El Escorial (BOCM-20220930-45)
Organización y funcionamiento. Reglamento Participación Ciudadana
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 233

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 30 DE SEPTIEMBRE DE 2022

Pág. 291

TÍTULO PRELIMINAR
Disposiciones generales
Artículo 1.—El objeto del presente Reglamento es regular las formas, medios y procedimientos de participación de los vecinos y vecinas de El Escorial en la gestión municipal, tanto individualmente como a través de entidades ciudadanas o colectivos. La motivación de este reglamento es el reconocimiento de una obligación por parte del Ayuntamiento
de crear cauces de participación a la ciudadanía.
En concreto se pretenden los siguientes objetivos:
— Aproximar la gestión municipal a la ciudadanía.
— Definir los cauces de la participación ciudadana en los asuntos públicos de forma
directa.
— Promover, facilitar y regular la participación del vecindario y de las entidades y
colectivos del municipio.
— Fomentar el asociacionismo en nuestro municipio.
— Mejorar la gestión contando con la opinión de los destinatarios últimos de las políticas municipales.
— Facilitar el acceso a la información.
Art. 2.—El ámbito de aplicación de esta normativa incluye a todo el vecindario del
municipio y a las asociaciones locales y colectivos con presencia en el Término Municipal
de El Escorial.
A efectos de este Reglamento se considera “vecindario” o “vecindad” al conjunto de
vecinos y vecinas del municipio, inscritos en el Padrón Municipal de Habitantes; “asociaciones locales” a aquellas que están inscritas en el Registro de Asociaciones Municipales y
cuyo ámbito de actuación afecta a nuestro municipio; y “colectivos” a aquellas agrupaciones que si bien reúnen a personas con un interés común, no tienen entidad jurídica y por lo
tanto no están inscritas en el citado Registro.
Art. 3.—Solo con la puesta en marcha de los procesos participativos se podrá evaluar
el funcionamiento de los mismos y la idoneidad del presente reglamento, por lo que su contenido es dinámico y flexible por tanto se irá revisando a medida que los participantes en
dichos procesos propongan cambios e introduzcan mejoras.
TÍTULO I

Art. 4.—Todo el vecindario de El Escorial tiene derecho a participar en la gestión municipal directamente, de manera individual o colectiva (a través de las asociaciones y cualesquiera otras entidades ciudadanas o colectivos).
Art. 5.—Todo el vecindario de El Escorial tiene derecho a:
— Conocer el estado de la tramitación de los procedimientos en los que tengan la
condición de interesados, y obtener copias de documentos contenidos en ellos.
— Participar en la gestión municipal de acuerdo con lo dispuesto en las Leyes, y en su
caso, cuando la colaboración con carácter voluntario de los vecinos sea propuesta por los órganos de gobierno y administración municipales.
— Ser informado, previa petición razonada y dirigir solicitudes e la Administración
municipal en relación a todos los expedientes y documentación municipal, de
acuerdo a lo previsto en el artículo 105 de la Constitución.
— Acceder a los archivos y registros públicos y a obtener copias de los mismos, salvo
en lo que afecte a la seguridad y defensa del Estado, la averiguación de los delitos
y la intimidad de las personas, conforme a lo dispuesto en la Ley de Protección de
Datos.
— Conocer los acuerdos de los órganos de gobierno municipales, que el Ayuntamiento divulgará de forma sencilla y apropiada.
— Ejercer la iniciativa popular en los términos y asuntos previstos en la Ley.
— Conocer y participar en el cumplimiento de aquellos acuerdos, que afecten a la
gestión de los servicios e informar a los vecinos y vecinas del municipio.
Art. 6.—Todo el vecindario de El Escorial que participe en los procesos de Participación Ciudadana tiene obligación de:
— Defender los intereses colectivos del municipio y no intereses individuales.

BOCM-20220930-45

Derechos y deberes de los vecinos y vecinas de El Escorial