C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, VIVIENDA Y AGRICULTURA (BOCM-20221006-20)
Bases subvenciones –  Orden 3195/2022 de 28 de septiembre, de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura, por la que se establecen las bases reguladoras y se convocan para el año 2022 las subvenciones destinadas a la adaptación de las líneas eléctricas de alta tensión a los requisitos establecidos en el Real Decreto 1432/2008, de 29 de agosto, por el que se establecen medidas para la protección de la avifauna contra la electrocución en líneas eléctricas de alta tensión, en el marco del plan de recuperación, transformación y resiliencia, financiadas con cargo a fondos Nextgeneration de la Unión Europea
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 6 DE OCTUBRE DE 2022

B.O.C.M. Núm. 238

Artículo 16
Incompatibilidad de las ayudas
1. La financiación aportada por estas ayudas no es compatible con la cofinanciación
por otros fondos estructurales de la Unión Europea, destinados a cubrir el mismo coste.
Cuando los destinatarios finales de los fondos sean entidades jurídicas privadas, será
de aplicación la normativa comunitaria en materia de ayudas compatibles con el mercado
interior en aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión
Europea.
2. Las subvenciones recibidas también serán incompatibles con la percepción de
otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos concedidas para la misma finalidad, procedentes de cualesquiera Administraciones o entes públicos o privados, nacionales, de la
Unión Europea o de organismos internacionales.
DISPOSICIÓN ADICIONAL ÚNICA
Impugnabilidad de la convocatoria
Contra la presente convocatoria, que pone fin a la vía administrativa, los interesados
podrán interponer, con carácter potestativo, recurso de reposición en el plazo de un mes,
ante la titular de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura, o bien directamente, en el plazo de dos meses, recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, ambos plazos contados a partir del día siguiente al de la publicación del extracto de esta convocatoria en el
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
DISPOSICIÓN FINAL ÚNICA
Efectos de la convocatoria de ayudas para 2022
El capítulo II de la presente Orden, en el que se aprueba la convocatoria de ayudas para
la anualidad 2022, producirá efectos el día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN
OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID en forma de extracto, por conducto de la Base de
Datos Nacional de Subvenciones. El texto íntegro de dicha convocatoria se publicará en el
Sistema Nacional de Publicidad de Subvenciones y Ayudas Públicas en el enlace
https://www.pap.hacienda.gob.es/bdnstrans/ge/es/convocatorias.
Madrid, a 28 de septiembre de 2022.

BOCM-20221006-20

La Consejera de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura,
PALOMA MARTÍN MARTÍN