Madrid número 18 (BOCM-20220927-50)
Procedimiento 784/2022
2 páginas totales
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
Pág. 132
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 27 DE SEPTIEMBRE DE 2022
B.O.C.M. Núm. 230
SEGUNDO.- En cuanto a la responsabilidad civil, según el artículo 116 del Código
Penal, al no haber responsable criminalmente, no lo hay civilmente.
TERCERO.- En supuestos de absolución, procede declarar de oficio las costas procesales, según lo dispuesto en los artículos 123 del Código Penal y 239 y 240 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal.
Vistos los artículos citados y demás de pertinente aplicación.
FALLO
BOCM-20220927-50
Que debo absolver y absuelvo a Noe Silva Montaño de un delito leve de estafa, con
declaración de las costas de oficio.
Contra esta sentencia cabe recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de
Madrid, a interponer en este Juzgado en el término de cinco días.
Así, por esta mi Sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.
Y para que sirva de notificación a D./Dña. NOE SILVA MONTAÑO expido y firmo
la presente.
En Madrid, a 5 de septiembre de 2022
EL/LA LETRADO/A DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
(03/17.488/22)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
Pág. 132
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 27 DE SEPTIEMBRE DE 2022
B.O.C.M. Núm. 230
SEGUNDO.- En cuanto a la responsabilidad civil, según el artículo 116 del Código
Penal, al no haber responsable criminalmente, no lo hay civilmente.
TERCERO.- En supuestos de absolución, procede declarar de oficio las costas procesales, según lo dispuesto en los artículos 123 del Código Penal y 239 y 240 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal.
Vistos los artículos citados y demás de pertinente aplicación.
FALLO
BOCM-20220927-50
Que debo absolver y absuelvo a Noe Silva Montaño de un delito leve de estafa, con
declaración de las costas de oficio.
Contra esta sentencia cabe recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de
Madrid, a interponer en este Juzgado en el término de cinco días.
Así, por esta mi Sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.
Y para que sirva de notificación a D./Dña. NOE SILVA MONTAÑO expido y firmo
la presente.
En Madrid, a 5 de septiembre de 2022
EL/LA LETRADO/A DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
(03/17.488/22)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791