D) Anuncios - CONSEJERÍA DE FAMILIA, JUVENTUD Y POLÍTICA SOCIAL (BOCM-20220929-26)
Convenio – Convenio de colaboración de 12 de septiembre de 2022, entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Familia, Juventud y Política Social, y el Ayuntamiento de Alcorcón para la ejecución de proyectos con cargo a los Fondos Europeos procedentes del Mecanismo para la Recuperación y Resiliencia (S23) Reformas en la Red de Centros de Violencia de Género
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 232
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 29 DE SEPTIEMBRE DE 2022
Pág. 117
Con independencia de lo establecido con carácter general, se asumen de manera específica por cada una de las partes las obligaciones que a continuación se señalan y que son
asumidas por ellas, de acuerdo con el contenido y alcance que se establecen en el clausulado de este convenio:
1.
Por la Comunidad de Madrid:
a) El apoyo técnico y la coordinación necesarios para la ejecución de los proyectos y
subproyectos.
b) La definición de los criterios y prioridades de actuación en cada una de las líneas
de inversión.
c) La validación de los proyectos que se presenten por las entidades y su evaluación.
d) Las relaciones con el órgano de la Administración General del Estado competente
en materia de servicios sociales, en relación con la definición y la evaluación de
los proyectos financiados por la Administración del Estado, a través de los sistemas y procedimientos que el mismo establezca.
e) Facilitar los modelos para el intercambio de información y demás materiales necesarios
para el buen desarrollo de los proyectos, tanto en lo referente a la justificación de la ejecución de los proyectos, como en lo correspondiente a los hitos e indicadores establecidos, y de acuerdo a lo establecido en las Órdenes del Ministerio de Hacienda y Función Pública 1030/2021 y 1031/2021, de 29 de septiembre, por las que se configura el
Sistema de Gestión del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia y se establece el procedimiento y formato de la información a proporcionar por las entidades del
sector público estatal, autonómico y local para el seguimiento del cumplimiento de hitos y objetivos y de ejecución presupuestaria y contable de las Medidas de los Componentes del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
f) El pago de las cantidades establecidas en este convenio, en los plazos señalados en
el mismo.
g) El seguimiento, control, liquidación y, en su caso, solicitud de reintegro de las
cantidades abonadas a la entidad local.
Por la entidad local:
a) La aportación del personal necesario para ejecutar los proyectos.
b) La contribución con la organización, los medios técnicos y las infraestructuras de
que disponga y sean necesarios para ejecutar los proyectos.
c) La aplicación de medidas contra el fraude, estructuradas en torno a los cuatro elementos clave del ciclo antifraude: prevención, detección, corrección y persecución, con el objetivo de garantizar y declarar que, en su respectivo ámbito de actuación, los fondos correspondientes se han utilizado de conformidad con las
normas aplicables, en particular, en lo que se refiere a la prevención, detección y
corrección del fraude, la corrupción y los conflictos de intereses.
No obstante, si la entidad local ya dispone de un “Plan de medidas antifraude” de
elaboración, podrá aplicarlo adaptándolo a las orientaciones recogidas en la Orden HFP/1030/2021, de 29 de septiembre, por la que se configura el sistema de
gestión del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
Con independencia de las medidas adoptadas por la entidad local en este ámbito,
la entidad local deberá cumplimentar una Declaración de Ausencia de Conflicto
de Intereses (DACI) respecto de los procedimientos que, en el marco de la ejecución de los convenios, se realicen conforme al Modelo establecido en la Orden HFP/1030/2021, de 29 de septiembre, por la que se configura el sistema de
gestión del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, incluida en este
convenio como Anexo I, o, en su caso, el que establezca la Consejería de Familia, Juventud y Política Social.
d) La justificación y documentación de los gastos imputables al convenio dentro de
los plazos señalados en la presente cláusula, que deberá presentar a la Comunidad
de Madrid.
e) La presentación a la Comunidad de Madrid en el plazo y forma que esta establezca, de los datos correspondientes a los usuarios, indicadores y las actividades realizadas con cargo al convenio y, en su caso, las memorias de evaluación, informes
de ejecución y demás documentación que permita llevar a cabo la evaluación y seguimiento de los proyectos, necesaria para el cumplimiento de los hitos y objetivos establecidos en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
BOCM-20220929-26
2.
B.O.C.M. Núm. 232
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 29 DE SEPTIEMBRE DE 2022
Pág. 117
Con independencia de lo establecido con carácter general, se asumen de manera específica por cada una de las partes las obligaciones que a continuación se señalan y que son
asumidas por ellas, de acuerdo con el contenido y alcance que se establecen en el clausulado de este convenio:
1.
Por la Comunidad de Madrid:
a) El apoyo técnico y la coordinación necesarios para la ejecución de los proyectos y
subproyectos.
b) La definición de los criterios y prioridades de actuación en cada una de las líneas
de inversión.
c) La validación de los proyectos que se presenten por las entidades y su evaluación.
d) Las relaciones con el órgano de la Administración General del Estado competente
en materia de servicios sociales, en relación con la definición y la evaluación de
los proyectos financiados por la Administración del Estado, a través de los sistemas y procedimientos que el mismo establezca.
e) Facilitar los modelos para el intercambio de información y demás materiales necesarios
para el buen desarrollo de los proyectos, tanto en lo referente a la justificación de la ejecución de los proyectos, como en lo correspondiente a los hitos e indicadores establecidos, y de acuerdo a lo establecido en las Órdenes del Ministerio de Hacienda y Función Pública 1030/2021 y 1031/2021, de 29 de septiembre, por las que se configura el
Sistema de Gestión del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia y se establece el procedimiento y formato de la información a proporcionar por las entidades del
sector público estatal, autonómico y local para el seguimiento del cumplimiento de hitos y objetivos y de ejecución presupuestaria y contable de las Medidas de los Componentes del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
f) El pago de las cantidades establecidas en este convenio, en los plazos señalados en
el mismo.
g) El seguimiento, control, liquidación y, en su caso, solicitud de reintegro de las
cantidades abonadas a la entidad local.
Por la entidad local:
a) La aportación del personal necesario para ejecutar los proyectos.
b) La contribución con la organización, los medios técnicos y las infraestructuras de
que disponga y sean necesarios para ejecutar los proyectos.
c) La aplicación de medidas contra el fraude, estructuradas en torno a los cuatro elementos clave del ciclo antifraude: prevención, detección, corrección y persecución, con el objetivo de garantizar y declarar que, en su respectivo ámbito de actuación, los fondos correspondientes se han utilizado de conformidad con las
normas aplicables, en particular, en lo que se refiere a la prevención, detección y
corrección del fraude, la corrupción y los conflictos de intereses.
No obstante, si la entidad local ya dispone de un “Plan de medidas antifraude” de
elaboración, podrá aplicarlo adaptándolo a las orientaciones recogidas en la Orden HFP/1030/2021, de 29 de septiembre, por la que se configura el sistema de
gestión del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
Con independencia de las medidas adoptadas por la entidad local en este ámbito,
la entidad local deberá cumplimentar una Declaración de Ausencia de Conflicto
de Intereses (DACI) respecto de los procedimientos que, en el marco de la ejecución de los convenios, se realicen conforme al Modelo establecido en la Orden HFP/1030/2021, de 29 de septiembre, por la que se configura el sistema de
gestión del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, incluida en este
convenio como Anexo I, o, en su caso, el que establezca la Consejería de Familia, Juventud y Política Social.
d) La justificación y documentación de los gastos imputables al convenio dentro de
los plazos señalados en la presente cláusula, que deberá presentar a la Comunidad
de Madrid.
e) La presentación a la Comunidad de Madrid en el plazo y forma que esta establezca, de los datos correspondientes a los usuarios, indicadores y las actividades realizadas con cargo al convenio y, en su caso, las memorias de evaluación, informes
de ejecución y demás documentación que permita llevar a cabo la evaluación y seguimiento de los proyectos, necesaria para el cumplimiento de los hitos y objetivos establecidos en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
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