Mancomunidad de Servicios Valle Norte del Lozoya (BOCM-20220928-66)
Ofertas de empleo. Bases procesos selectivos
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 231

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 28 DE SEPTIEMBRE DE 2022

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mente, en la Sede Electrónica del Mancomunidad de Servicios del Valle Norte del Lozoya,
o por cualquiera de los medios establecidos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. En
caso de presentarse las solicitudes de participación por cualquiera de los modos previstos
en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas, que no sea el Registro General del Mancomunidad de Servicios del Valle Norte del Lozoya deberá ser remitida una copia de la solicitud
de participación dentro del mismo día de su presentación en el organismo correspondiente
a la siguiente cuenta de correo electrónico: administracion@sierranorte.madrid
No será necesaria dicha comunicación cuando la solicitud se presente en sede electrónica de la Mancomunidad.
6.2. Documentos a adjuntar: para ser admitido y, en su caso, tomar parte en las pruebas selectivas correspondientes, las personas aspirantes manifestarán en sus solicitudes de
participación que reúnen todas y cada una de las condiciones exigidas en las bases específicas de cada convocatoria, referidas siempre a la fecha de expiración del plazo de presentación de instancias, debiendo ir acompañadas en su presentación, por los siguientes documentos:

6.3. Las personas interesadas en tomar parte en los procesos selectivos regulados por
estas bases prestarán su consentimiento al tratamiento de los datos de carácter personal recogidos en su solicitud, a su incorporación al correspondiente fichero de datos de carácter
personal y a su publicación en boletines oficiales, tablones de anuncios, sede electrónica y,
en general, en cualquier medio que se utilice para la comunicación de los resultados parciales o definitivos del proceso selectivo y para la correcta preparación y ejecución de las pruebas correspondientes a dicho proceso. La falta de prestación de dicho consentimiento conllevará la inadmisión de la solicitud presentada, al estar regidos los procedimientos
selectivos por el principio de publicidad.
6.4. Plazo de presentación: al amparo de la disposición adicional cuarta de la Ley 20/2021,
de 28 de diciembre, de Medidas Urgentes para la Reducción de la Temporalidad en el Empleo
Público, se establece que el plazo de presentación de solicitudes será de veinte días naturales contados a partir del siguiente a la publicación del anuncio del extracto de la convocatoria en el “Boletín Oficial del Estado”, donde figurará la oportuna referencia al lugar donde se encuentran publicadas las bases específicas.
La no presentación de la solicitud en tiempo y forma supondrá la inadmisión del aspirante al proceso selectivo.
7. Admisión
Terminado el plazo de presentación de instancias y en el plazo máximo de un mes, la
Presidencia de la Mancomunidad, aprobará la lista provisional de aspirantes admitidos y
excluidos, que se hará pública en el tablón de anuncios de la Mancomunidad y en la página web, con indicación del plazo de diez días naturales a efectos de reclamaciones y subsa-

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a) Fotocopia del Documento Nacional de Identidad en vigor.
b) Fotocopia simple de la titulación académica oficial requerida en la convocatoria,
sin perjuicio de la obligación futura de presentación del original.
Equivaldrá al título un certificado acreditativo de reunir los requisitos para la expedición del mismo, emitido por el organismo público competente, así como el
justificante de liquidación del pago de las tasas académicas por su expedición.
c) Méritos alegables conforme al modelo recogido en las bases específicas y en el
que se detallarán los méritos alegados por los interesados, debiendo acompañar a
la misma fotocopia de los documentos acreditativos de los méritos alegados. No
será necesaria la compulsa de los documentos que se presenten fotocopiados, bastando la declaración jurada del/de la interesado/a sobre la autenticidad de los mismos, así como de los datos que figuran en la instancia, sin perjuicio de que, en
cualquier momento, el Tribunal Calificador o los órganos competentes de la Mancomunidad de servicios del Valle Norte del Lozoya puedan requerir a los/as aspirantes que acrediten la veracidad de las circunstancias y documentos aportados y
que hayan sido objeto de valoración. La fecha límite para la alegación de los méritos y la presentación de los documentos relativos a los mismos será la de finalización del plazo de presentación de solicitudes. En ningún caso se valorarán méritos no acreditados documentalmente en plazo.