Alcorcón (BOCM-20221004-57)
Ofertas de empleo. Bases procesos selectivos
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
Pág. 204
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 4 DE OCTUBRE DE 2022
B.O.C.M. Núm. 236
10.2. Calificación de las fases del proceso selectivo.
10.2.1. Calificación de la fase de oposición: En cada convocatoria se determinará
la puntuación de cada ejercicio. La puntuación de esta fase deberá suponer
el 60 por 100 del total.
10.2.2. Calificación de la fase de concurso: La puntuación de esta fase será el resultado de sumar las puntuaciones obtenidas por los méritos, y deberá suponer
el 40 por 100 del total.
En el concurso se deberá valorar la experiencia profesional como empleado
público (laboral y/o funcionario) concreta en el desempeño de los puestos de
trabajo o plazas que se convoquen.
La valoración profesional se ajustará al siguiente baremo:
— 75 por 100 experiencia profesional en el desempeño del puesto de trabajo en el Ayuntamiento de Alcorcón.
— 10 por 100 experiencia profesional en el desempeño del puesto de trabajo en Administraciones Locales de más de 150.000 habitantes.
— 5 por 100 experiencia profesional en el desempeño del puesto de trabajo
en otras administraciones públicas.
— 10 por 100 formación relacionada con el puesto a desempeñar.
10.3. Calificación final. La calificación final del proceso selectivo será la suma de
las calificaciones obtenidas en la fase de oposición y la de concurso.
En caso de empate en la calificación final, se resolverá de acuerdo al siguiente orden
de prelación:
1. Mayor puntuación obtenida en el apartado de experiencia profesional del concurso.
2. Mayor puntuación total obtenida en la fase de concurso.
3. Mayor puntuación total obtenida en la fase de oposición.
En caso de persistir el empate, y con arreglo a criterios de igualdad entre hombres y
mujeres, se propondrá al aspirante cuyo sexo corresponda al que tenga menor representación en el grupo profesional de que se trate en el ámbito del Ayuntamiento.
11. Bolsas
Una vez terminado el procedimiento de selección, el Tribunal remitirá al órgano
competente la lista definitiva de puntuaciones al objeto de poder constituir una Bolsa
de empleo.
La Mesa de negociación y por delegación la Comisión de empleo decidirá en cada
caso, la oportunidad de constituir Bolsa de empleo con la lista definitiva de puntuaciones,
teniendo en cuenta las necesidades de ingreso de personal temporal al Ayuntamiento y la
existencia de anteriores Bolsas.
En este caso, el órgano competente nombrará una Comisión de Valoración que será la
encargada de desarrollar los trabajos pertinentes, proponiendo el orden final de la Bolsa,
que será aprobada mediante Resolución y se regirá por el Reglamento de Bolsas del Ayuntamiento de Alcorcón.
12. Notificación a los afectados
Tras la aprobación y publicación de estas Bases se informará a los empleados que figuran en el Anexo II y el Anexo III mediante el documento que figura como Anexo IV garantizando la constancia de su recepción, de que el PT que desempeñan, asociado a la plaza que se convoca va a ser ofertada y pueden, en su caso, participar en la convocatoria.
La finalización de los procesos selectivos supondrá en cada caso la terminación de los
empleos temporales por cada una de las plazas convocadas. El nombramiento de los nuevos funcionarios supondrá el cese del nombramiento interino o será causa de la extinción
de los contratos temporales.
BOCM-20221004-57
13. Finalización de los empleos temporales
Pág. 204
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 4 DE OCTUBRE DE 2022
B.O.C.M. Núm. 236
10.2. Calificación de las fases del proceso selectivo.
10.2.1. Calificación de la fase de oposición: En cada convocatoria se determinará
la puntuación de cada ejercicio. La puntuación de esta fase deberá suponer
el 60 por 100 del total.
10.2.2. Calificación de la fase de concurso: La puntuación de esta fase será el resultado de sumar las puntuaciones obtenidas por los méritos, y deberá suponer
el 40 por 100 del total.
En el concurso se deberá valorar la experiencia profesional como empleado
público (laboral y/o funcionario) concreta en el desempeño de los puestos de
trabajo o plazas que se convoquen.
La valoración profesional se ajustará al siguiente baremo:
— 75 por 100 experiencia profesional en el desempeño del puesto de trabajo en el Ayuntamiento de Alcorcón.
— 10 por 100 experiencia profesional en el desempeño del puesto de trabajo en Administraciones Locales de más de 150.000 habitantes.
— 5 por 100 experiencia profesional en el desempeño del puesto de trabajo
en otras administraciones públicas.
— 10 por 100 formación relacionada con el puesto a desempeñar.
10.3. Calificación final. La calificación final del proceso selectivo será la suma de
las calificaciones obtenidas en la fase de oposición y la de concurso.
En caso de empate en la calificación final, se resolverá de acuerdo al siguiente orden
de prelación:
1. Mayor puntuación obtenida en el apartado de experiencia profesional del concurso.
2. Mayor puntuación total obtenida en la fase de concurso.
3. Mayor puntuación total obtenida en la fase de oposición.
En caso de persistir el empate, y con arreglo a criterios de igualdad entre hombres y
mujeres, se propondrá al aspirante cuyo sexo corresponda al que tenga menor representación en el grupo profesional de que se trate en el ámbito del Ayuntamiento.
11. Bolsas
Una vez terminado el procedimiento de selección, el Tribunal remitirá al órgano
competente la lista definitiva de puntuaciones al objeto de poder constituir una Bolsa
de empleo.
La Mesa de negociación y por delegación la Comisión de empleo decidirá en cada
caso, la oportunidad de constituir Bolsa de empleo con la lista definitiva de puntuaciones,
teniendo en cuenta las necesidades de ingreso de personal temporal al Ayuntamiento y la
existencia de anteriores Bolsas.
En este caso, el órgano competente nombrará una Comisión de Valoración que será la
encargada de desarrollar los trabajos pertinentes, proponiendo el orden final de la Bolsa,
que será aprobada mediante Resolución y se regirá por el Reglamento de Bolsas del Ayuntamiento de Alcorcón.
12. Notificación a los afectados
Tras la aprobación y publicación de estas Bases se informará a los empleados que figuran en el Anexo II y el Anexo III mediante el documento que figura como Anexo IV garantizando la constancia de su recepción, de que el PT que desempeñan, asociado a la plaza que se convoca va a ser ofertada y pueden, en su caso, participar en la convocatoria.
La finalización de los procesos selectivos supondrá en cada caso la terminación de los
empleos temporales por cada una de las plazas convocadas. El nombramiento de los nuevos funcionarios supondrá el cese del nombramiento interino o será causa de la extinción
de los contratos temporales.
BOCM-20221004-57
13. Finalización de los empleos temporales