Mancomunidad de Servicios del Suroeste de Madrid (BOCM-20221003-84)
Ofertas de empleo. Convocatoria proceso selectivo
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BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

B.O.C.M. Núm. 235

LUNES 3 DE OCTUBRE DE 2022

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ca; en este supuesto, los anuncios de la celebración de las sucesivas pruebas deberán
hacerse públicos por el órgano de selección en los locales donde se haya celebrado la prueba anterior o en la sede de la Mancomunidad, con un plazo mínimo de antelación de doce
horas, si se trata de un mismo ejercicio, mientras que la convocatoria para un ejercicio distinto deberá respetar un plazo mínimo de veinticuatro horas. Igualmente, se hará constar la
designación nominal del tribunal.
Las alegaciones presentadas serán resultas en el plazo de 30 días naturales desde la finalización del plazo para presentación. Transcurrido dicho plazo sin que se hubiera dictado resolución alguna, las alegaciones se entenderán desestimadas.
Sexta. Tribunal Calificador
La composición del Tribunal deberá ajustarse a los principios de imparcialidad y profesionalidad de sus miembros, y se tenderá, asimismo, a la paridad entre hombre y mujer.
El personal de elección o de designación política, los funcionarios interinos y el personal
eventual no podrán formar parte del mismo.
El Tribunal calificador estará constituido por:
— Presidente: Ejercerá la Presidencia un funcionario de carrera o personal laboral
fijo con titulación o especialización iguales o superiores a las exigidas para el acceso a las plazas convocadas según el Real Decreto 896/1991, de 7 de junio, reglas básicas procesos selectivos funcionarios, designado a tal efecto.
— Secretario: Ejercerá la Secretaria un funcionario de carrera o personal laboral fijo
con titulación o especialización iguales o superiores a las exigidas para el acceso
a las plazas convocadas según el Real Decreto 896/1991, de 7 de junio, reglas básicas procesos selectivos funcionarios, designado a tal efecto.
— Tres Vocales, que serán designados por la Presidencia de la entidad entre funcionarios de carrera y/o personal laboral fijo con titulación o especialización iguales
o superiores a las exigidas para el acceso a las plazas convocadas según el Real
Decreto 896/1991, de 7 de junio, reglas básicas procesos selectivos funcionarios,
designado a tal efecto.
Se designarán suplentes, que, en sustitución de los titulares, integrarán el Tribunal.
La abstención y recusación de los miembros del Tribunal será de conformidad con los artículos 23 y 24 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Los miembros del Tribunal son personalmente responsables del estricto cumplimento
de las bases de la convocatoria, de la sujeción a los plazos establecidos para la realización
y valoración de las pruebas y para la publicación de los resultados. Las dudas o reclamaciones que puedan originarse con la interpretación de la aplicación de las bases de la presente
convocatoria, así como lo que deba hacerse en los casos no previstos, serán resueltas por el
Tribunal, por mayoría.
Séptima. Sistemas de selección y desarrollo de los procesos
— Procedimiento de selección:
El procedimiento de selección de los aspirantes constará de las siguientes fases:
d Fase de Oposición.
d Fase de Concurso.
La fase de oposición consistirá en la realización de dos pruebas de capacidad y aptitud
eliminatorias y obligatorias para los aspirantes.
Los aspirantes serán convocados en llamamiento único, siendo excluidos de la oposición quienes no comparezcan, salvo causa de fuerza mayor debidamente acreditada y libremente apreciada por el Tribunal.
Los candidatos deberán acudir provistos del NIF o, en su defecto, pasaporte o carné de
conducir. En cualquier momento el Tribunal podrá requerir a los opositores para que acrediten su personalidad.
El ejercicio de las pruebas será obligatorio y eliminatorio, calificándose hasta un máximo de 30,00 puntos cada prueba, siendo eliminados los aspirantes que no alcancen un mínimo de 15,00 puntos en cada una. La puntuación de aquellos ejercicios que no resulten de
calificación automática se hallará calculando la media aritmética de las puntuaciones otorgadas por cada uno de los miembros.

BOCM-20221003-84

Fase de oposición