Alcorcón (BOCM-20221004-57)
Ofertas de empleo. Bases procesos selectivos
9 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOCM
Pág. 202
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 4 DE OCTUBRE DE 2022
B.O.C.M. Núm. 236
RR HH aportará al Tribunal la acreditación de la experiencia que resulte
de los respectivos expedientes personales.
6.3.2. Los servicios prestados en otras Administraciones públicas se acreditarán únicamente mediante certificado de servicios prestados (Anexo I del RD 1461/82).
6.4. Acreditación para los criterios de desempate en los procedimientos de Concurso.
— En caso de empate, el Tribunal efectuará el desempate por el criterio 1 establecido
en el apartado 9.4 de estas Bases mediante los documentos aportados para la acreditación de la experiencia del apartado anterior (6.3).
— De subsistir el empate, el Tribunal requerirá la presentación de la documentación
que acredite los criterios 2 y 3, en un plazo de cinco días hábiles mediante publicación en la página web, únicamente a los aspirantes en esta situación.
— De subsistir el empate, el Tribunal efectuará el desempate por el criterio 4 mediante los documentos aportados para la acreditación de la formación.
— De subsistir el empate, el Tribunal efectuará el desempate por el criterio 5 de
acuerdo con la valoración efectuada en el concurso.
— De subsistir el empate, el Tribunal efectuará el sorteo.
7. Sistemas selectivos
Las plazas incluidas la OPE de estabilización de 2022 se seleccionarán por el Sistema
de Concurso de méritos, de acuerdo con las Disposiciones 6.a y 8.a de la Ley 20/2021, o
bien por el sistema de concurso-oposición, las demás.
La MGN ha efectuado la comprobación de todas las plazas convocadas y ha elaborado
los listados que se adjuntan, el Anexo II con las plazas a las que afectan las Disposiciones
transitorias citadas, y el Anexo III con el resto, que se convocarán por concurso-oposición.
En estos listados se especifica además el nombre y apellidos del actual empleado que
desempeña el PT asociado a la plaza que se convoca, lo que será publicado anonimizando
esos datos.
En la puntuación de los concursos de méritos, tanto como en la Fase de los concursosoposiciones o como sistema de selección, los Tribunales seguirán las siguientes reglas, con
objeto de acelerar sus trabajos y obtener con la máxima seguridad jurídica las puntuaciones
de los méritos, teniendo como base los alegados por los aspirantes en su autoevaluación.
8.1. Para cada concurso, el Tribunal ordenará a los aspirantes de acuerdo con la puntuación declarada en la autoevaluación de la solicitud, excluyendo a los que no obtengan la
puntuación mínima.
8.2. Una vez realizado ese orden, el Tribunal procederá a comprobar las puntuaciones de los aspirantes con mayor puntuación que pudieran obtener plaza, dependiendo del
número de Puestos de Trabajo o dotaciones ofertados en la convocatoria.
8.3. La comprobación se realizará sobre los documentos aportados adjuntos a la solicitud y/o los datos aportados por el servicio de RRHH del Ayuntamiento con respecto a
los servicios prestados en esta administración para los aspirantes que en su solicitud se remitan a los de su expediente personal.
8.4. En caso de ser preciso, el Tribunal resolverá los empates de los expedientes
comprobados.
8.5. Una vez realizada esta comprobación el Tribunal publicará la lista provisional de
puntuaciones, ordenando de mayor a menor las solicitudes comprobadas, y a continuación
las no comprobadas según su puntuación declarada en la autoevaluación de la solicitud.
Esa lista informará de la solución de empates y los aspirantes excluidos por no haber
obtenido la nota mínima.
8.6. En esta lista, los aspirantes no comprobados ni desempatados con la misma puntuación declarada en su autoevaluación, figurarán en el mismo lugar del orden.
8.7. Esta lista se publicará en la página web y los aspirantes podrán formular alegaciones en un plazo de cinco días hábiles, las cuales serán estudiadas por el Tribunal.
8.8. Terminado el estudio de las alegaciones y rectificado en su caso el listado con
las que el Tribunal estime, elaborará la lista definitiva de puntuaciones que deberá ser publicada en la página web.
8.9. En los concursos-oposiciones esa nota deberá unirse a la de la fase de oposición,
según las normas siguientes, y en las selecciones por el sistema de Concurso, incluirá la propuesta de nombramiento, que será remitida al órgano competente.
BOCM-20221004-57
8. Procedimiento de puntuación de méritos por el Tribunal Calificador
Pág. 202
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 4 DE OCTUBRE DE 2022
B.O.C.M. Núm. 236
RR HH aportará al Tribunal la acreditación de la experiencia que resulte
de los respectivos expedientes personales.
6.3.2. Los servicios prestados en otras Administraciones públicas se acreditarán únicamente mediante certificado de servicios prestados (Anexo I del RD 1461/82).
6.4. Acreditación para los criterios de desempate en los procedimientos de Concurso.
— En caso de empate, el Tribunal efectuará el desempate por el criterio 1 establecido
en el apartado 9.4 de estas Bases mediante los documentos aportados para la acreditación de la experiencia del apartado anterior (6.3).
— De subsistir el empate, el Tribunal requerirá la presentación de la documentación
que acredite los criterios 2 y 3, en un plazo de cinco días hábiles mediante publicación en la página web, únicamente a los aspirantes en esta situación.
— De subsistir el empate, el Tribunal efectuará el desempate por el criterio 4 mediante los documentos aportados para la acreditación de la formación.
— De subsistir el empate, el Tribunal efectuará el desempate por el criterio 5 de
acuerdo con la valoración efectuada en el concurso.
— De subsistir el empate, el Tribunal efectuará el sorteo.
7. Sistemas selectivos
Las plazas incluidas la OPE de estabilización de 2022 se seleccionarán por el Sistema
de Concurso de méritos, de acuerdo con las Disposiciones 6.a y 8.a de la Ley 20/2021, o
bien por el sistema de concurso-oposición, las demás.
La MGN ha efectuado la comprobación de todas las plazas convocadas y ha elaborado
los listados que se adjuntan, el Anexo II con las plazas a las que afectan las Disposiciones
transitorias citadas, y el Anexo III con el resto, que se convocarán por concurso-oposición.
En estos listados se especifica además el nombre y apellidos del actual empleado que
desempeña el PT asociado a la plaza que se convoca, lo que será publicado anonimizando
esos datos.
En la puntuación de los concursos de méritos, tanto como en la Fase de los concursosoposiciones o como sistema de selección, los Tribunales seguirán las siguientes reglas, con
objeto de acelerar sus trabajos y obtener con la máxima seguridad jurídica las puntuaciones
de los méritos, teniendo como base los alegados por los aspirantes en su autoevaluación.
8.1. Para cada concurso, el Tribunal ordenará a los aspirantes de acuerdo con la puntuación declarada en la autoevaluación de la solicitud, excluyendo a los que no obtengan la
puntuación mínima.
8.2. Una vez realizado ese orden, el Tribunal procederá a comprobar las puntuaciones de los aspirantes con mayor puntuación que pudieran obtener plaza, dependiendo del
número de Puestos de Trabajo o dotaciones ofertados en la convocatoria.
8.3. La comprobación se realizará sobre los documentos aportados adjuntos a la solicitud y/o los datos aportados por el servicio de RRHH del Ayuntamiento con respecto a
los servicios prestados en esta administración para los aspirantes que en su solicitud se remitan a los de su expediente personal.
8.4. En caso de ser preciso, el Tribunal resolverá los empates de los expedientes
comprobados.
8.5. Una vez realizada esta comprobación el Tribunal publicará la lista provisional de
puntuaciones, ordenando de mayor a menor las solicitudes comprobadas, y a continuación
las no comprobadas según su puntuación declarada en la autoevaluación de la solicitud.
Esa lista informará de la solución de empates y los aspirantes excluidos por no haber
obtenido la nota mínima.
8.6. En esta lista, los aspirantes no comprobados ni desempatados con la misma puntuación declarada en su autoevaluación, figurarán en el mismo lugar del orden.
8.7. Esta lista se publicará en la página web y los aspirantes podrán formular alegaciones en un plazo de cinco días hábiles, las cuales serán estudiadas por el Tribunal.
8.8. Terminado el estudio de las alegaciones y rectificado en su caso el listado con
las que el Tribunal estime, elaborará la lista definitiva de puntuaciones que deberá ser publicada en la página web.
8.9. En los concursos-oposiciones esa nota deberá unirse a la de la fase de oposición,
según las normas siguientes, y en las selecciones por el sistema de Concurso, incluirá la propuesta de nombramiento, que será remitida al órgano competente.
BOCM-20221004-57
8. Procedimiento de puntuación de méritos por el Tribunal Calificador