C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, VIVIENDA Y AGRICULTURA (BOCM-20221006-20)
Bases subvenciones –  Orden 3195/2022 de 28 de septiembre, de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura, por la que se establecen las bases reguladoras y se convocan para el año 2022 las subvenciones destinadas a la adaptación de las líneas eléctricas de alta tensión a los requisitos establecidos en el Real Decreto 1432/2008, de 29 de agosto, por el que se establecen medidas para la protección de la avifauna contra la electrocución en líneas eléctricas de alta tensión, en el marco del plan de recuperación, transformación y resiliencia, financiadas con cargo a fondos Nextgeneration de la Unión Europea
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 6 DE OCTUBRE DE 2022

B.O.C.M. Núm. 238

el artículo 129 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Asimismo, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 61 del Real Decreto-Ley
36/2020, de 30 de diciembre, por el que se aprueban medidas urgentes para la modernización de la Administración Pública y para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, las bases reguladoras de las subvenciones financiables podrán incorporar la convocatoria de las mismas.
En uso de la competencia atribuida en el artículo 27.7 del Estatuto de Autonomía a la
Comunidad de Madrid en materia de medio ambiente, y de conformidad con lo previsto en
el artículo 4 del Decreto 237/2021, de 17 de noviembre, del Consejo de Gobierno, por el
que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y
Agricultura, en que se atribuyen a la Dirección General de Biodiversidad y Recursos Naturales las competencias de tramitación de subvenciones y de protección de flora y fauna silvestres y mejora de la biodiversidad, entre otras.
Por cuanto antecede, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y en su reglamento, aprobado mediante Real Decreto 887/2006, de 21 de julio; así como en la Ley 2/1995, de 8 de marzo, de Subvenciones de
la Comunidad de Madrid, y los reglamentos dictados en desarrollo de la misma, a saber: el
Decreto 76/1993, de 26 de agosto, del procedimiento para la concesión de ayudas y subvenciones públicas, y el Decreto 222/1998, de 23 de diciembre, de desarrollo parcial de la ley;
en virtud de las atribuciones conferidas a los Consejeros por el artículo 41 de la Ley 1/1983,
de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid, en el Decreto 42/2021, de 19 de junio, del Consejo de Gobierno, por el que se establece el número
y denominación de las Consejerías de la Comunidad de Madrid, en el Decreto 237/2021,
de 17 de noviembre, del Consejo de Gobierno, y en la Orden 369/2022, de la Consejería de
Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura, por la que se delega el ejercicio de determinadas
competencias,
DISPONGO

TÍTULO I
BASES REGULADORAS DE LAS SUBVENCIONES DESTINADAS A LA
ADAPTACIÓN DE LAS LÍNEAS ELÉCTRICAS DE ALTA TENSIÓN A LOS
REQUISITOS ESTABLECIDOS EN EL REAL DECRETO 1432/2008,
DE 29 DE AGOSTO, POR EL QUE SE ESTABLECEN MEDIDAS PARA LA
PROTECCIÓN DE LA AVIFAUNA CONTRA LA ELECTROCUCIÓN EN
LÍNEAS ELÉCTRICAS DE ALTA TENSIÓN, FINANCIADAS
CON CARGO A FONDOS NEXTGENERATION DE LA UNIÓN EUROPEA
Artículo 1
Objeto

Artículo 2
Finalidad
Las ayudas financiarán aquellas actuaciones necesarias para adaptar las condiciones
técnicas de las líneas eléctricas de alta tensión ubicadas en las denominadas zonas de protección de la Comunidad de Madrid a lo previsto en el RD 1432/2008, de 29 de agosto, con
la finalidad de evitar la mortalidad de la avifauna, sobre todo de algunas especies incluidas

BOCM-20221006-20

1. El objeto de la presente orden es el establecimiento de las bases reguladoras para
la concesión de ayudas correspondientes al ejercicio 2022 por parte de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura, para compensar los costes ocasionados por la adaptación de las líneas eléctricas aéreas de alta tensión determinadas en el artículo 3.2 del Real
Decreto 1432/2008, de 29 de agosto, por el que se establecen medidas para la protección de
la avifauna contra la colisión y la electrocución en líneas eléctricas de alta tensión.
2. Las ayudas se concederán en régimen de concurrencia competitiva, de acuerdo
con los principios de publicidad, transparencia, objetividad, igualdad y no discriminación,
así como con los principios de eficacia y eficiencia en la gestión de las mismas.