D) Anuncios - VICEPRESIDENCIA, CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y UNIVERSIDADES (BOCM-20221003-23)
Convenio –  Convenio de colaboración de 15 de julio de 2022, entre la Comunidad de Madrid (Vicepresidencia, Consejería de Educación y Universidades), y la Unión Española de Entidades Aseguradoras y Reaseguradoras (Unespa), el Colegio de Mediadores de Seguros de Madrid, la Fundación Adecose, la Asociación Empresarial de Mediadores de Seguros” (Aemes) y el Instituto de Actuarios Españoles, por el que se establece un marco genérico de actuación para el desarrollo de acciones conjuntas dirigidas a mejorar el aprendizaje de enseñanzas de formación profesional en el ámbito financiero y de seguros
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 3 DE OCTUBRE DE 2022

B.O.C.M. Núm. 235

f)

Cualquier otra información que se publique o edite en relación con la actividad objeto
del presente Convenio de Colaboración a partir de la fecha de firma del mismo.
2. De una parte, la Consejería y de otra, el Sector Asegurador se comprometen a
mencionar su colaboración en este programa en todos los actos de difusión que pudieran
llevarse a cabo en relación con la actividad objeto del presente Convenio.
En todo caso, la difusión de la participación de ambas partes en este programa se limitará al uso de sus logotipos o signos distintivos, quedando expresamente excluida de este
Convenio la publicidad o la difusión de cualquier producto o servicio que ambas partes puedan prestar.
Y en prueba de conformidad y aceptación con los términos del presente documento,
ambas partes lo firman en Madrid.
Madrid, a 15 de julio de 2022.—Por la Vicepresidencia, Consejería de Educación y
Universidades, Enrique Ossorio Crespo.—Por Unespa, María Aránzazu del Valle
Schaan.—Por el Colegio de Mediadores de Seguros de Madrid, Elena Jiménez de Andrade
Astorqui.—Por la Fundación Adecose, Martín José Navaz Guinea.—Por Aemes, Jorge Benítez Verdejo.—Por el Instituto de Actuarios Españoles, Javier Olaechea Ibáñez.
ANEXO I
ACUERDO DE ENCARGO DE TRATAMIENTO
En el presente acuerdo las partes fijan formalmente y por escrito los términos y condiciones para regular el tratamiento de datos de carácter personal y la confidencialidad de la
información suministrada y creada entre ellas.
Primera
Responsable y encargado del tratamiento
La Vicepresidencia, Consejería de Educación y Universidades de la Comunidad de
Madrid (indicar la que proceda) tendrá la consideración de Responsable del tratamiento y la
Asociación profesional de empresarios Unespa tendrá la consideración de Encargado del tratamiento, conforme a lo establecido en los artículos 28 y 29 del Reglamento (UE) 2016/679
del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las
personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación
de estos datos (en adelante, RGPD), así como en el artículo 33 de la Ley Orgánica 3/2018,
de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales,
y en el resto de normativa vigente en la materia.
En consecuencia, el acceso a datos de carácter personal en el marco de este convenio
se realiza con el único fin de dar cumplimiento al objeto del mismo y no se considerará
como una cesión o comunicación de datos.
Segunda
Definiciones
Los términos específicos en materia de protección de datos serán interpretados conforme a las definiciones establecidas en el artículo 4 del RGPD.
Tercera
Mediante las presentes cláusulas se habilita a Unespa, Encargado del tratamiento, para
tratar por cuenta de la Vicepresidencia, Consejería de Educación y Universidades, Responsable del tratamiento, los datos de carácter personal necesarios para desarrollar en colaboración con la Comunidad de Madrid las acciones dirigidas a la formación permanente del
profesorado de Formación Profesional en los contenidos acordados incluyendo sesiones de
dudas del profesorado de módulos especializados.
El tratamiento de los datos personales comprenderá: recogida / registro / estructuración / modificación / conservación / extracción / consulta / comunicación por transmisión /
cotejo / limitación / destrucción / supresión / comunicación / y cualquier otro que requiera
el objeto del convenio que se suscribe.

BOCM-20221003-23

Objeto del encargo de tratamiento