C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, VIVIENDA Y AGRICULTURA (BOCM-20220929-12)
Plan estratégico subvenciones –  Orden 3138/2022, de 22 de septiembre, de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura, por la que se aprueba el Plan Estratégico de Subvenciones para el desarrollo del Plan Estatal de Acceso a la Vivienda 2022-2025 de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura para el período 2022-2025
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BOCM

JUEVES 29 DE SEPTIEMBRE DE 2022

B.O.C.M. Núm. 232

ANEXO
PLAN ESTRATÉGICO DE SUBVENCIONES
PLAN ESTATAL DE ACCESO A LA VIVIENDA 2022-2025
Contenido del Plan Estratégico de Subvenciones:
1. Antecedentes y objeto.
2. Objetivos Estratégicos y Plazo necesario para su consecución.
3. Líneas de subvenciones programadas
4. Fuentes de financiación.
5. Plan de acción.
6. Seguimiento y evaluación del Plan Estratégico de Subvenciones
1. Antecedentes y objeto
La Comunidad de Madrid tiene, en su ámbito territorial, competencia exclusiva en materia de vivienda, en virtud de lo dispuesto en el artículo 148.1.3.a de la Constitución española, y el artículo 26 de la Ley Orgánica 3/1983, de 25 de febrero, de Estatuto de Autonomía de la Comunidad de Madrid. Para el ejercicio de esa competencia corresponde a la
Comunidad de Madrid la potestad legislativa, la reglamentaria y la función ejecutiva que se
ejercerá respetando, en todo caso, lo dispuesto en la Constitución Española.
Entre los objetivos y compromisos de la Dirección General de Vivienda y Rehabilitación, destacan la ejecución y desarrollo de los diferentes programas de subvenciones regionales así como los planes estatales de vivienda en el marco del convenio de colaboración
entre la Administración General del Estado y la Comunidad de Madrid, de conformidad con
el Decreto 237/2021, de 17 de noviembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura.
Mediante el Real Decreto 42/2022, de 18 de enero, se regula el Bono Alquiler Joven y
el Plan Estatal de Acceso a la Vivienda 2022-2025, en el que la Administración del Estado
desarrolla el compromiso estatal de facilitar el acceso a la vivienda, contemplando un paquete de ayudas estatales a la vivienda, adaptadas a la realidad hoy imperante y debidamente coordinadas con las reguladas en el Real Decreto 853/2021, de 5 de octubre, por el que
se regulan los programas de ayuda en materia de rehabilitación residencial y vivienda social
del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, y el Bono Alquiler Joven que se
constituye como ayuda adicional para el impulso al acceso a la vivienda y en su caso a la
emancipación de los jóvenes.
Las ayudas de vivienda tienen la consideración de subvenciones y por tanto se regulan
por la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y su Reglamento de desarrollo, si bien presentan la particularidad de que la actividad de fomento se lleva a cabo a
través de la colaboración entre Administraciones Públicas. La Administración General del
Estado, y en concreto, el Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana actuando
de acuerdo con las competencias exclusivas que el artículo 149.1.13 de la Constitución española atribuye al Estado en materia de bases y coordinación de la planificación general de
actividad económica, establece un marco general, permitiendo a la Comunidad Autónoma,
singularizar y adaptar las líneas a la realidad de su territorio, sobre el que además tiene la
competencia exclusiva en esta materia, como previamente se ha señalado, decidiendo sobre el destino de la actividad de fomento.
De conformidad con el artículo 21 del Real Decreto 42/2022, de 18 de enero, la ejecución del Plan Estatal requiere la suscripción de un convenio de colaboración entre el Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana y la Comunidad de Madrid, en el que se
recojan además de los extremos previstos en el artículo 16 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre y en el artículo 49 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, necesariamente una previsión de los recursos financieros a aportar, en cada anualidad, por el Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana y por la Comunidad de Madrid, los compromisos en
materia de gestión del Plan que asume cada Administración para su ejecución, los mecanismos de seguimiento, control y evaluación de las actuaciones, y de comunicación e información entre ambas Administraciones, incluyendo la eventual implantación de sistemas informáticos de uso compartido, la creación de la correspondiente Comisión de Seguimiento,
que estará presidida por la persona titular de la Dirección General de Vivienda y Suelo del
Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, y por último, la promoción, publicidad e información de las actuaciones del Plan.
De forma adicional a la suscripción del citado convenio de colaboración, y con carácter previo al establecimiento de las subvenciones que se deriven del Plan Estatal, para la

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