivas
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 238
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 6 DE OCTUBRE DE 2022
Pág. 141
I. COMUNIDAD DE MADRID
C) Otras Disposiciones
Consejería de Sanidad
22
ACUERDO de 20 de septiembre de 2022, de encomienda de gestión entre la Dirección General de Salud Pública y la Dirección General de Recursos Humanos
y Relaciones con la Administración de Justicia, a través del Instituto de Medicina Legal y Ciencias Forenses de la Comunidad de Madrid, en materia de información y vigilancia del consumo de sustancias psicoactivas.
REUNIDOS
De una parte, D.a Elena Andradas Aragonés, Directora General de Salud Pública, nombrada por Decreto 37/2020, de 13 de mayo, del Consejo de Gobierno, en el uso de las atribuciones conferidas por el artículo 13.w) del Decreto 1/2022, de 19 de enero, del Consejo
de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Sanidad.
Y de otra, D.a Alejandra Alonso Bernal, Directora General de Recursos Humanos y Relaciones con la Administración de Justicia, en virtud de nombramiento del Decreto 230/2021,
de 20 de octubre, del Consejo de Gobierno, en el uso de las atribuciones conferidas por el artículo 16 191/2021, de 3 de agosto, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Presidencia, Justicia e Interior, en concordancia con el artículo 1 del Reglamento del Instituto de Medicina Legal y Ciencias Forenses de la Comunidad
de Madrid aprobado por el Decreto 37/2006, de 4 de mayo, del Consejo de Gobierno,
EXPONEN
Que la vigilancia del consumo de sustancias psicoactivas y los problemas asociados en
la Comunidad de Madrid, siguiendo las recomendaciones estatales y europeas, se basa fundamentalmente en tres indicadores que miden el uso problemático de estas sustancias: “Urgencias hospitalarias por consumo de sustancias psicoactivas”, “Admisiones a tratamiento
por consumo de sustancias psicoactivas” y “Mortalidad por reacción aguda a sustancias psicoactivas”.
El indicador mortalidad relacionada con el consumo de sustancias psicoactivas pertenece al Sistema Estatal de Información de Toxicomanías (SEIT), y se encuentra dentro del
Plan Estadístico Nacional 2021-2024, por lo que es de obligado cumplimiento tal como establece el artículo 4 del Real Decreto 97/2022, de 1 de febrero, por el que se aprueba el Programa anual 2022 del Plan Estadístico Nacional 2021-2024.
La mortalidad relacionada con el consumo de sustancias psicoactivas es un indicador
importante del impacto social y sanitario del uso nocivo de sustancias psicoactivas. Sin embargo acceder a los datos a través de los sistemas de información rutinarios presenta una
gran dificultad debido a su heterogeneidad y difícil clasificación. Por ello, tras realizar estudios preliminares de validación de diferentes fuentes de información, se estableció un sistema para recoger los datos de fallecidos por reacción aguda a sustancias psicoactivas a partir de fuentes forenses y toxicológicas.
Para medir este indicador se analizan muestras de fallecidos que cumplan al menos
uno de los siguientes criterios:
— Presencia de antecedentes de consumo reciente de sustancias psicoactivas.
— Presencia de signos de autopsia compatibles con muerte por reacción aguda al
consumo de sustancias psicoactivas.
— Análisis toxicológicos positivos para alguna de las sustancias psicoactivas registrables.
— Diagnóstico forense de muerte por reacción aguda al consumo de sustancias psicoactivas.
La Organización de Naciones Unidas define las nuevas sustancias psicoactivas como:
“Toda sustancia de abuso en forma pura o de preparado no incluida en la Convención única
BOCM-20221006-22
Primero
B.O.C.M. Núm. 238
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 6 DE OCTUBRE DE 2022
Pág. 141
I. COMUNIDAD DE MADRID
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Consejería de Sanidad
22
ACUERDO de 20 de septiembre de 2022, de encomienda de gestión entre la Dirección General de Salud Pública y la Dirección General de Recursos Humanos
y Relaciones con la Administración de Justicia, a través del Instituto de Medicina Legal y Ciencias Forenses de la Comunidad de Madrid, en materia de información y vigilancia del consumo de sustancias psicoactivas.
REUNIDOS
De una parte, D.a Elena Andradas Aragonés, Directora General de Salud Pública, nombrada por Decreto 37/2020, de 13 de mayo, del Consejo de Gobierno, en el uso de las atribuciones conferidas por el artículo 13.w) del Decreto 1/2022, de 19 de enero, del Consejo
de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Sanidad.
Y de otra, D.a Alejandra Alonso Bernal, Directora General de Recursos Humanos y Relaciones con la Administración de Justicia, en virtud de nombramiento del Decreto 230/2021,
de 20 de octubre, del Consejo de Gobierno, en el uso de las atribuciones conferidas por el artículo 16 191/2021, de 3 de agosto, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Presidencia, Justicia e Interior, en concordancia con el artículo 1 del Reglamento del Instituto de Medicina Legal y Ciencias Forenses de la Comunidad
de Madrid aprobado por el Decreto 37/2006, de 4 de mayo, del Consejo de Gobierno,
EXPONEN
Que la vigilancia del consumo de sustancias psicoactivas y los problemas asociados en
la Comunidad de Madrid, siguiendo las recomendaciones estatales y europeas, se basa fundamentalmente en tres indicadores que miden el uso problemático de estas sustancias: “Urgencias hospitalarias por consumo de sustancias psicoactivas”, “Admisiones a tratamiento
por consumo de sustancias psicoactivas” y “Mortalidad por reacción aguda a sustancias psicoactivas”.
El indicador mortalidad relacionada con el consumo de sustancias psicoactivas pertenece al Sistema Estatal de Información de Toxicomanías (SEIT), y se encuentra dentro del
Plan Estadístico Nacional 2021-2024, por lo que es de obligado cumplimiento tal como establece el artículo 4 del Real Decreto 97/2022, de 1 de febrero, por el que se aprueba el Programa anual 2022 del Plan Estadístico Nacional 2021-2024.
La mortalidad relacionada con el consumo de sustancias psicoactivas es un indicador
importante del impacto social y sanitario del uso nocivo de sustancias psicoactivas. Sin embargo acceder a los datos a través de los sistemas de información rutinarios presenta una
gran dificultad debido a su heterogeneidad y difícil clasificación. Por ello, tras realizar estudios preliminares de validación de diferentes fuentes de información, se estableció un sistema para recoger los datos de fallecidos por reacción aguda a sustancias psicoactivas a partir de fuentes forenses y toxicológicas.
Para medir este indicador se analizan muestras de fallecidos que cumplan al menos
uno de los siguientes criterios:
— Presencia de antecedentes de consumo reciente de sustancias psicoactivas.
— Presencia de signos de autopsia compatibles con muerte por reacción aguda al
consumo de sustancias psicoactivas.
— Análisis toxicológicos positivos para alguna de las sustancias psicoactivas registrables.
— Diagnóstico forense de muerte por reacción aguda al consumo de sustancias psicoactivas.
La Organización de Naciones Unidas define las nuevas sustancias psicoactivas como:
“Toda sustancia de abuso en forma pura o de preparado no incluida en la Convención única
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