D) Anuncios - CONSEJERÍA DE FAMILIA, JUVENTUD Y POLÍTICA SOCIAL (BOCM-20220929-26)
Convenio – Convenio de colaboración de 12 de septiembre de 2022, entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Familia, Juventud y Política Social, y el Ayuntamiento de Alcorcón para la ejecución de proyectos con cargo a los Fondos Europeos procedentes del Mecanismo para la Recuperación y Resiliencia (S23) Reformas en la Red de Centros de Violencia de Género
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
Pág. 118
JUEVES 29 DE SEPTIEMBRE DE 2022
B.O.C.M. Núm. 232
A este respecto, a efectos del seguimiento de la implementación de las inversiones
incluidas en el Componente 22, las entidades locales deberán aportar la información
que les solicite la Consejería de Familia, Juventud y Política Social y, en concreto:
— Mensualmente: información del progreso de los hitos y objetivos alcanzados.
— Trimestralmente: información sobre el progreso de los hitos y objetivos alcanzados de manera agregada, la identificación de posibles riesgos de desviaciones que puedan acontecer respecto a la planificación realizada y las acciones preventivas o correctoras, así como la estimación de las inversiones a
realizar en los nueve meses siguientes.
Junto con esta información, la entidad local deberá reportar asimismo la información sobre los perceptores finales de fondos: beneficiarios de las ayudas,
contratistas y subcontratistas con el siguiente detalle:
NIF del beneficiario, contratista o subcontratista.
Nombre persona física o razón social.
Domicilio fiscal.
Aceptación de cesión de datos entre Administraciones Públicas (conforme al Modelo IV.B de la Orden HFP/1030/2021, de 29 de septiembre, por
la que se configura el sistema de gestión del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, incluida en este convenio como Anexo V o, en
su caso, el que establezca la Consejería de Familia, Juventud y Política
Social).
• Declaración responsable relativa al compromiso de cumplimiento de los
principios transversales establecidos en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (conforme al Modelo anexo IV.C de la Orden
HFP/1030/2021, de 29 de septiembre, por la que se configura el sistema de
gestión del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, incluida
en este convenio como Anexo VI o, en su caso, el que establezca la Consejería de Familia, Juventud y Política Social).
• Los beneficiarios que desarrollen actividades económicas o los contratistas acreditarán la inscripción en el Censo de empresarios, profesionales y retenedores de la AEAT o censo equivalente, que debe reflejar la
actividad económica efectivamente desarrollada a la fecha de solicitud
de la ayuda.
— Semestralmente: información relativa a los resultados alcanzados en el semestre en el que se acredite el estado de situación de las actuaciones, en relación con los correspondientes hitos y objetivos, así como la información contable sobre el gasto en el que se ha incurrido. Dicho informe vendrá
acompañado de la declaración de cumplimiento recogida en el Anexo IV, firmada por el Secretario de la entidad local o cargo que desempeñe funciones
análogas, al objeto de que la Comunidad de Madrid pueda realizar la memoria semestral de cumplimiento de Hitos y Objetivos.
Dicha documentación deberá presentarse firmada antes del 20 de junio y
del 20 de diciembre de cada año.
Las entidades locales deberán proporcionar cualquier otra información adicional que la Consejería de Familia, Juventud y Política Social pueda requerir para dar respuesta a los requerimientos del sistema de información y gestión de los fondos del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia que
establezca el Ministerio de Hacienda.
No obstante, las obligaciones anteriormente descritas podrán ajustarse al sistema de seguimiento y gestión que por parte de la Consejería de Familia, Juventud y Política Social se desarrolle para dar cumplimiento a las obligaciones contraídas en el marco de la ejecución del Plan de Recuperación de
Transformación y Resiliencia.
f)
La asistencia a las reuniones de seguimiento que se convoquen por la Consejería
competente en materia de servicios sociales de la Comunidad de Madrid.
g) Cumplir con las disposiciones establecidas en materia de difusión y publicidad detalladas en la cláusula decimocuarta.
h) Informar por escrito a la Consejería de Familia, Juventud y Política Social de
cualquier modificación o variación que proceda realizar en el proyecto acepta-
BOCM-20220929-26
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
Pág. 118
JUEVES 29 DE SEPTIEMBRE DE 2022
B.O.C.M. Núm. 232
A este respecto, a efectos del seguimiento de la implementación de las inversiones
incluidas en el Componente 22, las entidades locales deberán aportar la información
que les solicite la Consejería de Familia, Juventud y Política Social y, en concreto:
— Mensualmente: información del progreso de los hitos y objetivos alcanzados.
— Trimestralmente: información sobre el progreso de los hitos y objetivos alcanzados de manera agregada, la identificación de posibles riesgos de desviaciones que puedan acontecer respecto a la planificación realizada y las acciones preventivas o correctoras, así como la estimación de las inversiones a
realizar en los nueve meses siguientes.
Junto con esta información, la entidad local deberá reportar asimismo la información sobre los perceptores finales de fondos: beneficiarios de las ayudas,
contratistas y subcontratistas con el siguiente detalle:
NIF del beneficiario, contratista o subcontratista.
Nombre persona física o razón social.
Domicilio fiscal.
Aceptación de cesión de datos entre Administraciones Públicas (conforme al Modelo IV.B de la Orden HFP/1030/2021, de 29 de septiembre, por
la que se configura el sistema de gestión del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, incluida en este convenio como Anexo V o, en
su caso, el que establezca la Consejería de Familia, Juventud y Política
Social).
• Declaración responsable relativa al compromiso de cumplimiento de los
principios transversales establecidos en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (conforme al Modelo anexo IV.C de la Orden
HFP/1030/2021, de 29 de septiembre, por la que se configura el sistema de
gestión del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, incluida
en este convenio como Anexo VI o, en su caso, el que establezca la Consejería de Familia, Juventud y Política Social).
• Los beneficiarios que desarrollen actividades económicas o los contratistas acreditarán la inscripción en el Censo de empresarios, profesionales y retenedores de la AEAT o censo equivalente, que debe reflejar la
actividad económica efectivamente desarrollada a la fecha de solicitud
de la ayuda.
— Semestralmente: información relativa a los resultados alcanzados en el semestre en el que se acredite el estado de situación de las actuaciones, en relación con los correspondientes hitos y objetivos, así como la información contable sobre el gasto en el que se ha incurrido. Dicho informe vendrá
acompañado de la declaración de cumplimiento recogida en el Anexo IV, firmada por el Secretario de la entidad local o cargo que desempeñe funciones
análogas, al objeto de que la Comunidad de Madrid pueda realizar la memoria semestral de cumplimiento de Hitos y Objetivos.
Dicha documentación deberá presentarse firmada antes del 20 de junio y
del 20 de diciembre de cada año.
Las entidades locales deberán proporcionar cualquier otra información adicional que la Consejería de Familia, Juventud y Política Social pueda requerir para dar respuesta a los requerimientos del sistema de información y gestión de los fondos del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia que
establezca el Ministerio de Hacienda.
No obstante, las obligaciones anteriormente descritas podrán ajustarse al sistema de seguimiento y gestión que por parte de la Consejería de Familia, Juventud y Política Social se desarrolle para dar cumplimiento a las obligaciones contraídas en el marco de la ejecución del Plan de Recuperación de
Transformación y Resiliencia.
f)
La asistencia a las reuniones de seguimiento que se convoquen por la Consejería
competente en materia de servicios sociales de la Comunidad de Madrid.
g) Cumplir con las disposiciones establecidas en materia de difusión y publicidad detalladas en la cláusula decimocuarta.
h) Informar por escrito a la Consejería de Familia, Juventud y Política Social de
cualquier modificación o variación que proceda realizar en el proyecto acepta-
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