Madrid (BOCM-20221005-33)
Organización y funcionamiento. Área de Gobierno de Vicealcaldía. Comisión Permanente Selección
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 237

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 5 DE OCTUBRE DE 2022

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III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
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MADRID
ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

Acuerdo de 22 de septiembre de 2022, de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid,
por el que se aprueba la composición y funcionamiento de la Comisión Permanente de Selección.
Por Acuerdo de 21 de mayo de 2020, de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, se
aprobó la creación, composición y funcionamiento de la Comisión Permanente de Selección.
Tras su creación y puesta en funcionamiento, y transcurrido un tiempo desde la misma, se ha observado la conveniencia de dotar a la citada comisión de mayor eficacia en el
desarrollo de los procesos selectivos, garantizando así que los procesos de selección de personal no solo respondan a los principios de igualdad, mérito y capacidad sino también de
agilidad.
El acuerdo recoge una nueva regulación de la composición y funcionamiento de la Comisión Permanente de Selección en el que desaparece su función de órgano de análisis, debate, estudio y propuesta de medidas y mejoras relacionadas con los procesos selectivos, y
se mantiene exclusivamente como órgano de selección con la finalidad de potenciar aún
más su funcionamiento en el desarrollo de los procesos de selección de personal.
Con esta finalidad la nueva composición de la Comisión, por un lado, elimina la existencia de Presidencia, Secretaría y Vocalías natas para permitir un funcionamiento más ágil
de la misma y, por otro lado, posibilita una composición mixta de forma que, para cada proceso selectivo, la Comisión podrá estar integrada por sus propios miembros y por empleados del Ayuntamiento y organismos autónomos que no formen parte de la Comisión.
Se mantiene, no obstante, la opción de designar Comisiones Delegadas dado que se ha
verificado la agilidad que aportan al desarrollo del proceso.
Todos estos cambios potencian el funcionamiento de la Comisión, que está llamada a
desempeñar un papel relevante en el desarrollo de los procesos selectivos para el acceso a
las distintas categorías del Ayuntamiento de Madrid y sus organismos autónomos, lo que a
su vez redundará en una mejora de los tiempos de duración de los procesos, una mayor especialización de sus miembros y un mayor control del gasto público.
En su virtud, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 17.1.m) y n) de la Ley 22/2006,
de 4 de julio, de Capitalidad y de Régimen Especial de Madrid, a propuesta de la titular del
Área de Gobierno de Hacienda y Personal y, previa deliberación de la Junta de Gobierno de
la Ciudad de Madrid, en su reunión de 22 de septiembre de 2022, acuerda:
Primero.—Aprobar la composición y funcionamiento de la Comisión Permanente de
Selección, que se adjunta como anexo al acuerdo.
Segundo.—El acuerdo no será de aplicación a los procesos selectivos encomendados
a la Comisión Permanente de Selección cuyo órgano de selección hubiese sido nombrado
con anterioridad a su fecha de eficacia. Tales procesos selectivos se seguirán rigiendo por
el Acuerdo de 21 de mayo de 2020, de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, por el
que se aprueba la creación, composición y funcionamiento de la Comisión Permanente de
Selección.
Tercero.—Dejar sin efecto el Acuerdo de 21 de mayo de 2020, de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, por el que se aprueba la creación, composición y funcionamiento de la Comisión Permanente de Selección, a excepción de su apartado primero en lo relativo a la creación de la citada comisión.
Cuarto.—La eficacia del acuerdo dejará sin efecto el nombramiento de los miembros
de la Comisión Permanente de Selección designados al amparo del Acuerdo de 21 de mayo
de 2020, sin perjuicio de lo dispuesto en el apartado segundo.
Quinto.—Se faculta a la titular del Área de Gobierno de Hacienda y Personal a dictar
los decretos precisos para el desarrollo y ejecución del acuerdo.
Sexto.—Se faculta a la Coordinación General de la Alcaldía para resolver las dudas
que pudieran surgir en la interpretación y aplicación del presente acuerdo.

BOCM-20221005-33

Área de Gobierno de Vicealcaldía