D) Anuncios - CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, VIVIENDA Y AGRICULTURA (BOCM-20220928-22)
Convenio –  Convenio de 12 de septiembre de 2022, entre la Comunidad de Madrid (Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura) y el Ayuntamiento de Miraflores de la Sierra, en el que se establece el otorgamiento de una subvención nominativa para el desarrollo de actuaciones de promoción y divulgación en el ámbito de la reserva de la biosfera de las cuencas altas de los ríos Manzanares, Lozoya y Guadarrama y del Parque Nacional de la Sierra de Guadarrama, en el año 2022
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 28 DE SEPTIEMBRE DE 2022

B.O.C.M. Núm. 231

res a preservar, de la historia y patrimonio natural y cultural de los espacios protegidos de
mayor valor natural de la Comunidad de Madrid y de las normas que es necesario respetar
durante la visita.
Estas son por tanto unas condiciones excepcionales que justifican que este Convenio
se haga precisamente con el Ayuntamiento de Miraflores de la Sierra, y no con otros de la
zona que, o bien tienen una situación geográfica alejada de los puntos principales de entrada al Parque Nacional, o bien cuentan ya con instalaciones y servicios de la Comunidad de
Madrid dirigidos a los visitantes de estos espacios protegidos.
13. Que en todo caso, las actividades promovidas por el Ayuntamiento de Miraflores
de la Sierra se desarrollan dentro del marco de las competencias propias que la Ley 7/1985,
de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, establece en su capítulo III, artículo 25.1, que establece que el municipio, para la gestión de sus intereses y en el ámbito
de sus competencias, puede promover actividades y prestar los servicios públicos que contribuyan a satisfacer las necesidades y aspiraciones de la comunidad vecinal, y artículo 25.2
que dice expresamente que el municipio ejercerá en todo caso como competencias propias,
en los términos de la legislación del Estado y de las Comunidades Autónomas, las siguientes materias: h) Información y promoción de la actividad turística de interés y ámbito local
y m) Promoción de la cultura y equipamientos culturales.
En este sentido, la Ley 2/2003, de 11 de marzo, de Administración Local de la Comunidad de Madrid, establece asimismo en su artículo 8.1 que los municipios, para la gestión
de sus intereses y en el ámbito de sus competencias, pueden promover toda clase de actividades y prestar cuantos servicios contribuyan a satisfacer las necesidades y aspiraciones de
los vecinos.
La relación entre el Ayuntamiento de Miraflores de la Sierra y la Comunidad de
Madrid no tiene carácter contractual, y se circunscriben a una relación de cooperación entre administraciones prevista en la Ley 2/2003, de 11 de marzo, de Administración Local
de la Comunidad de Madrid, que establece en el capítulo tercero dedicado a la asistencia,
colaboración y cooperación de la Comunidad de Madrid con las Entidades Locales, en el
artículo 127, que la cooperación podrá instrumentarse, entre otros, a través de subvenciones y celebración de convenios.
14. Las prestaciones incluidas en el convenio carecen de carácter contractual, dado
que los servicios propuestos se desarrollan en terrenos de titularidad municipal, fuera del
Parque Nacional de la Sierra de Guadarrama. Se trata de terrenos incluidos en el Área de
Influencia Socioeconómica del Parque Nacional y de la Reserva de la Biosfera de la Biosfera de las Cuencas Altas de los ríos Lozoya, Manzanares y Guadarrama, lo que justifica
que se lleve a cabo el convenio.
Por otra parte, no existe actualmente en esta zona un equipamiento propio de la Comunidad de Madrid dónde se pueda llevar a cabo de forma directa un programa de educación
ambiental como los que se realizan por ejemplo en Manzanares el Real (Centro de Visitantes
de la Pedriza), Cercedilla (Centro de Visitantes Valle de la Fuenfría) o Rascafría (Centro de
Visitantes Cotos y Puente del Perdón)
15. Que la Ley 2/2003, de 11 de marzo, de Administración Local de la Comunidad de
Madrid, establece en el artículo 30, que el Alcalde es el Presidente de la Corporación y ostenta las atribuciones fijadas en la legislación estatal básica de régimen local y en la Ley 39/1988,
de 28 de diciembre, reguladora de las Haciendas Locales, y entre otras, expresamente le atribuye la formalización de los convenios y contratos en que sea parte el Ayuntamiento.
Por su parte, el artículo 21.1 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases
del Régimen Local, establece el Alcalde es el Presidente de la Corporación y ostenta las siguientes atribuciones:
a) Dirigir el gobierno y la administración municipal.
b) Representar al Ayuntamiento.
c) …
16. Que en la posición presupuestaria 46358 del Programa 456A del presupuesto de
gastos 2022 de la Comunidad de Madrid existe una dotación económica de 50.000 euros
para subvencionar al Ayuntamiento de Miraflores de la Sierra.
17. El artículo 22.2.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y el artículo 4.5.a) apartado tercero de la Ley 2/1995, de 8 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad de Madrid, en la redacción dada por la Ley 6/2011, de 28 de diciembre, de Medidas Fiscales y Administrativas, establecen que podrán concederse de forma
directa, aquellas que tengan asignación nominativa en los Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid.

BOCM-20220928-22

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