D) Anuncios - VICEPRESIDENCIA, CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y UNIVERSIDADES (BOCM-20221005-16)
Convenio – Convenio de 13 de septiembre de 2022, entre la Comunidad de Madrid, a través de la Vicepresidencia, Consejería de Educación y Universidades, y la Universidad Complutense de Madrid, por el que se concede una subvención para la financiación de los gastos derivados de la gestión del Distrito Universitario Único Madrileño
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BOCM
Pág. 96
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 5 DE OCTUBRE DE 2022
B.O.C.M. Núm. 237
dentes los trabajos correspondientes de gestión del Distrito Universitario Único para el
tratamiento unificado de las solicitudes de admisión a los centros de las Universidades Públicas ubicadas en el territorio de la Comunidad de Madrid, contando para ello con la cofinanciación de la Comunidad de Madrid.
Cuarto
La Universidad Complutense de Madrid dispone de la experiencia y de los recursos
materiales y personales adecuados para llevar a cabo las labores de coordinación de la preinscripción y el reparto de las plazas del Distrito Universitario Único.
Quinto
La Vicepresidencia, Consejería de Educación y Universidades, de la Comunidad de
Madrid, órgano responsable de impulsar la coordinación entre las universidades de nuestro
ámbito territorial, reconoce la clara utilidad y rentabilidad social del Distrito Universitario
Único y, más concretamente, los beneficios que la existencia del mismo representan para la
totalidad de la comunidad universitaria, y, en especial, para las personas que deseen cursar
estudios en las universidades públicas de Madrid. Por ello, conforme a lo establecido en el
presente Convenio, la Comunidad de Madrid financiará los gastos correspondientes a los
trabajos para su gestión y mantenimiento.
En consecuencia, la Vicepresidencia, Consejería de Educación y Universidades, de la
Comunidad de Madrid y la Universidad Complutense de Madrid acuerdan suscribir el presente Convenio, con arreglo a las siguientes
CLÁUSULAS
Primera
Objeto del Convenio
El presente Convenio tiene por objeto regular la concesión directa, por razones de interés social, de una subvención a la Universidad Complutense de Madrid destinada a financiar los gastos de gestión de las actividades y trabajos del Distrito Universitario Único formado por las universidades públicas de Madrid y, en concreto, los relativos a los trabajos
necesarios para el tratamiento de las solicitudes y reparto de plazas correspondientes a la
oferta para el ingreso en las enseñanzas universitarias oficiales de Grado en las universidades públicas de Madrid, correspondientes al curso 2022-2023.
Segunda
Requisitos necesarios para obtener la concesión de la subvención
Tercera
Actividades y trabajos a financiar
Las actividades objeto de subvención, que la Universidad Complutense realizará a través de su Vicerrectorado de Estudiantes, son las siguientes:
1. Coordinación del proceso de admisión de las seis universidades públicas de
Madrid.
BOCM-20221005-16
De conformidad con lo establecido en el art. 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, con carácter previo a la concesión la universidad aportará la
siguiente documentación:
— Declaración responsable de no estar incurso en ninguna de las circunstancias a las
que se refiere el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de
Subvenciones.
— Certificado de la Agencia Tributaria y de la Tesorería de la Seguridad Social de estar al corriente de pago de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad
Social.
— Certificado de inexistencia de apremio de deudas con la Comunidad de Madrid, el
cual que se incorporará de oficio por la Comunidad de Madrid.
Pág. 96
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 5 DE OCTUBRE DE 2022
B.O.C.M. Núm. 237
dentes los trabajos correspondientes de gestión del Distrito Universitario Único para el
tratamiento unificado de las solicitudes de admisión a los centros de las Universidades Públicas ubicadas en el territorio de la Comunidad de Madrid, contando para ello con la cofinanciación de la Comunidad de Madrid.
Cuarto
La Universidad Complutense de Madrid dispone de la experiencia y de los recursos
materiales y personales adecuados para llevar a cabo las labores de coordinación de la preinscripción y el reparto de las plazas del Distrito Universitario Único.
Quinto
La Vicepresidencia, Consejería de Educación y Universidades, de la Comunidad de
Madrid, órgano responsable de impulsar la coordinación entre las universidades de nuestro
ámbito territorial, reconoce la clara utilidad y rentabilidad social del Distrito Universitario
Único y, más concretamente, los beneficios que la existencia del mismo representan para la
totalidad de la comunidad universitaria, y, en especial, para las personas que deseen cursar
estudios en las universidades públicas de Madrid. Por ello, conforme a lo establecido en el
presente Convenio, la Comunidad de Madrid financiará los gastos correspondientes a los
trabajos para su gestión y mantenimiento.
En consecuencia, la Vicepresidencia, Consejería de Educación y Universidades, de la
Comunidad de Madrid y la Universidad Complutense de Madrid acuerdan suscribir el presente Convenio, con arreglo a las siguientes
CLÁUSULAS
Primera
Objeto del Convenio
El presente Convenio tiene por objeto regular la concesión directa, por razones de interés social, de una subvención a la Universidad Complutense de Madrid destinada a financiar los gastos de gestión de las actividades y trabajos del Distrito Universitario Único formado por las universidades públicas de Madrid y, en concreto, los relativos a los trabajos
necesarios para el tratamiento de las solicitudes y reparto de plazas correspondientes a la
oferta para el ingreso en las enseñanzas universitarias oficiales de Grado en las universidades públicas de Madrid, correspondientes al curso 2022-2023.
Segunda
Requisitos necesarios para obtener la concesión de la subvención
Tercera
Actividades y trabajos a financiar
Las actividades objeto de subvención, que la Universidad Complutense realizará a través de su Vicerrectorado de Estudiantes, son las siguientes:
1. Coordinación del proceso de admisión de las seis universidades públicas de
Madrid.
BOCM-20221005-16
De conformidad con lo establecido en el art. 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, con carácter previo a la concesión la universidad aportará la
siguiente documentación:
— Declaración responsable de no estar incurso en ninguna de las circunstancias a las
que se refiere el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de
Subvenciones.
— Certificado de la Agencia Tributaria y de la Tesorería de la Seguridad Social de estar al corriente de pago de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad
Social.
— Certificado de inexistencia de apremio de deudas con la Comunidad de Madrid, el
cual que se incorporará de oficio por la Comunidad de Madrid.