Alcorcón (BOCM-20221004-57)
Ofertas de empleo. Bases procesos selectivos
Página 1 Pág. 1
2 >> Página 2 >>
9 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOCM
B.O.C.M. Núm. 236

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 4 DE OCTUBRE DE 2022

Pág. 199

III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
57

ALCORCÓN
OFERTAS DE EMPLEO

En cumplimiento de lo establecido en el artículo 19, apartado 9, de la Ley 6/2018,
de 3 de julio, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2018, artículo 91 de la
Ley 7/1985, Reguladora de las Bases del Régimen Local y en el artículo 70 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la
Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, por Decreto de fecha 24 de agosto de 2022
se han aprobado unas nuevas Bases Comunes del Proceso para la Estabilización de Empleo Temporal, tras su adecuación a la nueva normativa, sustituyendo en todo a las publicadas en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 40 de 17 de febrero de 2021, y que a continuación se detallan:
«BASES COMUNES DEL PROCESO PARA LA ESTABILIZACIÓN
DE EMPLEO TEMPORAL EN EL AYUNTAMIENTO DE ALCORCÓN
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

1. Antecedentes
1.1. Aprobación y desarrollo del primer acuerdo de estabilización. El 19 de diciembre de 2019 la Mesa general de negociación (MGN) del Ayuntamiento de Alcorcón aprobó
el Acuerdo sobre Estabilización del Empleo y Modificación de la Plantilla orgánica y RPT
vigentes en cumplimiento del artículo 19 apartado 9 de la Ley 6/2018, de 3 de julio, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2018 respecto al denominado “proceso de estabilización del empleo público”.

BOCM-20221004-57

La Ley 20/2021 de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público ha supuesto el definitivo instrumento legal para que las administraciones públicas realicen el proceso de estabilización del empleo público, con el objetivo de situar la
temporalidad por debajo del 8 por 100 en 2024.
En el Ayuntamiento de Alcorcón el proceso comenzó ya en 2019, y las cifras de temporalidad estructural (a 31 de diciembre de 2021) arrojan un total de 234 Puestos de Trabajo (PT), lo que supone un porcentaje del 19,58 por 100 de la plantilla.
De estos PT, como interinidad de larga duración, en el sentido explicitado por la jurisprudencia, se deben considerar unos 160 PT, que son los afectados por el proceso actual.
La estabilización de estos PT y sus plazas, dejaría sólo unos 68 PT, con interinidades
posteriores al 31 de diciembre de 2017, la mayoría de las cuales muy recientes, desde que
en 2020 el Ayuntamiento comenzó a publicar de forma regular la OPE anual.
Esto supone que el proceso de estabilización dejaría la tasa de temporalidad en un porcentaje del 5,69 por 100 de la plantilla, cumpliendo así con los objetivos marcados por el
Gobierno y por el Parlamento.
La causa del enorme incremento de interinos de larga duración hay que buscarla, por
supuesto en la que explicita la Ley 20 acerca de las tasas de reposición cero de los ejercicios 2012 al 2015, que provocaron la imposibilidad de incorporar a las correspondientes
ofertas de empleo público, las plazas que en esos momentos se estaban ocupando en régimen de interinidad.
Pero, además, en el caso concreto de Alcorcón esta circunstancia se anticipó a 2010 ya
que ni la OPE de ese año ni la de 2011 fueron desarrolladas en las preceptivas convocatorias, por lo que desde hace 12 años se arrastran las situaciones de interinidad que ahora deben ser finalizadas.
Para ello se ha elaborado este documento, cuya intención es desarrollar con toda seguridad jurídica en forma de Bases Comunes, todo el proceso de estabilización exigido por la
Ley, de modo que posteriormente sólo sean precisas las convocatorias de los diferentes procesos selectivos.